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PÆg. 248215 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de julio de 2003 Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 600.00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor- me detallado describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 13336 Otorgan a persona natural permiso de operación para prestar servicio irregu- lar de transporte fluvial de apoyo logís- tico propio RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 150-2003-MTC/13 Lima, 20 de junio de 2003 Vista la solicitud (Expediente Nº 2003-005463) pre- sentada por doña TULA GLADIS FANG MONGE DE ER- NEST, solicitando Permiso de Operación para prestarServicio Irregular de Transporte Fluvial de Apoyo Logísti- co Propio, en Tráfico Nacional o Cabotaje, en el ámbito de la Amazonía Peruana; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comer-cial, en el cual se establecen las normas técnicas y lega- les a las cuales deberán sujetarse las personas natura- les y jurídicas que prestan este servicio; a fin de alcan-zar el ordenamiento empresarial, administrativo, operati- vo y de seguridad del transporte fluvial; Que, la recurrente doña TULA GLADIS FANG MON- GE DE ERNEST, ha cumplido con presentar la documen- tación exigida, con la que acredita haber dado cumpli- miento a los requisitos y condiciones establecidas en elReglamento de Transporte Fluvial vigente, para prestar Servicio Irregular de Transporte Fluvial de Apoyo Logísti- co Propio, en tráfico nacional; Que, la empresa se encuentra debidamente inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con el Nº 10052176439; Que, mediante Informes Nº 092-2003-MTC/13.02 de la Directora de Marina Mercante y Transporte Multimodal y Nº114-2003-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina fa-vorablemente sobre la solicitud de permiso de operación presentada por la recurrente, por lo que resulta proce- dente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, con el Decreto Legislativo Nº 560 y con los Decretos Supremos Nº 005- 2001-MTC, Nº 041-2002-MTC y Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a fa- vor de doña TULA GLADIS FANG MONGE DE ERNEST, para prestar Servicio Irregular de Transporte Fluvial de Apoyo Logístico Propio, en la forma siguiente:TRÁFICO :Nacional o Cabotaje SERVICIO :Irregular; en el ámbito de la Ama- zonía Peruana TRANSPORTE :Apoyo Logístico Propio Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el artículo precedente será atendido con las embarcacio- nes de su propiedad denominadas MF "Lobo de Río" conmatrícula IQ-8119-MF y BF "Nutria" con matrícula IQ- 7915-BF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se indica en el Artículo 1º, tiene una vigencia de cinco (5) años, computados a partir de la fecha de publicación de la pre- sente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Perua-no y la renovación, deberá ser solicitada por la recurren- te a la Dirección General de Transporte Acuático del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, con anticipa-ción de sesenta (60) días calendario antes de su venci- miento. Artículo 4º.- El Permiso de Operación otorgado, im- plica la obligación por parte de la recurrente, de someter- se al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demás dis- posiciones legales y reglamentarias que regulan el Trans-porte Fluvial, debiendo adecuarse a las normas modifi- catorias y complementarias que se expidan sobre la ma- teria, así como a las disposiciones y directivas que dictela Dirección General de Transporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídicas queprestan Servicio de Transporte Fluvial de Apoyo Logísti- co Propio, conforme a lo establecido en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, a la Capitanía de Puerto de Iquitos, Pucallpa, Yurimaguasy Puerto Maldonado y a la Dirección Regional de Trans- portes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Lo- reto, Ucayali, Puerto Maldonado y Amazonas. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EFRAÍN COLL CALDERÓN Director General Dirección General de Transporte Acuático 13147 Otorgan permiso de operación a perso- na natural para prestar servicio regu-lar de transporte fluvial comercial mix-to en trÆfico nacional o cabotaje DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 170-2003-MTC/13 Lima, 3 de julio de 2003 Vista la solicitud, expediente Nº 001274-2003, presen- tada por doña FLOR DE MARÍA FLORES DE COLOME,mediante la cual solicita Permiso de Operación para pres- tar servicio regular de transporte fluvial comercial mixto (de carga y pasajeros) en tráfico nacional o cabotaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comer- cial, en el cual se establecen las normas técnicas y lega-les a las cuales deberán sujetarse las personas natura- les y jurídicas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo yde seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, correspon- de a la Dirección General de Transporte Acuático expedir