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PÆg. 248066 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de julio de 2003 Que, dicho servicio será de gran ayuda para la labor de valorización de los portafolios de inversión de las empresas supervisadas, dado que también permite ha- cer un seguimiento de las subastas de colocación depapeles y de repos efectuados por el Banco Central de Reserva del Perú y del mercado secundario de Bonos del Tesoro, las que se constituyen como una fuente im-portante de referencia de tasas de descuento para valo- rizar los CDBCRP y los Bonos del Tesoro; Que, la empresa DATOS TÉCNICOS S.A. -DATATEC- se constituye en un proveedor único dada sus caracte- rísticas personalísimas, las cuales la hacen ideal para brindar el servicio requerido para la labor de supervisiónde este órgano de control. Su importancia en el mercado financiero peruano se encuentra sustentada con su ele- vada cuota de participación del mismo; Que, de acuerdo a lo opinado por el Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídi- ca mediante Informe Nº 550-2003-LEG, en la locación deservicios es fundamental la prestación de servicios perso- nales, es decir, que el servicio debe ser realizado por el propio locador, quien es elegido en función a sus atributosprofesionales personalísimos, su experiencia, su partici- pación en el mercado, entre otros; privilegiándose sus cua- lidades en razón de su experiencia y especialización; Que, por tal motivo debe considerarse que se ha con- figurado la causal establecida en el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con el artículo 111º del Reglamento de la acotada norma legal,aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; los cuales permiten exonerar la contratación de los servicios requeridos del proceso de selección que le corresponde-ría en función a su cuantía; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema deSeguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley Nº 26702-; de conformidad con lo dispues- to en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normas complementarias; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración de la con- tratación de la empresa DATOS TÉCNICOS S.A. -DATA- TEC- para que preste el servicio de seguimiento al mer- cado cambiario en el que participan activamente las em-presas bancarias supervisadas por este órgano de con- trol, del proceso de Adjudicación Directa Selectiva que le corresponde en función a su cuantía. Artículo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administración General a contratar el indica- do servicio mediante un Proceso de Menor Cuantía, concargo a los recursos propios de la institución, por el pla- zo de un año. Artículo Tercero.- El valor estimado del servicio es de US$ 14 160.00 (Catorce Mil Ciento Sesenta y 00/100 Dólares Americanos), incluidos los impuestos de ley. Artículo Cuarto.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administración General remita copia de la pre- sente Resolución y del Informe Técnico-Legal que sus- tenta esta exoneración a la Contraloría General de laRepública, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 13180 Actualizan capital social mínimo de empresas supervisadas correspondien-te al trimestre julio - setiembre de 2003 CIRCULAR Nº G-112-2003 Lima, 9 de julio de 2003———————————————————— Ref. :Actualización del capital social mínimo co- rrespondiente al trimestre julio - setiembre de 2003. ———————————————————— Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atribu- ciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema deSeguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, esta Super- intendencia dispone la actualización trimestral, corres-pondiente al período julio – setiembre de 2003, de los capitales sociales mínimos de las empresas indicadas en los artículos 16º y 17º de la referida Ley General, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha norma, así como de los capitales mínimos requeridos en el esquema modular a que se refiere el artículo 290º dela Ley antes citada, según el anexo adjunto. Atentamente, JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros ANEXO ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL MÍNIMO DE LAS EMPRESAS SUPERVISADAS CORRESPONDIENTE AL TRIMESTRE JULIO – SETIEMBRE DE 2003 (EN NUEVOS SOLES) CAPITAL SOCIAL MÍNIMO * A. Empresas de Operaciones Múltiples 1. Empresas Bancarias. 18 524 664,002. Empresas Financieras. 9 315 742,003. Caja Municipal de Ahorro y Crédito. 842 143,004. Caja Municipal de Crédito Popular. 4 968 396,005. Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa - EDPYME. 842 143,006. Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas a captar recursos del público. 842 143,007. Caja Rural de Ahorro y Crédito. 842 143,00 B. Empresas Especializadas 1. Empresa de Capitalización Inmobiliaria. 9 315 742,002. Empresa de Arrendamiento Financiero. 3 030 722,003. Empresa de Factoring. 1 684 286,004. Empresa Afianzadora y de Garantías. 1 684 286,005. Empresa de Servicios Fiduciarios. 1 684 286,00 C. Bancos de Inversión 18 524 664,00 D. Empresas de Seguros 1. Empresa que opera en un solo ramo (de riesgos generales o de vida). 3 368 572,002. Empresa que opera en ambos ramos (de riesgos generales y de vida). 4 630 545,003. Empresa de Seguros y Reaseguros. 11 788 762,004. Empresa de Reaseguros. 7 158 217,00 E. Empresas de Servicios Complementarios y Conexos 1. Almacén General de Depósito. 3 030 722,002. Empresa de Transporte, Custodia y Administración de Numerario. 12 420 990,003. Empresa Emisora de Tarjetas de Crédito y/o Débito. 842 143,004. Empresa de Servicios de Canje. 842 143,005. Empresa de Transferencia de Fondos. 842 143,00 F. Empresas en el Esquema Modular 1. Módulo 1 4 657 871,00 2. Módulo 2 9 315 742,00 3. Módulo 3 18 524 664,00 Índice Base : Octubre 1996, factor IPM octubre 1996 – junio 2003: 1,24209900 *Las actualizaciones se realizan respecto del Índice de Precios al Por Mayor (IPM) base de octubre de 1996, artículo 18º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias. 13066 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Exoneran de proceso de selección la contratación de una Póliza de SeguroMØdico Familiar RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 092-2003-P/TC Lima, 30 de junio de 2003