Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2003 (26/02/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

Pag. 239820

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de febrero de 2003

cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el inciso 2) del articulo 108º del Reglamento de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 13-2001-PCM, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, los articulos 105º y 116º del referido Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion precisando que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolucion exoneratoria, el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que, el Informe de la Oficina de Asesoria Juridica senala que por Resolucion Directoral Nº 020-2003-09-DM/ MSI se aprobaron las bases de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003-CEP/MSI, cuyo objeto era seleccionar y contratar a una empresa para la prestacion de servicio de impresion de Carpetas/Cuponeras de pago para el cobro de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2003. Asimismo senala que mediante Resolucion Directoral Nº 082-2003-09-DM/MSI se declaro la nulidad parcial de la citada Adjudicacion Directa Selectiva. El Informe Nº 005-2003-CEP/MSI del presidente del Comite Especial Permanente indico que el calendario de actividades para una nueva convocatoria de la citada Adjudicacion Directa abarcaria un plazo mayor al previsto, lo cual retrasaria la distribucion de las Carpetas/Cuponeras e imposibilitaria a los contribuyentes realizar sus pagos oportunamente y como consecuencia se tendria una deficiente recaudacion que pondria en peligro la prestacion de los servicios basicos involucrados. La Resolucion Directoral Nº 086-2003-09-DM/MSI de fecha 14 de febrero, cancelo el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003CEP/MSI por razones de fuerza mayor; Que, el mencionado Informe de la Oficina de Asesoria Juridica sostiene se ha configurado un hecho de excepcion que compromete en forma directa e inminente la continuidad de la prestacion de servicios esenciales que la Municipalidad de San MORDAZA tiene a su cargo, lo que faculta a esta para la ejecucion de una accion rapida de adquisicion o contratacion mediante la declaracion de urgencia de conformidad con los articulos 19º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850 y el inciso 2) del articulo 108º de su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 13-2001-PCM; Que con Informe Nº 039-2003-22-OREN/MSI de fecha 14 de febrero de 2003, el Director de la Oficina de Rentas senala que el cobro del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales se realiza mediante Carpetas que contienen la informacion de pago correspondiente al ano fiscal vigente. Asimismo, la fecha de pago por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales vence el 28 de febrero de 2003, sin embargo dada la situacion en la que se encuentra la Adjudicacion Directa Selectiva para contratar los servicios de impresion de las Carpetas, estas no estaran impresas para la fecha de vencimiento, lo que ocasionaria una situacion grave para la Municipalidad de San Isidro; Que, los Dictamenes de las Comisiones de Asuntos Juridicos y Economia y Administracion, opinan y recomiendan declarar en situacion de urgencia el servicio de impresion de las Carpetas/Cuponeras de pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio Fiscal 2003; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 2º, 3º y 109º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, aprobado mediante D.S. Nº 12-2001-PCM; Por UNANIMIDAD y con dispensa de aprobacion de Actas, ha adoptado el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- DECLARAR por un plazo de cuarenta y cinco (45) dias calendario en SITUACION DE URGENCIA la contratacion del servicio de impresion de Carpetas/Cuponeras de pago para el cobro de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, correspondientes al Ejercicio Fiscal 2003.

Articulo Segundo.- Encarguese a la Direccion Municipal para que, a traves del area correspondiente, lleve a cabo, a la MORDAZA brevedad, la Adjudicacion de Menor Cuantia para la contratacion de los servicios de impresion de las Carpetas/ Cuponeras para el cobro del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio Fiscal 2003. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a lo establecido en el articulo 115º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como la remision del mismo a la Contraloria General de la Republica de acuerdo a lo establecido por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, aprobado mediante D.S. Nº 12-2001-PCM. POR TANTO: Mando se de cumplimiento al presente Acuerdo. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 03574

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Reglamento de Fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias
ORDENANZA Nº 004-2003-MDSA MORDAZA MORDAZA, 14 de febrero de 2003 VISTO: En Sesion de Concejo de fecha trece de febrero del 2003, el informe Nº 042 -2003-DR- de fecha 5 de febrero de 2003 de la Direccion de Rentas y el Proyecto de Reglamento de Fraccionamiento de la Deuda Tributaria, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 36º Inciso 3 de la Ley Nº 23583 - Ley Organica de Municipalidades; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en el Art. 36º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, D.S. Nº 135-99-EF y el articulo 110º de la Ley Nº 23583, Ley Organica de Municipalidades, es facultad de la Administracion Tributaria conceder el fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria. Que, existen reiterados reclamos de los vecinos solicitando facilidades para el pago de los derechos tributarios pendientes acumulados hasta la fecha por razones de indole economico. Que siendo la politica de la actual administracion brindar facilidades a los vecinos a fin de que cumplan con el pago de sus tributos. Que, haciendo uso de la autonomia administrativa y economica facultada conforme a la Constitucion del Estado en su articulo 194º, reformado mediante Ley Nº 27680 del 7 de marzo del 2002 y el articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades, asi tambien conforme al articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 776, articulo 36º del Texto Unico Ordenado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 13599-EF, la Administracion Tributaria se encuentra facultada a conceder aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de deudas tributarias al deudor que asi lo solicite. Que, de conformidad a las disposiciones acotadas y estando el Informe Nº 042-2003-DR-MDSA de la Direccion de Rentas y contando con el MORDAZA mayoritario de la los senores Regidores, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Unico.- Aprobar el MORDAZA texto del Reglamento Nº 001-2003-DR-MDSA de Fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias el cual consta de cinco (5) Titulos, quince (15) Articulos y dos (2) Disposiciones Transitorias por el cual se otorgan las facilidades correspondientes a los deudores de la Municipalidad. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.