Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2003 (09/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2003

Autorizan viaje de funcionarios para participar en diversas reuniones de trabajo relativas al MORDAZA de relanzamiento del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza Peru - Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0599-2003-RE MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que el Comisionado Nacional para el Relanzamiento del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza Peru-Ecuador ha considerado de gran utilidad la continuacion de las reuniones de trabajo con las autoridades regionales y locales, asi como con los representantes de las organizaciones civiles de la MORDAZA norte del pais; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los funcionarios que con ese fin participaran en las reuniones de trabajo a realizarse en las ciudades de Tumbes y MORDAZA, del 23 al 25 de junio de 2003; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GPX) Nº 2227, del Gabinete de Coordinacion del Secretario de Politica Exterior, de 18 de junio de 2003; De conformidad con el inciso b) del articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el articulo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, de 17 de enero de 1990; el Decreto Supremo Nº 181-86-EF, de 30 de MORDAZA de 1983; la Resolucion Ministerial Nº 0770-RE, de 30 de diciembre de 1994, su modificatoria la Resolucion Ministerial Nº 0243-RE, de 25 de febrero de 1999; y el inciso b) del articulo 18º de la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2003; SE RESUELVE: Articulo Primero.- En via de regularizacion, autorizar el viaje de los siguientes funcionarios a las ciudades de MORDAZA y Tumbes, del 23 al 25 de junio de 2003, para participar en diversas reuniones de trabajo previstas en el MORDAZA de relanzamiento del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza Peru - Ecuador: - Doctor MORDAZA Garcia-Sayan Larrabure, Comisionado Nacional para el Relanzamiento del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza Peru-Ecuador; - Embajador MORDAZA Picasso Botto, Director Ejecutivo del Capitulo Peruano del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza Peruano-Ecuatoriana; y - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, servidor de la Direccion Ejecutiva del Capitulo Peruano del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza PeruanoEcuatoriana. Articulo Segundo.- Dentro de los ocho (8) dias calendario siguientes al termino del citado viaje, los funcionarios de la Direccion Ejecutiva del Capitulo Peruano del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza Peruano-Ecuatoriana deberan presentar un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores. Articulo Tercero.- Los gastos del doctor MORDAZA Garcia-Sayan Larrabure, por concepto de pasajes US$ 146,32, viaticos S/. 360,00 y tarifa por uso de aeropuerto S/. 29,50, seran cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, conforme al Decreto Supremo Nº 033-2003-RE de 7 de marzo de 2003, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de ocho (8) dias al termino del referido viaje. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 12929

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Ratifican permiso de operacion otorgado a favor de persona natural para prestar servicio de transporte fluvial comercial de carga general
DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE ACUATICO RESOLUCION DIRECTORAL Nº 050-2003-MTC/13 MORDAZA, 21 de febrero de 2003 Vista la solicitud (Expediente Nº 2001-006304) presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA, solicitando la ratificacion del permiso de operacion que tiene autorizado para prestar servicio de transporte fluvial comercial de carga general; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobo el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas tecnicas y legales a las cuales deberan sujetarse las personas naturales y juridicas que prestan este servicio; a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial; Que, la Primera Disposicion Transitoria del referido reglamento de Transporte Fluvial establece que las personas naturales y juridicas que cuentan con permiso de operacion para prestar transporte fluvial o que se encuentren tramitando sus permisos de operacion, se adecuaran a las disposiciones de la indicada MORDAZA legal, la cual incluye la ratificacion de los permisos de operacion autorizados; Que, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA cuenta con permiso de operacion otorgado por Resolucion Ministerial Nº 0038-84-TC/AC (6.6.84) y cumple con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para continuar prestando servicio de transporte fluvial comercial de carga en trafico nacional, en servicio regular en los puertos fluviales de la Amazonia; Que, el recurrente se encuentra debidamente inscrito en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 10000221304; Que, mediante Informe Nº 009-2003-MTC/13.02, de la Directora de MORDAZA Mercante y Transporte Multimodal y Nº 018-2003-MTC/13.al, del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de ratificacion de permiso de operacion presentada por el recurrente, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RATIFICAR el permiso de operacion otorgado a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA, mediante Resolucion Ministerial Nº 0038-84-TC/ AC (6.6.84), para prestar transporte fluvial comercial de carga general, en la forma siguiente: TRAFICO : Nacional o Cabotaje. SERVICIO : Regular; Ruta: Pucallpa - Atalaya - MORDAZA - Pucallpa. Irregular; Ruta: Pucallpa - Iquitos - Pucallpa. CARGA : General. Articulo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el articulo precedente sera atendido con las embarcacio-

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