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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2003 (16/07/2003)

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PÆg. 248217 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de julio de 2003 de los Estados Unidos Mexicanos ha autorizado a la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACAPERÚ a operar bajo el sistema de Código Compartidocon la empresa AEROVÍAS DE MÉXICO S.A. DE C.V.,en la ruta C.D. DE MÉXICO - LIMA y vv; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aero- náutica Civil del Perú, Ley Nº 27261; y, con la opiniónfavorable de las áreas competentes de la Dirección Ge-neral de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la au- torización del Acuerdo de Código Compartido suscritoentre TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚy AEROVÍAS DE MÉXICO S.A. DE C.V., para prestar elservicio de transporte aéreo regular internacional de pa-sajeros, carga y correo, en la ruta LIMA - MÉXICO y vv.,con cuatro (4) frecuencias semanales, por el plazo de un(1) año, contado desde 3 de mayo de 2003, fecha siguienteal vencimiento de la Resolución Directoral Nº 012-2003-MTC/12. Artículo Segundo.- La autorización indicada en el Artículo Primero se sujetará a las siguientes condicio-nes: 1. La presente autorización comprende la explotación y comercialización por parte de TRANS AMERICAN AIR-LINES S.A. - TACA PERÚ, con derechos de tráfico de Tercera y Cuarta Libertad del Aire entre LIMA - MÉXICOy vv; y, por parte de AEROVÍAS DE MÉXICO S.A. DEC.V la explotación y comercialización, con derechos de tráfico de Tercera y Cuarta Libertad del Aire entre MÉXI-CO - LIMA y vv, pudiendo consignar ambas empresas,sus códigos designadores de aerolínea en los vuelos; 2. En la publicación y comercialización de los servi- cios materia del Acuerdo de Código Compartido que seautoriza, ambos transportadores deberán hacer menciónexpresa al público usuario, que se trata de vuelos de có-digo compartido de forma tal que no se induzca a error alconsumidor, especialmente en cuanto a las caracterís-ticas del servicio, el precio y las condiciones de venta. Artículo Tercero.- Ambas empresas de transporte aéreo se encuentran obligadas a presentar mensualmentea la Dirección General de Aeronáutica Civil, los datosestadísticos e informes que correspondan a las operacio-nes de código compartido que se autorizan por la presenteResolución. Artículo Cuarto.- La presente autorización será re- vocada, previa comunicación a ambas empresas trans-portadoras, cuando incumplan las obligaciones conteni-das en la presente Resolución Directoral; o renuncie, sesuspenda, quede sin efecto o se revoquen la respectivasautorizaciones. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorización, será sancionado en la formaque establece el Reglamento de Infracciones y Sancio-nes de la Ley de Aeronáutica Civil. Artículo Quinto.- En la presente autorización, am- bas empresas responden indivisible y solidariamentefrente a los pasajeros y carga transportados, sin per-juicio de las obligaciones establecidas en el respectivocontrato. Artículo Sexto.- La presente autorización queda su- jeta a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; DecretoSupremo Nº 050-2001-MTC; así como al cumplimientoestricto de todas las condiciones y requisitos estableci-dos en la presente Resolución Directoral tanto por partede TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ yAEROVÍAS DE MÉXICO S.A. DE C.V, así como a lasdemás disposiciones legales vigentes y directivas quedicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILSON BENZAQUEN R. Director General de Aeronáutica Civil 13377PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Incluyen en la Sala Nacional de Terro- rismo como vocal superior a la vocal ti-tular de la Corte Superior de Justiciade Caæete y modifican el artículo ter-cero de la Res.Adm. N” 004-2003-SPPCS SALA PENAL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 008-2003-SPPCS Lima, 14 de julio del 2003 VISTO; el Oficio Nº 111-03-P-SNT de fecha 11 de ju- lio del 2003, remitido por el Presidente de la Sala Nacio-nal de Terrorismo; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Administrativa Nº 097- 2002-CE-PJ, de fecha 20 de julio del 2002, se hafacultado a la Sala Penal Permanente de la Corte Su- prema designar a los integrantes de la Sala Nacional de Terrorismo la que debe hacerse en número suficientede acuerdo con el artículo sexto de la Resolución aco- tada, resultando conveniente utilizar la estructura corporativa ya establecida para una mayor eficiencia,teniéndose en cuenta que la indicada Sala tiene com- petencia a nivel nacional; Que, mediante Oficio Nº 111-03-P-SNT de fecha 14 de julio del presente año, el Presidente de la Sala Nacio- nal de Terrorismo solicita se disponga la nueva conforma- ción de la Sala Nacional de Terrorismo atendiendo al cua-dro de antigüedad, asimismo señala que la señora Alicia Balbina Palomino Villaverde ha renunciado al cargo de Vocal Superior Provisional de la Sala Nacional de Terro-rismo al haber sido nombrada como Fiscal Superior Titu- lar de Ica, por el cual solicita se designe a la doctora Mirtha Bendezú Gómez, Vocal Superior Titular de la Cor-te Superior de Justicia de Cañete, para que integre la indicada Sala Nacional; La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República en uso de las facultades conferi- das por la Resolución Administrativa Nº 097-CME-PJ; y estando a lo acordado en sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Incluir en la Sala Nacional de Te- rrorismo como Vocal Superior a la doctora MIRTHA BEN- DEZÚ GÓMEZ, Vocal Titular de la Corte Superior de Jus-ticia de Cañete. Artículo Segundo.- Modificar el artículo tercero de la Resolución Administrativa Nº 004-2003-SPPCS de fecha14 de abril del 2003, en cuanto a la conformación de la Sala Nacional de Terrorismo designándose como miem- bros de la misma a los señores Vocales Superiores Titu-lares: RICARDO BROUSSET SALAS, HILDA CECILIA PIEDRA ROJAS, DAVID LOLI BONILLA, CLOTILDE CA- VERO NALVARTE, JULIÁN GENARO JERÍ CISNEROS,JIMENA CAYO RIVERA-SCHREIBER, ROSA MIRTA BENDEZÚ GÓMEZ, ENMA ROSAURA BENAVIDES VAR- GAS, LUIS CARLOS ARCE CÓRDOVA, a los VocalesSuperiores Provisionales: JOSÉ DE VINATEA VARA CA- DILLO, ROSA AMAYA SALDARRIAGA, CARLOS MAN- RIQUE SUÁREZ y CAYO ALBERTO RIVERA VÁSQUEZ. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente de la Corte Suprema, al Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, al Fiscal de la Na-ción, al Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura, al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete,Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura y