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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2003 (16/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 19

PÆg. 248221 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de julio de 2003 los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra los presuntos responsables com-prendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efec- to los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 13315 Designan representante de la Contra- loría General ante el Consejo Consulti- vo a que se refiere la Ley N” 27693 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 228-2003-CG Lima, 15 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 160-2003- CG, se designó al representante de la Contraloría General de la República ante el Consejo Consultivo a que se refiere elartículo 4º de la Ley Nº 27693 y el artículo 4º de su Reglamen- to, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 163-2002-EF; Que, por razones del servicio, resulta conveniente sustituir la referida designación; En uso de las facultades conferidas por el artículo 27º y el literal l) del artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Or-gánica del Sistema Nacional de Control y de la Contralo- ría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación dispuesta mediante Resolución de Contraloría Nº 160- 2003-CG. Artículo Segundo.- Designar a la abogada Noemí Gallegos Peirano, como representante de la Contraloría General de la República ante el Consejo Consultivo a que se refiere el artículo 4º de la Ley Nº 27693 y el artículo 4ºde su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supre- mo Nº 163-2002-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 13421 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Declaran nulo proceso de adjudicación directa pœblica para adquisición deequipos de telefonía IP RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 318-2003-JEF/RENIEC Lima, 14 de julio de 2003 VISTOS: el expediente de la Adjudicación Directa Pública Nº 0008-2003-CE-RENIEC destinada a la adqui- sición de equipamiento para la ampliación de líneas IP en las diez Jefaturas Regionales del RENIEC; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 1 de julio del 2003, se realizó la publica- ción de la Adjudicación Directa Pública Nº008-2003-RE- NIEC, relativa a la adquisición de equipamiento para laampliación de líneas de telefonía IP, la misma que con-signó en 6 items los siguientes equipos conformantes del sistema de telefonía IP: a) Un router Cisco 1751-V, con Cisco IP/VOX plus, dos puertos de voz FXD y licencia de SRST (survivavie Remote Telephony) para 24 dispositivos. b) Diez teléfonos IP Cisco 7905G con CallMananger Unit license for single phones. c) Veinte adaptadores analógicos Cisco ATA 186.d) 10 Patch panel de 24 puertos. e) 10 gabinete cerrado para pared de 11" x EIA-19x20" (6RU) con pivote. f) 10 fuentes de alimentación de 48 V DC con batería. Que, mediante informe Nº30-CEP-BS_2003/RENIEC de fecha 2 de julio del 2003, el Comité Especial Perma- nente para la adquisición de bienes, consideró que por la naturaleza de dicho equipamiento, la referida adquisiciónpodría resultar perjudicial para la entidad, toda vez que dicha adquisición debe producirse en forma global y no por relación de items, pudiendo aquella provocar defec-tos en el funcionamiento de la telefonía IP y por ende en el servicio que de éste deriva; Que, de la revisión del expediente que motivó la pre- sente Adjudicación Directa Pública, se advierte que las especificaciones técnicas hacen referencia a un sistema integrado de telefonía para cada Jefatura Regional, di-cho sistema incluye la adquisición de distintos equipos señalados en el primer párrafo de la presente resolución, con su respectiva instalación que consiste en el cablea-do de red que soportaría la telefonía IP en las respecti- vas Jefaturas Regionales; Que, visto así, se entiende que la Convocatoria de la Adjudicación Directa Pública no debió comprender una relación de items independientes, sino más bien se de- bió hacer referencia a la adquisición de un sistema integra-do de telefonía IP , tal y como se encontraba señalado en las especificaciones técnicas elaboradas por el área usuaria respectiva; Que en tal sentido, se advierte que se ha incurrido en un vicio insubsanable al momento de elaborar las bases administrativas de la Adjudicación Directa Pública, todavez que no se ha previsto lo contemplado en el artículo 40º del Reglamento de la Ley, al no incluir en las bases administrativas las características y/o especificacionestécnicas que incidan sobre los objetivos, funciones y ope- ratividad de los bienes requeridos, ya que dichas especi- ficaciones consisten según el requerimiento del área usua-ria, en un sistema integrado por diversos equipos debi- damente instalados con la finalidad de ampliar la red de telefonía IP existente en la entidad; Que, como consecuencia de lo expuesto, al haberse incurrido en una causal de nulidad por haber contraveni- do la norma señalada en el considerando precedenteconforme lo dispone el artículo 57º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, corresponde retrotraer el proceso de selecciónhasta el momento en que se cometió el vicio insubsanable, esto es, hasta el momento de la elaboración de las ba- ses administrativas, ya que de no ser así, se causaríaademás un perjuicio para la entidad, al adquirir en forma aislada dichos equipos, sin considerar su instalación y cableado para su operatividad como sistema; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dis- puesto por el artículo 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y artículos 26º y 40º del Regla-mento de la mencionada Ley; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar NULO el proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 0008-2003-RENIEC para la adquisición de equipos de telefonía IP, retrotrayendo elproceso hasta el momento de la elaboración de las ba- ses administrativas. Artículo Segundo.- Devolver los actuados al Comité Especial a fin de que corrija las bases administrativas con arreglo a las especificaciones técnicas formuladas por el área usuaria. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 13401