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PÆg. 248054 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de julio de 2003 de excepción que determina una acción rápida de adquisi- ción o contratación como medida temporal sin perjuiciode que se realice el proceso de selección correspondien- te para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que de producirse el supuesto señalado en el Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, que determina la necesidad de efectuar procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, la Entidad hará las adquisiciones o contratacionesmediante acciones inmediatas sobre la base de la obten- ción de una cotización que cumpla con los requisitos es- tablecidos en las bases, con autorización expresa del ti-tular del pliego o de la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda; Que mediante Informe Nº 260-2003-OPP-OPRE, la Oficina de Presupuesto informa la disponibilidad presu- puestal para la contratación del Suministro de Combusti- ble por un valor referencial de S/. 15 489.00 nuevos so-les, que se afectará a la Fuente de Financiamiento: 1.00 Recursos Ordinarios, Específica 23 Combustibles y Lu- bricantes, Meta 00183 Apoyo Logístico; Que, mediante Informes Nºs. 126 y 131-2003-OA-OA- SA, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares informó que a fin de evitar los posibles perjuicios quepudiera ocasionar la falta de suministro de combustible en nuestra Institución, es necesario declarar la situación de urgencia que permita la adquisición de suministro decombustible como medida temporal, por un período de 20 días aproximadamente y un valor referencial de S/. 12 400,00 Nuevos Soles, lo cual está aprobado en el Presu-puesto del Sector para el presente ejercicio, Fuente de Financiamiento en Recursos Ordinarios Específica de Gasto 23 Combustibles y Lubricantes, Meta 00183 Apo-yo Logístico, en tanto finaliza la Segunda Convocatoria del proceso de selección referido; Que mediante el Informe Nº 482-2003-MTPE/OAJ/ OAAL, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que re- sulta procedente, como medida temporal, aprobar la si- tuación de urgencia para el suministro de combustible,de conformidad con lo previsto en el inciso c) artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM y del numeral 2) del artículo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, las razones detalladas en los referidos documen- tos de vistos originan una situación de urgencia confor- me con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y suReglamento, por lo que resulta necesario declararla como tal con la finalidad de salvaguardar y proteger los bienes de la Institución; Con la opinión favorable de los Directores Generales de las Oficinas de Planificación y Presupuesto, Adminis- tración y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el artículo37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecuti- vo y el artículo 9º del Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección por Situación de Urgencia para el Suministro de Combustible para el Parque Automotor del Ministeriode Trabajo y Promoción del Empleo, mientras finaliza el proceso de selección para el suministro referido. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la contra- tación mediante proceso de adjudicación de Menor Cuan-tía, del Suministro de Combustible para el Parque Auto- motor del Ministerio, por un valor referencial de Doce Mil Cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 12 400.00), ypor el período que dure la situación de urgencia. Artículo 3º.- El egreso que origine el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución se afectarácon cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Específica de Gasto 23 Combustibles y Lu-bricantes, Meta 00183 Apoyo Logístico. Artículo 4º.- Autorizar a la Dirección General de Admi- nistración a realizar la publicación de la presente Resolu-ción Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su adopción o emisión. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial, así como los Informes Técnicos correspondientes deberán remitirse a la Contraloría General de la República dentrode los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 6º.- La Oficina de Abastecimiento y Servi- cios Auxiliares de la Oficina de Administración del Ministe- rio de Trabajo y Promoción del Empleo iniciará los actos administrativos correspondientes con la celeridad debi-da a fin de concluir a la brevedad con la situación de urgencia declarada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JESÚS ALVARADO HIDALGO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 13184 Delegan participación en la VI Reunión del Consejo Asesor de Ministros de Tra- bajo de la Comunidad Andina al Em- bajador del Perœ en Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 166-2003-TR Lima, 11 de julio de 2003 VISTOS; El Memorando Nº 380-2003-MTPE/SG, de fecha 9 de julio de 2003, de la Secretaría General delMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 30 de junio de 2003, el Director General de la Comunidad Andina, a solicitud del doctor Felipe Mantilla Huerta, Ministro de Trabajo y Recur- sos Humanos de Ecuador, cursa una invitación al señoreconomista Jesús Alvarado Hidalgo, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, para participar en la "VI Reunión del Consejo Asesor de Ministros de Trabajo de la Comuni-dad Andina", que se realizará en las ciudades de Quito y Guayaquil, Ecuador, los días 14 y 15 de julio de 2003; Que, dicho evento tendrá como objetivo elaborar la estrategia para el desarrollo de las normas reglamenta- rias de los instrumentos Andinos de Migración Laboral (Decisión 545), Seguridad Social (Decisión 546) y Seguri-dad y Salud en el Trabajo (Decisión 547), entre otros; Que, se requiere implementar un conjunto de medi- das de austeridad en el gasto público que permitan asig-nar mayores recursos en la presentación de los servicios públicos a cargo del Sector; Que por lo expuesto, el señor economista Jesús Alva- rado Hidalgo, Ministro de Trabajo y Promoción del Em- pleo, y su equipo técnico, no asistirán a la mencionada reunión; Que, no obstante ello, debido a la importancia que tiene la reunión precitada para el país, y las funciones reguladas en los incisos 11) al 13) del artículo 118º de laConstitución Política del Perú e inciso a) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, respecto de que este Ministe-rio ejerce la representación del Estado en el ámbito internacional; se considera conveniente delegar la parti- cipación de la VI Reunión del Consejo Asesor de Minis-tros de Trabajo de la Comunidad Andina, al señor Emba- jador del Perú en Ecuador; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso 11) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, la LeyNº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del