Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2003 (02/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2003

Primera Disposicion Transitoria, numerales 2.1 y 3.1 del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 1142003-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Formalizar la separacion definitiva, por renuncia, del senor CPC. MORDAZA MORDAZA Azana, al cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores. Articulo Segundo.- En tanto se designe al MORDAZA Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, el Titular de dicha entidad debera garantizar el normal desarrollo de las actividades del Organo de Control Institucional, disponiendo el encargo de las funciones de la Jefatura de dicho organo, a un profesional que reuna cuando menos los requisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del articulo 20º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, dando cuenta de ello a este Organismo Superior de Control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 12326

Acumulan procesos iniciados a partir de los recursos de reconsideracion del ex MORDAZA y del ex jefe de Infraestructura de la Municipalidad Distrital de la Encanada contra la Res. Nº 136-2003-CG
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 202-2003-CG MORDAZA, 27 de junio de 2003 VISTOS, los Recursos de Reconsideracion recepcionados con fecha 26 de MORDAZA de 2003, interpuestos por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex MORDAZA y ex Jefe de Infraestructura de la Municipalidad Distrital de La Encanada, respectivamente, provincia y departamento de MORDAZA, contra la Resolucion de Contraloria Nº 136-2003-CG, de fecha 25 de MORDAZA de 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de MORDAZA de 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 1362003-CG, se autorizo al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado inicie las acciones legales, contra los presuntos responsables comprendidos en los Informes Especiales Nºs. 136-2003-CG/ORCH y 137-2003-CG/ ORCH, resultantes del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de La Encanada, provincia y departamento de MORDAZA, por el periodo enero 2000 - diciembre 2001; Que, mediante los documentos de vistos interpusieron Recursos de Reconsideracion contra la Resolucion de Contraloria Nº136-2003-CG, solicitando disponer una nueva evaluacion, alcanzando aclaraciones y nuevas pruebas instrumentales, toda vez que existirian elementos que prueban no haber incurrido en los cargos que en MORDAZA se imputan; Que, debido a que los recursos impugnativos presentados se originan en un mismo hecho y guardan conexion entre si, al existir identidad en las pretensiones, competencia y via unica para su tramite, resulta procedente la acumulacion de los procedimientos en tramite, conducente a su pronta e identica resolucion en aplicacion del articulo 149º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, en cumplimiento del MORDAZA del debido MORDAZA de control previsto en el literal g) del articulo 9º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, los recurrentes tomaron conocimiento de los hechos atribuidos mediante la notificacion de los hallazgos correspondientes, cuya absolucion, en ejercicio de su derecho de defensa, fue merituada en su oportunidad por la Comision de Auditoria, respecto de los descargos presentados; Que, respecto de las autorizaciones al Procurador Publico para el inicio de las acciones legales correspondientes, la Contraloria General de la Republica ha emitido reiterados y uniformes pronunciamientos estableciendo que dichas autorizaciones tienen la calidad de actos de administracion interna, destinados a organizar o hacer funcionar a la propia Entidad a fin de que MORDAZA las autoridades competentes de la Administracion Publica las que realicen aquellos actos que producen sus efectos juridicos de forma directa, resultando por tanto inimpugnables, de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.2 del articulo 1º de la Ley Nº 27444, en concordancia con el articulo 206º del mismo cuerpo normativo; Que, asimismo, al ser la Resolucion impugnada un acto de administracion interna que autoriza al Procurador Publico el inicio de las acciones legales que correspondan, no imputa por si misma cargo alguno al recurrente, por cuanto los indicios razonables de comision de delito se encuentran contenidos en los Informes Especiales Nºs. 136-2003-CG/ORCH y 137-2003-CG/ORCH, los cuales tambien constituyen actos de administracion interna de conformidad con lo establecido en el articulo 24º de la Ley Nº27785, resultando por ende actos inimpugnables; Que, por otra parte, en virtud a lo dispuesto por el articulo 211º de la Ley Nº 27444, todo recurso administrativo debe ser autorizado por letrado, requisito que no se ha cumplido en la impugnacion interpuesta por el senor MORDAZA MORDAZA Villanueva; En uso de las facultades conferidas por el articulo 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Acumular los procedimientos iniciados a partir de los Recursos de Reconsideracion presentados por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex MORDAZA y ex Jefe de Infraestructura de la Municipalidad Distrital de La Encanada, respectivamente, contra la Resolucion de Contraloria Nº 136-2003-CG. Articulo Segundo.- Desestimar los Recursos de Reconsideracion interpuestos por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex MORDAZA y ex Jefe de Infraestructura de la Municipalidad Distrital de La Encanada, respectivamente, contra la Resolucion de Contraloria Nº 136-2003-CG, expedida el 25 de MORDAZA de 2003 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de MORDAZA de 2003, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 12327

Constituyen Grupo Elite de Inteligencia Anticorrupcion para identificar e investigar actos de corrupcion
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 203-2003-CG MORDAZA, 27 de junio de 2003

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