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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2003 (04/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G37/G35/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 4 de julio de 2003 Del accionar de los Srs. Dr. Víctor Manuel Portilla Flo- res, ex Alcalde de la Municipalidad de Ventanilla, quien como titular de la Institución no se preocupó en coordi- nar con las áreas correspondientes, derivando dicha con- ducta en responsabilidad administrativa, por transgresión de la Ley Nº 19990 Régimen Pensionario, Ley de ESSA- LUD Nº 26790 y AFP. Ley Nº 27130, que dispone el pago de las retenciones de los trabajadores dentro primeros 15 días del mes siguiente. Sra. Nancy Aguilar Guillén, ex Directora de Adminis- tración, por no haber supervisado a las Unidades de su cargo, dictando políticas, procedimientos y la evaluación de su cumplimiento, así como la división de funciones y responsabilidades, derivando dicha conducta en respon- sabilidad administrativa. Sr. Sixto Camayo Paredes ex Jefe de la Unidad de Contabilidad, por la omisión y negligencia en el desem- peño de sus funciones, derivando dicha conducta en res- ponsabilidad administrativa. Nº 6"El Balance constructivo del Municipio al 31.12.01 no registra saldos individualizados por cada contribuyente en la Cuenta Contable Nº12 "Cuentas por cobrar Clien- tes", por concepto de ingresos tributarios y no tributarios provenientes de cobranzas normales, fraccionamiento y/ o cobranzas coactivas." Del accionar de los Srs. Dr. Víctor Manuel Portilla Flo- res, ex Alcalde de la Municipalidad de Ventanilla, quien como titular de la Institución no coordinó en ningún mo- mento con las Direcciones a su cargo respecto de los ingresos y egresos, derivando dicha conducta en respon- sabilidad administrativa. Sr. Genaro Cruz Romero, ex Director de Rentas, por no haber levantado la observación realizada, dándose por válido el hallazgo notificado y pendiente de ser subsana- do y haberse continuado inobservando el procedimiento que fija la norma técnica de control interno, derivándose dicha conducta en responsabilidad administrativa. Sr. Sixto Camayo Paredes ex Jefe de la Unidad de Contabilidad, por no haber instruido a las áreas captado- ras de rentas para que cumplan de manera oportuna con remitir los reportes de los movimientos de las deudas sean tributarias o no tributarias derivando dicha conduc- ta en responsabilidad administrativa. Nº 7"La Unidad de Abastecimientos de la Dirección de Administración, carece de un registro de proveedores debidamente actualizado al 31.12.2001". Del accionar de los Srs. Dr. Víctor Manuel Portilla Flo- res, ex Alcalde de la Municipalidad de Ventanilla, por no haber solicitado como titular de la Institución, a la Direc- ción de Administración la verificación periódica de las actividades de la Unidad de Abastecimiento, derivando dicha conducta en responsabilidad administrativa. Sr. Néstor Torres Huamaní, ex Jefe de la Unidad de Abastecimientos, quien no ha levantado la observación realizada se da por válido el hallazgo notificado y pen- diente de ser subsanado, existiendo responsabilidad ad- ministrativa de la falta de un registro de proveedores ac- tualizado, derivando dicha conducta en responsabilidad administrativa, al haber transgredido la Ley Nº 26850 y su Reglamento D.S. Nº 013-2001/PCM. Sra. Nancy Aguilar Guillén ex Directora de Adminis- tración, por no haber verificado periódicamente las acti- vidades que realiza la Unidad de Abastecimiento para efectos de establecer sí son utilizados correctamente y se encuentran en condiciones adecuadas que no signifi- que prácticas riesgosas que salvaguardan apropia- damente los recursos de la Entidad, derivando dicha con- ducta en responsabilidad administrativa. Nº 8" El sistema de control de pagos de honorarios al per- sonal contratado por Servicios No Personales, no es ade- cuado" Del accionar de los Srs. Dr. Víctor Manuel Portilla Flo- res, ex Alcalde de la Municipalidad de Ventanilla, como Titular de la Institución, por no haber actuado con correc- ción en los actos administrativos que le correspondía,derivando dicha conducta en responsabilidad adminis- trativa. Sr. Néstor Torres Huamaní, ex Jefe de la Unidad de Abastecimientos, por no haber levantado la observación realizada, se da por válido el hallazgo notificado, y pen- diente de ser subsanado, derivando dicha conducta en responsabilidad administrativa. Sra. Nancy Aguilar Guillén, ex Directora de Adminis- tración, por no supervisar las funciones de la Unidad de Abastecimiento, derivando dicha conducta en responsa- bilidad administrativa. Nº 9"Saldo acumulado de S/. 6'303,161.46 al 31.12.2001 en la Subcuenta Contable 33.7 "Construcciones en Cur- so", se encuentran pendiente de incorporación a su respectiva "Cuenta de Infraestructura Pública" como par- te integrante del Patrimonio Institucional". Del accionar de los Srs. Dr. Víctor Manuel Portilla Flo- res, ex Alcalde de la Municipalidad de Ventanilla, quien como Titular de la Institución no mostró el debido interés y la falta de conocimiento de las normas de control inter- no, derivando dicha conducta en responsabilidad admi- nistrativa. Sr. Ing. Juan Acosta Zárate, ex Director de Desarrollo Urbano y Obras, quien no ha presentado descargo, se considera como válido el hallazgo de Auditoría, emanan- do responsabilidad administrativa en cuanto no efectuó el descargo correspondiente y los procesos de liquida- ción en curso no se realizaron, derivando dicha conducta en responsabilidad administrativa. Que según se indica en las Observaciones efectua- das habrían incumplido con sus obligaciones y con salva- guardar los intereses de Estado, previsto en los incisos a) y b) del Artículo 21º del D. Leg. Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa, por lo que la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios concluyó que las faltas imputadas podrían implicar tal gravedad que ame- ritarían la sanción de cese temporal o destitución, según lo establece el inciso a) del Artículo 28º del D. Leg. Nº 276, debiendo ser evaluados dentro de un proceso admi- nistrativo. Que la Comisión en ejercicio de las facultades señala- das en el Artículo 166º del Reglamento de la Carrera Administrativa D.S. Nº 005-90-PCM, aprobó unánime- mente recomendar al Titular de la Entidad se instaure proceso administrativo disciplinario a los señores: Víctor Manuel Portilla Flores, Roberto Folch Montoya, Antonio Huancayo Lage, Christian Neyra Cusicanqui, Gerardo Carrión Torres, Nancy Aguilar Guillén, Sixto Camayo Pa- redes, Genaro Cruz Romero, Néstor Torres Huamaní, Juan Acosta Zárate, por las faltas de carácter administrativo arriba señaladas y por los fundamentos expuestos. Estando a lo informado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, De- creto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Ad- ministrativa y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APERTURAR Proceso Admi- nistrativo Disciplinario a los señores VÍCTOR MANUEL PORTILLA FLORES, ex Alcalde, ROBERTO FOLCH MONTOYA, ex Director Municipal, ANTONIO HUANCAYO LAGE, ex Director de Planificación y Presupuesto, CHRIS- TIAN NEYRA CUSICANQUI, ex Director de Bienestar Social, GERARDO CARRIÓN TORRES, Director de Eje- cutoría Coactiva, NANCY AGUILAR GUILLÉN, ex Direc- tora de Administración, SIXTO CAMAYO PAREDES, ex Jefe de la Unidad de Contabilidad, GENARO CRUZ RO- MERO, ex Director de Rentas, NÉSTOR TORRES HUA- MANÍ, ex Jefe de la Unidad de Abastecimientos, JUAN ACOSTA ZÁRATE, ex Director de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Oficina de Personal la NOTIFICACIÓN de los señores ex Funciona- rios respectivos que laboran en la Municipalidad, en un plazo NO mayor de 72 horas, BAJO RESPONSABILIDAD.