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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (21/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 239530 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de febrero de 2003 para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuer- do al siguiente detalle: Viáticos US$ 440.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artí- culo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la presen-te Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, de- berá presentar un informe detallado describiendo lasacciones realizadas y los resultados obtenidos du- rante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 03387 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 117-2003-MTC/02 Lima, 19 de febrero de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba- das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza- ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, que debe ser publicada en el DiarioOficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excep- ción de las autorizaciones de viaje que no irroguen gas- tos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, el artículo 14º del Reglamento de la Ley de Ae- ronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050- 2001-MTC, establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, se-gún su especialidad, para verificar las capacidades exi- gidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, como parte del Plan de Vigilancia de las opera- ciones aéreas internacionales, la Dirección de Seguri- dad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil,a través de la Orden de Inspección Nº 120-2003-MTC/ 12.04 ha dispuesto que el Inspector Carlos Humberto Garay Vera, realice una inspección técnica a la estaciónde la empresa Aerocontinente S.A. en Santo Domingo, República Dominicana, durante los días 21 al 23 de fe- brero de 2003; Que, por lo expuesto es necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil, para que, en cumplimiento de las fun-ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspección técnica a que se refiere la Orden de Inspección Nº 120-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Hum- berto Garay Vera, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comu-nicaciones, a la ciudad de Santo Domingo, RepúblicaDominicana, durante los días 21 al 23 de febrero de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerati- va de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuer- do al siguiente detalle: Viáticos US$ 720.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec-tor mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 03388 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 118-2003-MTC/02 Lima, 19 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil - CLAC-, ha convocado a las Autoridades de Aeronáutica Civil de los Estados miembros de la CLAC, para que participen en una Reunión Urgente de Directores deAviación Civil de los Estados miembros, que se celebra- rá el 24 de febrero de 2003 en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, República de Bolivia, para tratar entre otrostemas, la elección del Secretario General de la OACI y la entrada en vigor de la Enmienda del Artículo 50 a) del Convenio de Chicago; Que, asimismo en la mencionada ciudad y duran- te los días 25 al 27 de febrero de 2003, la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil -CLAC- realizarála Undécima Reunión del Grupo de Expertos en Asun- tos Políticos, Económicos y Jurídicos del Transporte Aéreo (GEPEJTA/11), habiendo cursado invitación ala Dirección General de Aeronáutica Civil para que participe en el mencionado evento, donde se tratarán temas relacionados a la difusión de acuerdos y ne-gociaciones bilaterales sobre transporte aéreo, eva- luación del precio de combustible o intercambio de aeronaves en la región de los vuelos, saneamientosde aspectos económicos, gestión de aeropuertos y servicios de navegación aérea, procesos de conce- sión de aeropuertos, compilación y difusión de la le-gislación aeronáutica internacional, ratificación de los instrumentos de derecho aeronáutico internacional, proceso de integración en todos los niveles (mun-dial, regional y subregional) y relación con otros or- ganismos internacionales, así como la implantación de los Sistemas CNS/ATM; Que, los temas a tratar son de interés del Ministe- rio de Transportes y Comunicaciones por lo que es necesario autorizar el viaje de funcionarios de la Di-rección General de Aeronáutica Civil para que parti- cipen en los eventos antes mencionados, organiza- dos por la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil-CLAC-; Que, de acuerdo a los términos de la Nota de Aten- ción Nº 003-2002-MTC/12, se ha considerado necesa-rio la participación del señor Wilson Benzaquén Rengifo, Director General de Aeronáutica Civil, del señor Juan Carlos Pavic Moreno, Director de Circulación Aérea yde la señorita Claudia Bezold Olivares, abogada de la Oficina de Asesoría de Política Aérea; De conformidad con las Leyes Nºs. 27261, 27619 y Nº 27791 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;