Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2003 (12/07/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

Pag. 248054

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2003

de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que de producirse el supuesto senalado en el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que determina la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorizacion expresa del titular del pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda; Que mediante Informe Nº 260-2003-OPP-OPRE, la Oficina de Presupuesto informa la disponibilidad presupuestal para la contratacion del Suministro de Combustible por un valor referencial de S/. 15 489.00 nuevos soles, que se afectara a la Fuente de Financiamiento: 1.00 Recursos Ordinarios, Especifica 23 Combustibles y Lubricantes, Meta 00183 Apoyo Logistico; Que, mediante Informes Nºs. 126 y 131-2003-OA-OASA, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares informo que a fin de evitar los posibles perjuicios que pudiera ocasionar la falta de suministro de combustible en nuestra Institucion, es necesario declarar la situacion de urgencia que permita la adquisicion de suministro de combustible como medida temporal, por un periodo de 20 dias aproximadamente y un valor referencial de S/. 12 400,00 Nuevos Soles, lo cual esta aprobado en el Presupuesto del Sector para el presente ejercicio, Fuente de Financiamiento en Recursos Ordinarios Especifica de Gasto 23 Combustibles y Lubricantes, Meta 00183 Apoyo Logistico, en tanto finaliza la MORDAZA Convocatoria del MORDAZA de seleccion referido; Que mediante el Informe Nº 482-2003-MTPE/OAJ/ OAAL, la Oficina de Asesoria Juridica concluye que resulta procedente, como medida temporal, aprobar la situacion de urgencia para el suministro de combustible, de conformidad con lo previsto en el inciso c) articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y del numeral 2) del articulo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, las razones detalladas en los referidos documentos de vistos originan una situacion de urgencia conforme con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, por lo que resulta necesario declararla como tal con la finalidad de salvaguardar y proteger los bienes de la Institucion; Con la opinion favorable de los Directores Generales de las Oficinas de Planificacion y Presupuesto, Administracion y de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el articulo 9º del Decreto Ley Nº 25927, Ley Organica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion por Situacion de Urgencia para el Suministro de Combustible para el MORDAZA Automotor del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, mientras finaliza el MORDAZA de seleccion para el suministro referido. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina de Administracion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, la contratacion mediante MORDAZA de adjudicacion de Menor Cuantia, del Suministro de Combustible para el MORDAZA Automotor del Ministerio, por un valor referencial de Doce Mil Cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 12 400.00), y por el periodo que dure la situacion de urgencia. Articulo 3º.- El egreso que origine el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion se afectara

con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Especifica de Gasto 23 Combustibles y Lubricantes, Meta 00183 Apoyo Logistico. Articulo 4º.- Autorizar a la Direccion General de Administracion a realizar la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su adopcion o emision. Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial, asi como los Informes Tecnicos correspondientes deberan remitirse a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 6º.- La Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina de Administracion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo iniciara los actos administrativos correspondientes con la celeridad debida a fin de concluir a la brevedad con la situacion de urgencia declarada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 13184

Delegan participacion en la VI Reunion del Consejo Asesor de Ministros de Trabajo de la Comunidad MORDAZA al Embajador del Peru en Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 166-2003-TR MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2003 VISTOS; El Memorando Nº 380-2003-MTPE/SG, de fecha 9 de MORDAZA de 2003, de la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 30 de junio de 2003, el Director General de la Comunidad MORDAZA, a solicitud del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de Trabajo y Recursos Humanos de Ecuador, cursa una invitacion al senor economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, para participar en la "VI Reunion del Consejo Asesor de Ministros de Trabajo de la Comunidad Andina", que se realizara en las ciudades de MORDAZA y Guayaquil, Ecuador, los dias 14 y 15 de MORDAZA de 2003; Que, dicho evento tendra como objetivo elaborar la estrategia para el desarrollo de las normas reglamentarias de los instrumentos Andinos de Migracion Laboral (Decision 545), Seguridad Social (Decision 546) y Seguridad y Salud en el Trabajo (Decision 547), entre otros; Que, se requiere implementar un conjunto de medidas de austeridad en el gasto publico que permitan asignar mayores recursos en la MORDAZA de los servicios publicos a cargo del Sector; Que por lo expuesto, el senor economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, y su equipo tecnico, no asistiran a la mencionada reunion; Que, no obstante ello, debido a la importancia que tiene la reunion precitada para el MORDAZA, y las funciones reguladas en los incisos 11) al 13) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru e inciso a) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, respecto de que este Ministerio ejerce la representacion del Estado en el ambito internacional; se considera conveniente delegar la participacion de la VI Reunion del Consejo Asesor de Ministros de Trabajo de la Comunidad MORDAZA, al senor Embajador del Peru en Ecuador; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso 11) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.