Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2003 (12/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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De conformidad con las facultades y atribuciones establecidas en el Articulo 6º, inciso (l) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud aprobado con el Decreto Supremo Nº 014-2002-SA y en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 8º, inciso (l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; Con las visaciones de la Oficina General de Planeamiento Estrategico y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Instituto Especializado de Salud Mental, que en Anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Derogar la Resolucion Viceministerial Nº 422-94-SA-VM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 13064

2002-SA, se ha elaborado el Reglamento de Organizacion y Funciones y el Cuadro para Asignacion de Personal, del Hospital de Emergencias Pediatricas, documentos de gestion necesarios para proceder a la aprobacion de los demas instrumentos tecnico-normativos; Que, con la R.D. Nº 2364/2000-OPPR-DISA-V-LC y R.D. Nº 458/95-OPPR-DI-SUR-S.V.LC, se aprobaron el anterior Reglamento de Organizacion y Funciones y Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital de Emergencias Pediatricas; De conformidad con lo dispuesto en el literal (l), del Articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; Con las visaciones de la Oficina General de Planeamiento Estrategico y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Hospital de Emergencias Pediatricas que consta de siete (7) titulos, tres (3) capitulos, cuarenta y cuatro (44) articulos, tres (3) disposiciones complementarias, una (1) disposicion transitoria y un (1) organigrama estructural; que forman parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Aprobar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Hospital de Emergencias Pediatricas, el mismo que consta de seis (6) folios y quinientos un (501) cargos clasificados y que forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 13065

Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones del Hospital de Emergencias Pediatricas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 801-2003-SA/DM MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2003 Visto el Memorandum Nº 671-2003-OGPE-OEO/ MINSA, de la Oficina General de Planeamiento Estrategico; CONSIDERANDO: Que, en el Articulo 25º del Reglamento de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, se ha establecido que la organizacion estandarizada de las Direcciones de Salud y sus Organos Desconcentrados, se establecera en el Reglamento de Organizacion y Funciones de las Direcciones de Salud, Reglamento de Organizacion y Funciones de las Direcciones de Red de Salud y Reglamento de Organizacion y Funciones de los Hospitales, los mismos que se aprobaran mediante Resolucion Ministerial; Que, asimismo en la MORDAZA Disposicion Complementaria del Titulo VI de la MORDAZA acotada, se dispone que los Reglamentos de Organizacion y Funciones de las Direcciones de Salud, Institutos Especializados, Direcciones de Red de Salud y Hospitales del departamento de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao se formularan segun los modelos establecidos por el Ministerio de Salud; Que, por Resolucion Ministerial Nº 616-2003-SA/DM, se ha aprobado el Modelo de Reglamento de Organizacion y Funciones de los Hospitales; Que, el Articulo 29º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, ha previsto que los MORDAZA para Asignacion de Personal se aprobaran mediante Resolucion Suprema; Que, no obstante lo dispuesto, la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, ha facultado al Ministerio de Salud a modificar los MORDAZA para Asignacion de Personal y los Presupuestos Analiticos correspondientes al Pliego Ministerio de Salud y Pliegos de sus Organismos Publicos Descentralizados; siendo esta MORDAZA MORDAZA la prevalente por el MORDAZA de especialidad que rige la interpretacion de supuestos de conflicto normativo; Que, en cumplimiento de lo establecido por la Tercera Disposicion Complementaria del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado con el D.S. Nº 013-

Modifican Anexo del D.S. Nº 002-2003SA referido a la importacion de equipos medicos solo para uso profesional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 803-2003-SA/DM MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2003 Visto el documento DIGEMID-DG-OFICIO Nº 3192003, de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID); CONSIDERANDO: Que con el Oficio de Visto se solicita la modificacion del Anexo del Decreto Supremo Nº 002-2003-SA, publicado el 3 de febrero del 2003, que contiene el procedimiento para la importacion de equipos medicos usados repotenciados o que no requieren ser repotenciados, en buen estado de funcionamiento y solo para uso profesional, en la parte que se refiere que para la interposicion de los recursos impugnativos de reconsideracion o apelacion, se efectuara el pago del 3% de la UIT por cada recurso, pues esto no se ajusta a lo establecido en el Articulo 44.4 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, que dispone que los procedimientos no pueden dividirse, ni establecerse cobro por etapas; Que ademas, el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 1072-2002-SA/DM, publicada el 8 de MORDAZA del 2002, preciso que los procedimientos a cargo de la DIGEMID que incluyan recursos de reconsideracion y apelacion (consignados en el MORDAZA del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2002-SA), estan exceptuados del pago del 3% de la UIT; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica y la opinion favorable del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en los Articulos 38.5 y 17.1 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;

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