Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2003 (12/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Decreto Supremo Nº 078-2003-EF, se conformo una Comision encargada de recopilar la informacion cualitativa y cuantitativa respecto de los trabajadores maritimos y fluviales, a nivel de cada gremio y de cada puerto; Que, la referida MORDAZA legal menciona asimismo que dicha Comision estara conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 078-2003-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Nombrar a la doctora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Economia y Finanzas en la Comision a la que se refiere el Decreto Supremo Nº 078-2003-EF. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 13193

Aprueban Indices de Distribucion del Canon Pesquero provenientes de Derechos de Pesca correspondientes al MORDAZA semestre del ano 2002, aplicables a municipalidades y gobiernos regionales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 324-2003-EF/15 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, el articulo 13º de la Ley Nº 27506 - Ley de Canon, creo el Canon Pesquero; Que, de acuerdo con el articulo 13º de la Ley Nº 27506 - Ley de Canon, el Canon Pesquero esta constituido por el 50% del total de los Ingresos y Rentas que percibe el Estado de las empresas dedicadas a la extraccion comercial de pesca de mayor escala, de recursos naturales hidrobiologicos de aguas maritimas, y continentales lacustres y fluviales; Que, el literal e) del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF - Reglamento de la Ley de Canon, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2003-EF, establece la base de referencia para calcular el Canon Pesquero, la cual esta constituida por el 50% (cincuenta por ciento) del Impuesto a la Renta y los Derechos de Pesca a que se refiere la Ley General de Pesca, pagado por las empresas dedicadas a la extraccion comercial de pesca de mayor escala, de recursos naturales hidrobiologicos de aguas maritimas, y continentales lacustres y fluviales; Que, el literal e) del Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF - Reglamento de la Ley de Canon, incorporado por el Decreto Supremo Nº 003-2003-EF, establece que el monto proveniente de los Derechos de Pesca, sera determinado semestralmente, en virtud de lo dispuesto en los articulos 41º y 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Que, el mismo literal e) del articulo 7º MORDAZA indicado establece que el Ministerio de la Produccion debera informar al Ministerio de Economia y Finanzas respecto de los lugares donde las empresas dedicadas a la extraccion comercial de pesca de mayor escala desembarquen los recursos hidrobiologicos asi como los volumenes de pesca de mayor escala desembarcados en tales lugares durante cada periodo, dentro de los 15 (quince) dias habiles siguientes al ultimo dia del mes que culmine el semestre, a efectos de determinar los indices de distribucion respectivos; Que, el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 005-2002EF - Reglamento de la Ley del Canon, establece que me-

diante Resolucion Ministerial se aprobaran los Indices de Distribucion del Canon Pesquero; Que, en base a la informacion proporcionada por el Ministerio de la Produccion - MINPRODUCE, mediante Oficio Nº 365-2003-PRODUCE/DVM-PE, y el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, mediante Oficios Nºs. 076-2003-INEI/DTDIS y 085-2003-INEI/DTDIS; el Ministerio de Economia y Finanzas procedio a efectuar los calculos correspondientes para la determinacion del Canon Pesquero proveniente de los Derechos de Pesca; Que, el articulo 33º de la Ley de Bases de Descentralizacion - Ley Nº 27783 establece un regimen especial para la provincia de MORDAZA Metropolitana, senalando que en el ambito de la provincia de MORDAZA, las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional, son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con arreglo a lo previsto en dicha Ley, y que toda mencion contenida en la legislacion nacional que haga referencia a los gobiernos regionales, se entiende tambien hecha a dicha Municipalidad, en lo que resulte aplicable; Que, el articulo 65º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales dispone que la capital de la Republica no integra ninguna region, que en la provincia de MORDAZA las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la cual posee autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia regional y municipal y, finalmente, que toda mencion contenida en la legislacion nacional que haga referencia a los gobiernos regionales, se entiende tambien hecha a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en lo que le resulte aplicable; Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2003-EF se aprobaron las Normas Reglamentarias para la transferencia de fondos en aplicacion de lo dispuesto en la Ley del Canon y en la Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, es conveniente aprobar los Indices de Distribucion del Canon Pesquero, provenientes de los Derechos de Pesca, correspondientes al MORDAZA semestre del ano 2002; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 005-2002EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebense los Indices de Distribucion del Canon Pesquero provenientes de los Derechos de Pesca, correspondientes al MORDAZA semestre del ano 2002, a aplicar a las Municipalidades Provinciales, Distritales y Gobiernos Regionales del MORDAZA beneficiadas con este Canon, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los Indices de Distribucion del Canon Pesquero, provenientes de los Derechos de Pesca, correspondientes al MORDAZA semestre del ano 2002, consideran la informacion remitida por el Ministerio de la Produccion - MINPRODUCE y el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica -INEI, segun los criterios de participacion y distribucion establecidos en el literal e) del Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF y la Resolucion Ministerial Nº 261-2002-EF/15. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas ANEXO INDICES DE DISTRIBUCION DEL CANON PESQUERO II SEMESTRE 2002
GOB.LOCAL/DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO/GOB.REGIONAL TOTAL GOBIERNOS LOCALES MORDAZA MORDAZA INDICE 1.0000000000

MORDAZA COCHABAMBA COLCABAMBA HUANCHAY INDEPENDENCIA JANGAS LA MORDAZA

0.0023718642 0.0003332078 0.0001901283 0.0003349519 0.0031546799 0.0012461899 0.0001901120

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