Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2003 (04/07/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

Pag. 247506
ACUERDA:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2003

Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA el Programa del Vaso de Leche por un periodo de hasta 60 (Sesenta) dias calendario contados a partir del dia 30 de junio del 2003 exonerandose del MORDAZA de Licitacion la adquisicion de insumos para el Vaso de Leche. Articulo Segundo.- AUTORIZAR mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia la compra de los siguientes productos: Leche Evaporada Entera, MORDAZA Enriquecido y MORDAZA Instantaneo. Las cantidades y valores referenciales para adquirir son hasta: - 62,631 (Sesenta y dos mil seiscientos treinta y uno) kilogramos de Leche Evaporada Entera, por un valor referencial de S/. 238,304.04 (Doscientos treinta y ocho mil, trescientos cuatro y 04/100, nuevos soles). - 31,089 (Treintiun mil ochenta y nueve) kilogramos de MORDAZA Enriquecido, por un valor referencial de S/. 131,893.16 (Ciento treintiun mil ochocientos noventa y tres y 16/100 nuevos soles). - 14,827.00 (Catorce mil ochocientos veintisiete) kilogramos de MORDAZA Instantaneo, por un valor referencial de S/. 80,807.15 (Ochocientos mil ochocientos siete y 15/100 nuevos soles). Las adquisiciones seran financiadas con recursos de la transferencia del Tesoro Publico para el Programa del Vaso de Leche. Articulo Tercero.- ENCARGAR al Comite Especial designado con R.A. Nº 203-2003-MDR la realizacion del MORDAZA de Adjudicacion Menor Cuantia. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente acuerdo asi como la comunicacion y la remision de MORDAZA del Acuerdo de Concejo y los Informes Tecnicos respectivos a la Contraloria General de la Republica dentro del plazo de Ley. Dado en el local del Concejo, a los veintisiete dias del mes de junio del dos mil tres. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12591

Ley N° 27972, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, precisa que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales elaborar y mantener el Catastro Distrital, asi como normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de la construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica; Que los Articulos 41° y 52° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y sus modificatorias, senala que los Gobiernos Locales tienen competencia para administrar exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, MORDAZA estas ultimas derechos, licencias o arbitrios y por excepcion los impuestos que la ley les asigne, disponiendo de las facultades para condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, estando en esa direccion esta Municipalidad, atendiendo que es imperativo incrementar el universo de contribuyentes y reducir la evasion tributaria existente en el distrito con acciones que coadyuven a la deteccion de omisos subvaluadores, morosos y evasores de las obligaciones tributarias o que carezcan de licencia de construccion y otros, ha considerado pertinente poner a ejecucion al mas breve plazo el Proyecto denominado "Proyecto Catastral y Saneamiento Tributario ­ I Etapa ­ 2003", siendo necesario otorgar las facilidades correspondientes a los contribuyentes que responsablemente regularicen sus obligaciones tributarias, como acto previo a la imposicion de las sanciones administrativas y/o tributarias que por resistencia comprobada pudieran merecer; Estando a lo dispuesto por el Articulo 9° incisos 8) y 9) de la Nueva Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, y contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores, con el tramite de la dispensa de lectura y aprobacion del Acta; se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar y Ejecutar el Proyecto denominado "Proyecto Catastral y Saneamiento Tributario ­ I Etapa ­ 2003" en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Miraflores, cuyo texto consta de Seis (6) Capitulos: 1.- Introduccion; 2.- Descripcion del Proyecto; 3.- Planificacion del Proyecto; 4.- Inversion; 5.- Seguimiento y Control y 6.- Anexos; y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Conceder la condonacion del 100 % del interes moratorio al 2003 y la rebaja del 70% del factor de ajuste sobre los montos determinados a los omisos y subvaluadores tributarios, siempre y cuando la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Autovaluo se realice en forma voluntaria, sin previo MORDAZA de levantamiento catastral y/o de fiscalizacion dentro de los plazos que establece en su parrafo primero el Articulo 137º del T.U.O. del Codigo Tributario. Articulo Tercero.- Los infractores tributarios ademas de lo previsto en el articulo anterior, tendran derecho a los siguientes beneficios: a) Si el omiso y/o subvaluador tributario presenta la Declaracion Jurada con anterioridad a cualquier notificacion y/o requerimiento efectuado por la Direccion de Rentas y/o Division de Catastro la Multa Tributaria sera rebajada en un 90%. b) Si la Declaracion Jurada es presentada con posterioridad a la notificacion y/o requerimiento de la Direccion de Rentas y/o Division de Catastro, pero MORDAZA de la notificacion de la Resolucion de Multa Tributaria la sancion sera reducida en un 70%. c) Si la Declaracion Jurada es presentada con posterioridad a la notificacion de la Resolucion de Multa Tributaria la sancion sera reducida en un 50 %, si es que dicho monto rebajado es cancelado MORDAZA del inicio del procedimiento de Ejecucion Coactiva. d) Quedan exceptuados aquellos predios que sobrepasen la base imponible equivalente a 30 UIT. Articulo Cuarto.- Los propietarios de predios visitados que se presenten para actualizar y/o regularizar sus

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Aprueban el "Proyecto Catastral y Saneamiento Tributario - I Etapa - 2003"
ORDENANZA MUNICIPAL N° 000008 San MORDAZA de Miraflores, 27 de junio 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: Visto: en Sesion Ordinaria de fecha 27 de junio del 2003, el proyecto presentado por la Directora de Rentas y la Comision de Desarrollo MORDAZA de esta Corporacion Edilicia; CONSIDERANDO: Que el Articulo 74° concordante con el Articulo 192° numeral 3) de la Constitucion Politica del Estado, establece que las municipalidades pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas y exonerar de estas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que el Articulo 79° inciso 3 numerales 3.3, 3.6 y 3.6.2 de la nueva Ley Organica de Municipalidades,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.