Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2003 (12/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Informe Nº 008-2003-AL/TC, del 26 de junio de 2003, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Administrativa Nº 022-2003P/TC, de fecha 6 de febrero de 2003, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Tribunal Constitucional; Que mediante Informe Nº 002-2003-OA/TC, de fecha 11 de junio de 2003, la Oficina de Abastecimiento comunica que la institucion no cuenta con el Seguro Medico Familiar, motivo por el cual mediante Resolucion Nº 0812003-P/TC, del 16 de junio de 2003, se designo el comite encargado de conducir el concurso publico para la contratacion del seguro, tanto de personas como de bienes, programado en el Plan Anual de Adquisiciones del presente ano; Que mediante Informe Nº 008-2003-AL/TC, del 26 de junio de 2003, la Oficina de Asesoria Legal opina por que es factible la exoneracion del MORDAZA de seleccion y la contratacion de una poliza de seguro medico familiar, de manera temporal, en tanto dure el concurso publico mencionado en el considerando precedente para la contratacion definitiva de dicho servicio; Que el articulo 19º, literal c), del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declarada de conformidad con la referida MORDAZA legal; Que siendo la situacion de urgencia una medida temporal ante un hecho de excepcion como el que se senala, que determina una accion rapida a fin de contratar el servicio que permita paliar la urgencia, sin perjuicio de que se culmine el MORDAZA de contratacion respectivo, es necesario llevar a cabo la contratacion de una poliza de seguro medico familiar por el termino de sesenta (60) dias calendario, tiempo aproximado de duracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion definitiva de dicho servicio, hasta por el valor referencial de S/. 51,000.00 (Cincuentiun mil y 00/100 nuevos soles); Estando a lo expuesto y a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 6º de la Ley Nº 26435, Organica del Tribunal Constitucional; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion de una Poliza de Seguro Medico Familiar, por el termino de 60 dias calendario y por el valor referencial de S/. 51,000.00 Nuevos Soles, afectandose a la fuente de recursos ordinarios de la entidad. Articulo Segundo.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del seguro a que se refiere el articulo primero. Articulo Tercero.- Autorizar a la Secretaria General del Tribunal Constitucional a contratar la poliza de seguro mencionada en el articulo primero, sobre la base de las normas establecidas en los articulos 105º y 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Abastecimiento la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de diez dias siguientes a su aprobacion. Articulo Quinto.- Comunicar esta resolucion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez

dias calendario posteriores a la fecha de su aprobacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA ORLANDINI Presidente 13047

UNIVERSIDADES
Aprueban modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2003 de la Universidad Nacional del Altiplano - MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - MORDAZA RESOLUCION RECTORAL Nº 1080-2003-R-UNA MORDAZA, 30 de junio de 2003 Visto, el OFICIO Nº 0176-2003-UA/OGF-UNA-PUNO, cursado por el senor Jefe(e) de la Unidad de Abastecimiento de esta MORDAZA Superior de Estudios, elevando la MODIFICACION DEL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES 2003 de la Universidad Nacional del Altiplano, para su correspondiente aprobacion; acorde con las necesidades presentadas por las diferentes unidades operativas; Estando a la documentacion sustentatoria adjunta que forma parte de la presente Resolucion, contando con la opinion del Jefe de la Oficina de Gestion Financiera y, determinacion favorable del Vicerrector Administrativo segun OFICIO Nº 091-2003-VRADM-UNA; En concordancia con lo establecido por el Art. 8º del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; y, De conformidad con las facultades conferidas al Rectorado, por el Art. 33º de la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto y la Resolucion de Asamblea Universitaria Nº 01-99-AU-UNA; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, la MODIFICACION DEL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES 2003 DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - MORDAZA, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion e, incluye los siguientes nuevos procesos:
Nº SINTESIS DE ESPECIFICA- MORDAZA DE Proc. CIONES TECNICAS MORDAZA 25 26 27 28 29 30 Adq. Equipos de Computo y Perifericos Adq. Cemento Portland MORDAZA I Adq. Equipos de Computo y Perifericos Adq. Vehiculo (Combi) Adq. Materiales Electricos Adq. Surtidor Electronico ADS ADS ADP AMC AMC ADS FECHA VALOR FUENTE PROB. ESTIM. DE CONVOC. S/. FINANC. Junio 122,172.00 R.D.R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Agosto 80,095.00 R.O. 215,661.00 R.O./R.D.R. 24,640.00 R.D.R. 27,381.24 R.O. 62,000.00 R.D.R.

Articulo Segundo.- Los Vicerrectorados Academico y Administrativo, la Oficina General de Planificacion y Desarrollo, al igual que la Oficina de Gestion Financiera, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA B. ASTORGA MORDAZA Rector 13172

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