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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G37/G35/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 4 de julio de 2003 Que, ante tal justificación de la adquisición de 2 Ma- quinarias Pesadas - Volquetes entre 12 a 15 m3, Com- prensora y Mezcladora, y de la necesidad de su exonera- ción, resultando oportuna tal adquisición y no existiendo empresas calificadas y constituidas en esta jurisdicción, más cuando, según el Decreto de Urgencia Nº 140-2001 del 31 de diciembre del 2001, al suspenderse la importa- ción de vehículos usados se dio una limitante, esclareci- do con la Circular Nº INTA-CR-46-2002-ADUANAS, se ha unificado y precisado los alcances, no encontrándose la prohibición de importación de vehículos usados con peso vehicular superior a 3 000 kilogramos, entre éstos, volquetes automotores concebidos para ser utilizados fuera de la red de carreteras; hecho esto que resulta per- tinente la determinación de situación de urgencia para adquirir vehículos usados repotenciados, generando fa- cilidad en su adquisición por ser a costo de alcance de nuestra posibilidad de endeudamiento; y, Estando a lo previsto en el artículo 34º de la Ley Or- gánica de Municipalidades Nº 27972 y con arreglo a la competencia prevista en el inciso 3) del artículo 20º del mismo cuerpo normativo; SE ACUERDA:Artículo Primero.- Declarar en Situación de Urgen- cia la adquisición de Maquinaria Repotenciada - 2 Volque- tes entre 12 a 15 m3, Una (1) Comprensora y Una (1) Mezcladora, desde fecha de la urgencia de la presente hasta un plazo de 90 días. Artículo Segundo.- Exonerar a la entidad del Proceso de Selección de Adjudicación Directa, durante el período indicado en el artículo precedente, destinado a determinar la persona natural o jurídica que provea con tal necesidad. Artículo Tercero.- Autorizar a la Municipalidad Pro- vincial de Rodríguez de Mendoza a la adquisición de la maquinaria referida, encargándose al señor Alcalde adop- te las gestiones necesarias y realice la adquisición exo- nerada, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 105º del D.S. Nº 013-2001-PCM. Regístrese, comuníquese, hágase haber.MARIO PELÁEZ TORREJÓN Alcalde Provincial 12624 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G2D /G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G2D/G63/G6F/G20/G22/G52/G65/G6D/G6F/G64/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G61/G6C/G6C/G65/G20/G4C/GF3/G70/G65/G7A/G20/G64/G65/G5A/GFA/GF1/G69/G67/G61/G22/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72 /G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 001-2003-MDCH Chancay, 27 de junio del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE CHANCAYVISTO; el requerimiento formulado por la División de Desarrollo Urbano y Rural, en Sesión Ordinaria de fecha 26 de junio del 2003, sobre contratación por servicios personalísimos del arquitecto JORGE BURGA BARTRA, para la elaboración de expediente técnico "Remodelación de la calle López de Zúñiga"; CONSIDERANDO: Que, el Inc. h) del Art. 19º del TUO de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que la contratación de ser- vicios personalísimos, se encuentra exonerada de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o de Adjudicación Directa;Que, para tal efecto el Art. 20º del citado TUO, agrega que la contratación debe sustentarse en un informe téc- nico-legal previo y ser aprobado por Acuerdo de Conce- jo, realizándose la contratación mediante un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, el Art 111º del TUO del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, señalan que se encuentran exo- nerados del respectivo proceso de selección, los contra- tos de locación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas, cuando dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador ya sea por sus características inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, los Arts. 105º y 116º del citado Reglamento, dis- ponen que la contratación por servicios personalísimos exonerados, se efectúa mediante el proceso de Adjudica- ción de Menor Cuantía, para tal efecto y para aprobar la exoneración, se debe designar a la dependencia u órga- no encargado de llevar a cabo el mencionado proceso, de acuerdo al monto involucrado, su complejidad, enverga- dura o sofisticación; Que, del informe de la División de Desarrollo Urbano y Rural, se evidencia la necesidad de elaborar el expediente técnico "Remodelación de la calle López de Zúñiga", cuyo costo referencial es de S/. 20,000.00, el mismo que debe ser elaborado por un profesional con trayectoria y expe- riencia acreditada, como es el caso del arquitecto JORGE BURGA BARTRA, quien ha venido trabajando el Plan de Desarrollo Urbano y Turístico de Chancay, y los perfiles de proyectos de desarrollo, como el de la remodelación de la calle López de Zúñiga, la misma que constituye una vía comercial importantísima para el distrito; Que, según el informe de la Oficina de Asesoría Le- gal, la exoneración de servicios personalísimos solicita- da se encuentra enmarcada dentro de los alcances del Inc. h) del Art. 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001- PCM y de los Arts. 105º, 111º y 116º del TUO del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; pro- nunciándose por la procedencia de lo solicitado al pleno del Concejo Municipal, cuyo acuerdo debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano; Estando a lo peticionado e informado por los órganos correspondientes y con el voto de la mayoría de los se- ñores Regidores en Sesión Ordinaria de fecha 26 de ju- nio del 2003; RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar del proceso de selec- ción correspondiente para contratar por servicios personalísimos al arquitecto JORGE BURGA BARTRA, para la elaboración del expediente técnico "Remodela- ción de la calle López de Zúñiga", con un costo referen- cial de S/. 20,000.00, en base a los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Autorizar al Alcalde a contratar los servicios personalísimos a que se refiere el Articulo anterior, a través del área de logística y mediante el pro- ceso de Menor Cuantía, de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, para conocimiento y fines de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS CASAS SEBASTIAN Alcalde Distrital 12586 /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G6D/G75/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G6E/G73/G75/G61/G6C /G64/G65/G6C/G20/G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65 RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 002-2003-MDCH Chancay, 27 de junio del 2003