Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2003 (16/07/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES
TRAFICO SERVICIO

Pag. 248215

Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US$ 600.00 US$ 28.00

: Nacional o Cabotaje : Irregular; en el ambito de la Amazonia Peruana TRANSPORTE : Apoyo Logistico Propio Articulo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el articulo precedente sera atendido con las embarcaciones de su propiedad denominadas MF "Lobo de Rio" con matricula IQ-8119-MF y BF "Nutria" con matricula IQ7915-BF. Articulo 3º.- El permiso de operacion que se indica en el Articulo 1º, tiene una vigencia de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano y la renovacion, debera ser solicitada por la recurrente a la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con anticipacion de sesenta (60) dias calendario MORDAZA de su vencimiento. Articulo 4º.- El Permiso de Operacion otorgado, implica la obligacion por parte de la recurrente, de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demas disposiciones legales y reglamentarias que regulan el Transporte Fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia, asi como a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Disponer su inscripcion en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Juridicas que prestan Servicio de Transporte Fluvial de Apoyo Logistico Propio, conforme a lo establecido en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, a la Capitania de Puerto de Iquitos, Pucallpa, Yurimaguas y Puerto MORDAZA y a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de MORDAZA, Ucayali, Puerto MORDAZA y Amazonas. Articulo 7º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COLL MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Acuatico 13147

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 13336

Otorgan a persona natural permiso de operacion para prestar servicio irregular de transporte fluvial de apoyo logistico propio
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 150-2003-MTC/13 MORDAZA, 20 de junio de 2003 Vista la solicitud (Expediente Nº 2003-005463) presentada por MORDAZA TULA MORDAZA FANG MORDAZA DE MORDAZA, solicitando Permiso de Operacion para prestar Servicio Irregular de Transporte Fluvial de Apoyo Logistico Propio, en Trafico Nacional o Cabotaje, en el ambito de la Amazonia Peruana; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobo el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas tecnicas y legales a las cuales deberan sujetarse las personas naturales y juridicas que prestan este servicio; a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial; Que, la recurrente MORDAZA TULA MORDAZA FANG MORDAZA DE MORDAZA, ha cumplido con presentar la documentacion exigida, con la que acredita haber dado cumplimiento a los requisitos y condiciones establecidas en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para prestar Servicio Irregular de Transporte Fluvial de Apoyo Logistico Propio, en trafico nacional; Que, la empresa se encuentra debidamente inscrita en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 10052176439; Que, mediante Informes Nº 092-2003-MTC/13.02 de la Directora de MORDAZA Mercante y Transporte Multimodal y Nº114-2003-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operacion presentada por la recurrente, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, con el Decreto Legislativo Nº 560 y con los Decretos Supremos Nº 0052001-MTC, Nº 041-2002-MTC y Decreto Supremo Nº 0082002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR Permiso de Operacion a favor de MORDAZA TULA MORDAZA FANG MORDAZA DE MORDAZA, para prestar Servicio Irregular de Transporte Fluvial de Apoyo Logistico Propio, en la forma siguiente:

Otorgan permiso de operacion a persona natural para prestar servicio regular de transporte fluvial comercial mixto en trafico nacional o cabotaje
DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE ACUATICO RESOLUCION DIRECTORAL Nº 170-2003-MTC/13 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2003 Vista la solicitud, expediente Nº 001274-2003, presentada por MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA DE COLOME, mediante la cual solicita Permiso de Operacion para prestar servicio regular de transporte fluvial comercial mixto (de carga y pasajeros) en trafico nacional o cabotaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobo el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas tecnicas y legales a las cuales deberan sujetarse las personas naturales y juridicas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislacion vigente, corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico expedir

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.