TEXTO PAGINA: 34
PÆg. 239412 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de febrero de 2003 raciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395,Ley Nº 27444 y Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y estan-do a los fundamentos expuestos en el Informe TécnicoLegal Nº 021-2003/SBN-GO-JAR, de fecha 30 de enerode 2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución Nº 175-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 7 de noviembre de 2002,en los términos siguientes: "Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 354 571,67 m², ubicado al Noroestedel balneario de Naplo, al sur de la zona denominada LoboVarado y hacia los acantilados de los cerros eriazos delbalneario de Naplo, distrito de Pucusana, provincia y de- partamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución." Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 03181 Disponen primera inscripción de do- minio a favor del Estado de terrenos ubicados en la provincia de Lima JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 011-2003/SBN-GO-JAR La Molina, 7 de febrero de 2003Visto el Expediente Nº 114-2002/SBN-JAR correspon- diente al trámite de inscripción en primera de dominio, afavor del Estado, del terreno de 600 390,82 m2, ubicado a la altura del kilómetro 6 de la carretera Lima-Pucusana, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social,promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidady estableciendo mecanismos para su registro, inscripción yfiscalización; Que, mediante inspección técnica realizada con fecha 5 de setiembre de 2002, se identificó un terreno eriazo que comprende acantilados y laderas del cerro de 600 390,82m2, ubicado a la altura del kilómetro 6 de la carretera Lima-Pucusana, provincia y departamento de Lima; Que, la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral IX-Lima, mediante Oficio Nº 2587-2002-SUNARP- Z.R. Nº IX/GPI, de fecha 13 de noviembre del 2002, señala de conformidad con el Informe Técnico Nº 5415-2002-SUNARP-Z.R. Nº IX/OC, que el terreno de 600 390,82 m2,se ubica en zona donde no se observa inscripción; Que, mediante Oficio Nº 5797-2002/SUNARP/RPU- GOD1, fecha 14 de noviembre de 2002, el Registro Predial Urbano, sobre la base del Informe Técnico Nº 8314-2002- SUNARP-RPU/OC-LIMA, expedido por su Oficina de Ca-tastro, señala que el terreno materia de consulta no estáinscrito en el Registro Predial Urbano; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribereños son bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio del terreno de600 390,82 m2, descrito en el considerando precedente,de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de UrgenciaNº 071-2001, Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 desetiembre de 2001, que aprueba el "Reglamento de Orga-nización y Funciones de la Superintendencia de BienesNacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Re- cuperaciones a identificar los terrenos eriazos con la finali- dad de incorporarlos al dominio del Estado, así como tam- bién, a emitir en primera instancia las resoluciones de sucompetencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Dispo- sición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, DecretoLey Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131- 2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Na- cionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamen-to General de Procedimientos Administrativos de los Bie-nes de Propiedad Estatal" y estando a lo expuesto en elInforme Técnico Legal Nº 0003-2002/SBN-GO-JAR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 600 390,82 m2, ubicadoa la altura del kilómetro 6 de la carretera Lima-Pucusana,provincia y departamento de Lima, según el plano y memo- ria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- El Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral IX-Lima de la Superintendencia de BienesNacionales de los Registros Públicos, por el mérito de lapresente Resolución, efectuará la primera inscripción dedominio a favor del Estado del terreno descrito en el artícu- lo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 03182 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 012-2003/SBN-GO-JAR La Molina, 7 de febrero de 2003Visto el Expediente Nº 034-2002/SBN-JAR, con el cual se sustenta el trámite de inscripción en primera de dominio,a favor del Estado, del terreno de 791 522,75 m2 ubicadoy conformado por los cerros denominados "La Pavona",distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económicode los bienes del Estado en armonía con el interés social,promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidady estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, la Oficina Registral de Lima y Callao mediante Certificado Catastral de fecha 29 de octubre de 2002, ex-pedido de conformidad al Informe Técnico Nº 5189-2002-SUNARP-Z.R.IX/OC, de fecha 25 de octubre de 2002, se-ñala que el terreno de 791 522,75 m2 no se encuentra inscrito; Que, mediante el Certificado de Búsqueda Catastral expedido por el Registro Predial Urbano con fecha 13 denoviembre de 2002, se establece que de conformidad conel Informe Técnico Nº 0502-SUNARP-RPU/OC-LIMA, defecha 18 de octubre de ese mismo año, el referido terreno se encuentra dentro de una zona donde no se aprecian predios inscritos; Que, realizada la inspección técnica con fecha 21 de enero de 2003, se ha verificado que el predio de topogra-fía accidentada de 791 522,75 m2, ubicado en los cerrosdenominados "La Pavona", distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, se encuentra parcialmente ocupa- do por viviendas familiares sin título de dominio, dondeexisten seis pilones de agua que son alimentados median-te dos reservorios de agua y transversalmente al predio seencuentran postes de mediana tensión y el resto del pre-dio se encuentra de libre ocupación; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 desetiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Orga-nización y Funciones de la Superintendencia de BienesNacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Re-cuperaciones a identificar los terrenos eriazos con la finali- dad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a