Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2003 (12/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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De conformidad con el articulo 22º inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 13073 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 215-2003-CG MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2003

disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el informe de Vistos; De conformidad con el articulo 22º inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, aprobada por Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 13074

VISTOS, el Informe Especial Nº 169-2003-CG/ORAR, emergente del Examen Especial efectuado al Convenio de Ejecucion de Obra, celebrado entre la Municipalidad Provincial de San MORDAZA - Juliaca, departamento de MORDAZA, la Oficina de Desarrollo Nacional - ODENA y el Batallon de Ingenieria de Combate Nº 4, realizado como una ampliacion del Examen Especial a la referida Municipalidad, por el periodo comprendido entre el 1 de enero de 1999 al 31 de diciembre del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, como resultado de la citada accion de control, la Comision Auditora ha determinado que el ex MORDAZA de la Municipalidad Provincial de San MORDAZA - Juliaca, sin contar con el sustento correspondiente, mediante una decision personal, vario la modalidad de ejecucion del Proyecto "Asfaltado del Circuito Comercial", que en su primera etapa fue ejecutado bajo la modalidad de administracion directa; encargando la etapa de colocacion de carpeta asfaltica en caliente, al Batallon de Ingenieria Nº 4 - BING Nº 4, a traves de la Oficina Nacional de Desarrollo - ODENA, con la asignacion presupuestal de S/. 584 854,00, con conocimiento de que el costo de la misma no sobrepasaba de S/. 434 600,10; habiendose omitido la obligacion de supervisar y ejercer el control tecnico de la obra, permitiendo de ese modo que los operadores administrativos y tecnicos del Proyecto, con la participacion de funcionarios y servidores de la Municipalidad, asi como de un tercero empleado para el retiro de fondos, incluyan dentro de los gastos cargados a la misma, adquisiciones de cemento asfaltico, transporte del mismo, combustible y lubricantes asi como repuestos por S/. 268 192,10 que no fueron empleados en dicha obra, perjudicando con este monto a la Municipalidad; Que, asimismo, se ha evidenciado que la Administracion Municipal soslayo exigir las rendiciones de cuentas de los pagos efectuados por S/. 584 854,00, siendo que uno de los participes en las irregularidades detectadas, en el curso de la accion de control, argumento con documentacion presuntamente falsa, haber presentado una rendicion de cuenta ante la Municipalidad auditada, la cual no fue recepcionada, segun lo informado por dicha entidad; Que, los citados hechos denotan la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos de Peculado, Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos y Abuso de Autoridad, previstos y penados en los articulos 387º, 427º y 376º del Codigo Penal, respectivamente; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, aprobada por Ley Nº 27785, publicada el 23 de MORDAZA del 2002, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control,

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito de abuso de autoridad en agravio de PETROPERU S.A.
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 221-2003-CG MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2003 Vistos, el Informe Especial Nº 181-2003-CG/SP, resultante del Examen Especial efectuado a la Empresa Petroleos del Peru S.A. - PETROPERU relacionado con la aprobacion de Autorizaciones para Gastos - APG´s prohibidos por las normas de austeridad, en el periodo Jun.2001 a Dic.2001; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, viene efectuando un examen especial a la Empresa Petroleos del Peru S.A. - PETROPERU, relacionado con la aprobacion de Autorizaciones para Gastos - APG's por US $ 2 500 000, aproximadamente S/. 8 852 500,00, prohibidos por las normas de ejecucion presupuestal y normas de austeridad emitidas por FONAFE, los cuales se destinaron a operaciones no relacionadas con los fines de la empresa; Que, la Comision Auditora ha determinado que en el periodo comprendido entre junio de 2001 y MORDAZA de 2002, con cargo a las mencionadas Autorizaciones para Gastos - APG's se utilizaron recursos de la empresa por un total ascendente a S/. 7 683 950,59 en la remodelacion y acondicionamiento de las oficinas del edificio principal de PETROPERU habilitadas para el Comite de Transferencia de Gobierno, Presidencia de la Republica, Vicepresidencia de la Republica; asi como en la remodelacion y acondicionamiento de ambientes, adquisicion de bienes, entre otros, del Palacio de Gobierno, motivo por el cual, se emitio el Informe Especial Nº 051-2002-CG/ SI, autorizandose al Procurador Publico de la Contraloria General de la Republica a iniciar las acciones judiciales contra los presuntos responsables comprendidos en el citado Informe Especial; Que, continuada la accion de control, tambien se ha determinado que los miembros del Directorio no obstante tener conocimiento de que se estaban utilizando recursos de PETROPERU S.A. para cubrir gastos de la empresa prohibidos legal y expresamente por normas de austeridad; asi como, que se estaban destinando a una

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