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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2003 (12/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 49

PÆg. 248063 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de julio de 2003 De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contra- loría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decre- tos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y represen-tación del Estado, inicie las acciones legales correspon- dientes, por los fundamentos expuestos en la parte con- siderativa de la presente resolución, contra los presun-tos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes corres- pondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 13073 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 215-2003-CG Lima, 10 de julio de 2003 VISTOS, el Informe Especial Nº 169-2003-CG/ORAR, emergente del Examen Especial efectuado al Convenio de Ejecución de Obra, celebrado entre la Municipalidad Provincial de San Román - Juliaca, departamento dePuno, la Oficina de Desarrollo Nacional - ODENA y el Batallón de Ingeniería de Combate Nº 4, realizado como una ampliación del Examen Especial a la referida Muni-cipalidad, por el período comprendido entre el 1 de enero de 1999 al 31 de diciembre del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, como resultado de la citada acción de control, la Comisión Auditora ha determinado que el ex Alcalde de la Municipalidad Provincial de San Román - Juliaca, sin contar con el sustento correspondiente, mediante unadecisión personal, varió la modalidad de ejecución del Proyecto "Asfaltado del Circuito Comercial", que en su primera etapa fue ejecutado bajo la modalidad de admi-nistración directa; encargando la etapa de colocación de carpeta asfáltica en caliente, al Batallón de Ingeniería Nº 4 - BING Nº 4, a través de la Oficina Nacional de Desa-rrollo - ODENA, con la asignación presupuestal de S/. 584 854,00, con conocimiento de que el costo de la mis- ma no sobrepasaba de S/. 434 600,10; habiéndose omi-tido la obligación de supervisar y ejercer el control técni- co de la obra, permitiendo de ese modo que los operado- res administrativos y técnicos del Proyecto, con la parti-cipación de funcionarios y servidores de la Municipali- dad, así como de un tercero empleado para el retiro de fondos, incluyan dentro de los gastos cargados a la mis-ma, adquisiciones de cemento asfáltico, transporte del mismo, combustible y lubricantes así como repuestos por S/. 268 192,10 que no fueron empleados en dicha obra,perjudicando con este monto a la Municipalidad; Que, asimismo, se ha evidenciado que la Administra- ción Municipal soslayó exigir las rendiciones de cuentasde los pagos efectuados por S/. 584 854,00, siendo que uno de los partícipes en las irregularidades detectadas, en el curso de la acción de control, argumentó condocumentación presuntamente falsa, haber presentado una rendición de cuenta ante la Municipalidad auditada, la cual no fue recepcionada, según lo informado por di-cha entidad; Que, los citados hechos denotan la existencia de in- dicios razonables de la comisión de los delitos de Pecu-lado, Contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsifica- ción de Documentos y Abuso de Autoridad, previstos y penados en los artículos 387º, 427º y 376º del CódigoPenal, respectivamente; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control yde la Contraloría General de la República, aprobada por Ley Nº 27785, publicada el 23 de Julio del 2002, consti- tuye atribución de este Organismo Superior de Control,disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción deilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contralo- ría General de la República el inicio de las acciones lega-les respectivas contra los presuntos responsables com- prendidos en el informe de Vistos; De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contra- loría General de la República, aprobada por Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Públi- co a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y represen-tación del Estado, inicie las acciones legales por los he- chos expuestos, contra los presuntos responsables com- prendidos en el Informe de Vistos, remitiéndosele paratal efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 13074 Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales contra presuntos responsa-bles de la comisión de delito de abusode autoridad en agravio de PETROPERÚS.A. RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 221-2003-CG Lima, 11 de julio de 2003 Vistos, el Informe Especial Nº 181-2003-CG/SP, resul- tante del Examen Especial efectuado a la Empresa Pe- tróleos del Perú S.A. - PETROPERÚ relacionado con laaprobación de Autorizaciones para Gastos - APG´s pro- hibidos por las normas de austeridad, en el período Jun.2001 a Dic.2001; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, viene efectuando un examen especial a la Empresa Petróleos del Perú S.A. - PETROPERÚ, relacionado con la aproba-ción de Autorizaciones para Gastos - APG's por US $ 2 500 000, aproximadamente S/. 8 852 500,00, prohibidos por las normas de ejecución presupuestal y normas deausteridad emitidas por FONAFE, los cuales se destina- ron a operaciones no relacionadas con los fines de la empresa; Que, la Comisión Auditora ha determinado que en el período comprendido entre junio de 2001 y abril de 2002, con cargo a las mencionadas Autorizaciones para Gas-tos - APG's se utilizaron recursos de la empresa por un total ascendente a S/. 7 683 950,59 en la remodelación y acondicionamiento de las oficinas del edificio principalde PETROPERÚ habilitadas para el Comité de Transfe- rencia de Gobierno, Presidencia de la República, Vice- presidencia de la República; así como en la remodela-ción y acondicionamiento de ambientes, adquisición de bienes, entre otros, del Palacio de Gobierno, motivo por el cual, se emitió el Informe Especial Nº 051-2002-CG/SI, autorizándose al Procurador Público de la Contraloría General de la República a iniciar las acciones judiciales contra los presuntos responsables comprendidos en elcitado Informe Especial; Que, continuada la acción de control, también se ha determinado que los miembros del Directorio no obstan-te tener conocimiento de que se estaban utilizando re- cursos de PETROPERÚ S.A. para cubrir gastos de la empresa prohibidos legal y expresamente por normas deausteridad; así como, que se estaban destinando a una