Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2003 (04/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia y su Primera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final, establece que los Gobiernos Regionales, en sus tres instancias, aprobaran mediante Ordenanza Regional su propio Reglamento de Organizacion y Funciones con arreglo a la Ley Organica respectiva; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2003GRC/CRC, del 26 de febrero del 2003, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional del Cusco; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional del MORDAZA, en su articulo 120º de las Oficinas Subregionales, senala que estas son organos desconcentrados territorialmente de tercer nivel organizacional del MORDAZA, responsables de dirigir, planificar, coordinar, concertar, supervisar y controlar las acciones de desarrollo regional para su ejecucion en su respectivo ambito subregional; Estando a lo expuesto, con la aprobacion unanime del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional del MORDAZA y en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Articulo Primero.APROBAR LA CREACION DE TRECE OFICINAS SUBREGIONALES, correspondientes a igual numero de provincias del Cusco. Articulo Segundo.La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su aprobacion. MORDAZA, 26 de junio del 2003. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional del MORDAZA 12572

normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2003-GR.LAMB./CR, tiene establecido en su Articulo 52º que las mociones de orden del dia son propuestas mediante las cuales los Consejeros Regionales ejercen su derecho de pedir al Consejo Regional que adopte acuerdos sobre asuntos importantes para los intereses de la region. Se presentan ante el Secretario del Consejo Regional; Que, asimismo, el Articulo 26º, inciso b), del referido Reglamento, ha previsto como funcion del Secretario del Consejo Regional de MORDAZA, cumplir con elevar al Presidente del Consejo Regional y los presidentes de las comisiones, los respectivos proyectos de ordenanzas y acuerdos del Consejo Regional, asi como las mociones de orden del dia presentadas por escrito; Que, se verifica que ninguno de los articulos del Reglamento Interno del Consejo Regional a los que se ha hecho referencia en los considerandos precedentes, ha precisado el plazo minimo requerido para la MORDAZA de los proyectos y mociones de orden del dia a los que se alude, atendiendo el conocimiento previo que de estas deben tener los miembros de este organo colegiado, en cumplimiento del inciso h) del Articulo 26º, el mismo que prescribe que es funcion del Secretario entregar MORDAZA de los proyectos de las Ordenanzas, Acuerdos y Mociones a los miembros del Consejo Regional cuyo conocimiento previo sea necesario para participar en las sesiones convocadas; por lo que es necesario subsanar esta omision en aras de la buena marcha y mejor ordenamiento de las actividades del Consejo Regional; Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA ha emitido la siguiente: ORDENANZA Articulo Unico.- INCORPORAR dentro del inciso h) del Articulo 26º del Titulo III, Secretaria del Consejo Regional, del Reglamento Interno del Consejo Regional un parrafo adicional, inciso que quedara redactado con el siguiente texto: "h) Entregar MORDAZA de los proyectos de las ordenanzas, acuerdos y mociones a los miembros del Consejo Regional, cuyo conocimiento previo sea necesario para participar en las sesiones convocadas. A este efecto los proyectos y mociones deberan ser presentados en el despacho de la Secretaria del Consejo Regional por lo menos con 24 horas de anticipacion a la fecha de convocatoria a Sesion de Consejo". POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 12539

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican articulo del Reglamento Interno del Consejo Regional
CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2003-GR.LAMB/PR Chiclayo, 17 de junio de 2003 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 25 de MORDAZA de 2003, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, es derecho y obligacion funcional de los Consejeros Regionales conforme al Articulo 17º, inciso a., de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, proponer normas y acuerdos regionales; Que, este derecho y obligacion de los Consejeros Regionales al que se refiere el considerando precedente se ejercita ante el pleno del Consejo Regional, para la respectiva evaluacion, analisis y debate de las propuestas normativas, de conformidad con las atribuciones conferidas a este organo colegiado, dispuesta por el inciso a. del Articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, consistente en aprobar, modificar o derogar las

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Delegan al Presidente Regional la facultad de declarar la viabilidad de los proyectos de inversion publica
ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2003-CR/RL POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto por los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Estado de 1993 modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, y demas normas complementarias;

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