Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2003 (02/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad, RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de DESTITUCION a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carhuajulca, por su actuacion como Asistente Judicial de Archivo del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores, Distrito Judicial de Lima. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDONEZ MORDAZA 12432

El indice que antecede es tambien de aplicacion para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el articulo 1235º del Codigo Civil. Se destaca que el indice en mencion no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al dia del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolucion judicial (articulo 1236º del Codigo Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). MARYLIN CHOY CHONG Gerente General (i) 12452

CONTRALORIA GENERAL
Aceptan renuncia del Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 201-2003-CG MORDAZA, 27 de junio de 2003 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 020-2003-CG/ OCI, de fecha 9 de junio del 2003, emitida por la Gerencia de Organos de Control Institucional de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, la separacion definitiva de los Jefes de los Organos de Control Institucional, se efectua por este Organismo Superior de Control de acuerdo a los requisitos, procedimientos, incompatibilidades y excepciones que establezca para tal efecto; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 1142003-CG se ha aprobado el Reglamento de los Organos de Control Institucional, estableciendose en su numeral 2.1 de su Primera Disposicion Transitoria, que la separacion definitiva del Jefe del Organo de Control Institucional, se efectua por la Contraloria General, mediante Resolucion de Contraloria publicada en el Diario Oficial El Peruano, previendose en el literal c) de dicho numeral, que los casos de renuncia del Jefe del Organo de Control Institucional seran informados a la Contraloria General, acompanandose MORDAZA autenticada de la respectiva carta de renuncia y su aceptacion por la entidad, para la formalizacion de la separacion definitiva; Que, mediante Oficio Nº 401-03-MDSJM/A del 28 de MORDAZA del 2003, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores informo a este Organismo Superior de Control, la renuncia voluntaria del senor CPC. MORDAZA MORDAZA Azana, como Jefe del Organo de Control Institucional, adjuntando MORDAZA autenticada de la carta de renuncia y de la Resolucion de Alcaldia Nº 000417 del 28 de MORDAZA del 2003, disponiendo la aceptacion de la misma; Que, de acuerdo a lo senalado en el numeral 3.1. de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional, el encargo de la Jefatura del Organo de Control Institucional procede ser efectuado por el Titular de la Entidad -entre otros- en los casos de vacancia, quien tiene la responsabilidad de cautelar que el funcionario encargado para ocupar temporalmente la Jefatura del citado Organo, reuna cuando menos los requisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del articulo 20º del citado Reglamento; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y la

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Indice de reajuste diario a que se refiere el Art. 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros correspondiente al mes de MORDAZA de 2003
CIRCULAR Nº 018-2003-EF/90 MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2003 El indice de reajuste diario, a que se refiere el articulo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, correspondiente al mes de MORDAZA es el siguiente: DIA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 INDICE 5,89246 5,89158 5,89069 5,88981 5,88892 5,88804 5,88715 5,88627 5,88539 5,88450 5,88362 5,88273 5,88185 5,88096 5,88008 5,87920 5,87831 5,87743 5,87655 5,87566 5,87478 5,87390 5,87302 5,87213 5,87125 5,87037 5,86949 5,86861 5,86772 5,86684 5,86596

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