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PÆg. 247338 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de julio de 2003 Primera Disposición Transitoria, numerales 2.1 y 3.1 del Reglamento de los Órganos de Control Institucio- nal, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114- 2003-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Formalizar la separación definiti- va, por renuncia, del señor CPC. Wilfredo Salinas Azaña, al cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores. Artículo Segundo.- En tanto se designe al nuevo Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, el Titular de dicha entidad deberá garantizar el normal desarrollo de las actividades del Órgano de Control Institucional, dispo- niendo el encargo de las funciones de la Jefatura de di- cho órgano, a un profesional que reúna cuando menos los requisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del artículo 20º del Reglamento de los Órganos de Con- trol Institucional, dando cuenta de ello a este Organismo Superior de Control. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 12326 Acumulan procesos iniciados a partir de los recursos de reconsideración del ex alcalde y del ex jefe de Infra-estructura de la Municipalidad Dis-trital de la Encaæada contra la Res.N” 136-2003-CG RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 202-2003-CG Lima, 27 de junio de 2003 VISTOS, los Recursos de Reconsideración recepcionados con fecha 26 de mayo de 2003, interpues- tos por los señores Manuel Vásquez Salazar y Juan Gue- rra Villanueva, ex Alcalde y ex Jefe de Infraestructura de la Municipalidad Distrital de La Encañada, respectivamen- te, provincia y departamento de Cajamarca, contra la Resolución de Contraloría Nº 136-2003-CG, de fecha 25 de abril de 2003, publicada en el Diario Oficial El Perua- no el 30 de abril de 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 136- 2003-CG, se autorizó al Procurador Público encarga- do de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representa- ción del Estado inicie las acciones legales, contra los presuntos responsables comprendidos en los Informes Especiales Nºs. 136-2003-CG/ORCH y 137-2003-CG/ ORCH, resultantes del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de La Encañada, provincia y departamento de Cajamarca, por el período enero 2000 - diciembre 2001; Que, mediante los documentos de vistos interpusie- ron Recursos de Reconsideración contra la Resolución de Contraloría Nº136-2003-CG, solicitando disponer una nueva evaluación, alcanzando aclaraciones y nuevas pruebas instrumentales, toda vez que existirían elemen- tos que prueban no haber incurrido en los cargos que en ella se imputan; Que, debido a que los recursos impugnativos presenta- dos se originan en un mismo hecho y guardan conexión entre sí, al existir identidad en las pretensiones, compe- tencia y vía única para su trámite, resulta procedente la acumulación de los procedimientos en trámite, condu- cente a su pronta e idéntica resolución en aplicación del artículo 149º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;Que, en cumplimiento del principio del debido proce- so de control previsto en el literal g) del artículo 9º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, los recurrentes tomaron conocimiento de los hechos atribui- dos mediante la notificación de los hallazgos correspon- dientes, cuya absolución, en ejercicio de su derecho de defensa, fue merituada en su oportunidad por la Comi- sión de Auditoría, respecto de los descargos presenta- dos; Que, respecto de las autorizaciones al Procurador Público para el inicio de las acciones legales correspon- dientes, la Contraloría General de la República ha emi- tido reiterados y uniformes pronunciamientos estable- ciendo que dichas autorizaciones tienen la calidad de actos de administración interna, destinados a organi- zar o hacer funcionar a la propia Entidad a fin de que sean las autoridades competentes de la Administración Pública las que realicen aquellos actos que producen sus efectos jurídicos de forma directa, resultando por tanto inimpugnables, de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.2 del artículo 1º de la Ley Nº 27444, en con- cordancia con el artículo 206º del mismo cuerpo nor- mativo; Que, asimismo, al ser la Resolución impugnada un acto de administración interna que autoriza al Procura- dor Público el inicio de las acciones legales que corres- pondan, no imputa por sí misma cargo alguno al recu- rrente, por cuanto los indicios razonables de comisión de delito se encuentran contenidos en los Informes Especia- les Nºs. 136-2003-CG/ORCH y 137-2003-CG/ORCH, los cuales también constituyen actos de administración in- terna de conformidad con lo establecido en el artículo 24º de la Ley Nº27785, resultando por ende actos inim- pugnables; Que, por otra parte, en virtud a lo dispuesto por el artículo 211º de la Ley Nº 27444, todo recurso adminis- trativo debe ser autorizado por letrado, requisito que no se ha cumplido en la impugnación interpuesta por el se- ñor Juan Guerra Villanueva; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Acumular los procedimientos ini- ciados a partir de los Recursos de Reconsideración pre- sentados por los señores Manuel Vásquez Salazar y Juan Guerra Villanueva, ex Alcalde y ex Jefe de Infraestructura de la Municipalidad Distrital de La Encañada, respectivamente, contra la Resolución de Contraloría Nº 136-2003-CG. Artículo Segundo.- Desestimar los Recursos de Reconsideración interpuestos por los señores Manuel Vásquez Salazar y Juan Guerra Villanueva, ex Alcal- de y ex Jefe de Infraestructura de la Municipalidad Distrital de La Encañada, respectivamente, contra la Resolución de Contraloría Nº 136-2003-CG, expedi- da el 25 de abril de 2003 y publicada en el Diario Ofi- cial El Peruano el 30 de abril de 2003, por los funda- mentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 12327 Constituyen Grupo Élite de Inteligen- cia Anticorrupción para identificar einvestigar actos de corrupción RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 203-2003-CG Lima, 27 de junio de 2003