Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2003 (19/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 19 de febrero de 2003

de la Oficina de Administracion Tributaria, mediante los cuales se expone el MORDAZA tributario de los arbitrios de Limpieza publica y de parques y jardines, para el ejercicio 2003, asi como las propuestas de cronogramas de pago y del costo administrativo por concepto de emision y distribucion de los estados de cuentas de los arbitrios de Limpieza publica, parques y jardines y de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial 2003, asi como la actualizacion de valores para la emision del impuesto predial 2003 y los incentivos por pronto pago de los arbitrios de Limpieza Publica, parques y jardines para el ejercicio 2003; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 196º Numerales 2 y 3 de la Constitucion Politica del Peru, son bienes y rentas de las Municipalidades, los impuestos creados por Ley a su favor; y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos de su competencia; Que, de conformidad con el Articulo 69º del D. Leg. 776 "Ley de Tributacion Municipal" modificado por articulo 1º de la Ley Nº 26725 que dispuso el agregado del Art. 69-A, 69-B, las Tasas por Servicios Publicos o Arbitrios se calcularan dentro del primer trimestre de cada ejercicio fiscal, en funcion del costo efectivo de los servicios a prestar; Que, mediante la presente Ordenanza se establece el MORDAZA Regimen Tributario aplicable a los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines a fin de simplificar y justificar la Administracion Tributaria y garantizar su equitativa distribucion entre los contribuyentes del distrito de Comas; Que, es politica de la actual Administracion Municipal adoptar las medidas necesarias para asegurar la continuidad y el buen funcionamiento de los servicios publicos financiados por los arbitrios mencionados en el considerando precedente; Que, para el calculo de los Arbitrios de limpieza publica parques y jardines para el ano 2003, se tomara como criterio el porcentaje de incremento de los costos de estos servicios de manera concordante con el Informe Nº 0302003-OAT/MC de la Oficina de Administracion Tributaria que refiere los Memorandums Nº 076-2003 DSAE/MC y Nº 087-2003 DSAE/MC de la Direccion de Saneamiento Ambiental y Ecologia; Que, en el Art. 15º incisos a) y b) del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, se establece las alternativas para la cancelacion del Impuesto Predial, senalandose que el pago al contado se efectuara hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano y en el caso de pago fraccionado, hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso, la primera cuota sera equivalente a un MORDAZA del Impuesto total resultante y debera pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero. Las cuotas restantes deberan pagarse hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variacion acumulada del Indice de Precios al por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) por el periodo comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente del pago; Que, de acuerdo a la Cuarta Disposicion Final del D. Leg. Nº 776, las Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% del U.I.T vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion de presentar la Declaracion Jurada; Que, mediante Informe Nº 22-2003-URT-OAT/MC, la Unidad de Registro Tributario presenta la propuesta de Cronograma de Pago del Impuesto Predial y de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, asi como del costo para el Pago del Derecho de Emision y Distribucion de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y de los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines para el ano 2003; Que, mediante Informe Nº 030-2003-UC-OAT/MC, la Unidad de Cobranzas presenta propuesta de incentivos por pronto pago a aquellos contribuyentes que cumplan con pagar de manera adelantada el total anual de los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines publicos; Que, mediante el Informe Nºs. 027-2003-OAT/MC la Oficina de Administracion Tributaria sugiere la aprobacion del MORDAZA de actualizacion de valores para la emision del impuesto predial del 2003;

Por los considerandos expuestos, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, el pleno del Concejo por unanimidad aprueba la siguiente:

ORDENANZA
Articulo Primero.- Aprobar el MORDAZA del Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos para el ejercicio 2003 en la jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de Comas, el cual consta de dos capitulos, quince articulos y tres disposiciones finales; segun el anexo que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Mantener en S/. 6.00 (Seis Nuevos Soles con 00/100) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de Derecho de emision mecanizada y distribucion de los Estados de Cuentas de los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines, monto que sera distribuido a razon de S/. 0.50 (Cincuenta Centimos de MORDAZA Sol) por mes. Articulo Tercero.- Establecer el Cronograma de Pagos para el Arbitrio de Limpieza Publica y Parques y Jardines 2002 de la forma siguiente: Forma de Pago: Pago al Contado anual Pago Mensual: Enero Febrero Marzo MORDAZA MORDAZA Junio MORDAZA Agosto Setiembre Octubre Noviembre Diciembre Vencimiento 28.02.2003 28.02.2003 28.02.2003 31.03.2003 30.04.2003 31.05.2003 30.06.2003 31.07.2003 31.08.2003 30.09.2003 31.10.2003 30.11.2003 31.12.2003

Articulo Cuarto.- Establecer un descuento del 20% del Arbitrio de Limpieza Publica de Parques y Jardines del ano 2003 a los Contribuyentes que cancelen el Arbitrio Anual del 2003, hasta el 28 de febrero del citado ano. Articulo Quinto.- Aprobar la actualizacion de valores y la emision mecanizada de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial para el ano 2003, asi como su distribucion domiciliaria, conforme a los considerandos senalados. Articulo Sexto.- Establecer para el ano 2003 el monto minimo anual para el Impuesto Predial en la suma de Dieciocho y 60/100 Nuevos Soles (S/. 18.60). Articulo Septimo.- Mantener para el ano 2003 el pago de Siete Nuevos Soles con 80/100 (S/. 7.80) por gastos de actualizacion, emision y distribucion mecanizada de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial 2003 y un monto adicional de Dos Nuevos Soles con 60/100 (S/. 2.60) por cada hoja anexa. Articulo Octavo.- Aprobar el Cronograma de Pagos del Impuesto Predial para el ejercicio 2003 como sigue: Forma de Pago: Pago al Contado Pago Fraccionado : Primera Cuota Trimestral MORDAZA Cuota Trimestral Tercera Cuota Trimestral Cuarta Cuota Trimestral Hasta el 28 de febrero del 2003 Hasta el 31 de MORDAZA del 2003 Hasta el 31 de agosto del 2003 Hasta el 30 de noviembre 2003 Vencimiento Hasta el 28 de febrero 2003

Articulo Noveno.- La Oficina de Administracion y Finanzas, brindara, el apoyo economico, logistico y de Servicios a la Oficina de Administracion Tributaria y a la Unidad de Comunicacion Municipal, para que faciliten la orientacion al contribuyente y la publicidad y difusion de la presente Ordenanza. Articulo Decimo.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Undecimo.- Dispensar de la lectura y aprobacion del Acta para su inmediato cumplimiento. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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