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PÆg. 248651 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de julio de 2003 Infantas - SE Zapallal, en el tramo SE Zapallal - P67 de la línea L635 (LT 60 kV SE Caudivilla - SE Zapallal) y SE Za-pallal - P5 de la línea L686 (LT 60 kV SE Puente Piedra -SE Zapallal); CONSIDERANDO: Que, EDELNOR S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución SupremaNº 080-96-EM de fecha 17 de octubre de 1996, ha solicita- do la modificación de la servidumbre de electroducto de la LT 60 kV SE Chavarría - SE Infantas - SE Zapallal, en eltramo SE Zapallal - P67 de la línea L635 (LT 60 kV SECaudivilla - SE Zapallal) y SE Zapallal - P5 de la línea L686(LT 60 kV SE Puente Piedra - SE Zapallal), ubicado en eldistrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 309-95-EM/ VME de fecha 17 de noviembre de 1995 se impuso a favorde EDELNOR S.A. (hoy EDELNOR S.A.A.), la servidum-bre de electroducto de la LT 60 kV SE Chavarría - SE Infan-tas - SE Zapallal; Que, EDELNOR S.A.A., informa que la modificación de la servidumbre de electroducto de la LT 60 kV SE Chava- rría - SE Infantas - SE Zapallal, se debe a las necesidadesde mejorar el recorrido en el tramo SE Zapallal - P67 de lalínea L635 (LT 60 kV SE Caudivilla - SE Zapallal) y SE Za-pallal - P5 de la línea L686 (LT 60 kV SE Puente Piedra - SE Zapallal), a fin de brindar seguridad y confiabilidad a lalínea y facilitar las labores de montaje y mantenimiento, uti-lizando las vías públicas; Que, la petición de EDELNOR S.A.A. se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 111º del DecretoLey Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y cumple conlos requisitos establecidos en el Texto Único de Procedi-mientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energía yMinas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2002-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de ha- ber verificado que la peticionaria ha cumplido con los re-quisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 113-2003-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la servidumbre de la que es titu- lar Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A.A.- EDELNOR S.A.A., en virtud de la Resolución Ministerial Nº 309-95-EM/VME, respecto del tramo comprendido en- tre la SE Zapallal y los postes P67 de la línea L635 (LT 60kV SE Caudivilla - SE Zapallal) y SE Zapallal - P5 de lalínea L686 (LT 60 kV SE Puente Piedra - SE Zapallal), ubi- REPUBLICADELPERU MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS COMUNICADO Nº 022-2003-EF/76.01 A LOS GOBIERNOS LOCALES Ante las numerosas consultas que viene recibiendo la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, por parte de las distintas municipalidades del país, requiriendo se incrementen losmontos de recursos que por transferencias corresponden a los Gobiernos Locales, así como para la modificaciónde los índices de distribución que les corresponde por concepto del Fondo de Compensación Municipal,Programa del Vaso de Leche, Participación en Renta de Aduanas, Canon y Sobrecanon (Canon Minero, CanonHidroenergético, Canon Gasífero, Canon Forestal, Canon y Sobrecanon Petrolero y Canon Pesquero); y deaquellos derivados de las transferencias para proyectos de infraestructura social y productiva; y nutricionalesy de asistencia solidaria, a que se refieren los Decretos Supremos Nº 036-2003-PCM, Nº 060-2003-PCM, ynormas complementarias; se comunica lo siguiente: 1. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 079-2002-EF/15 y el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 029-2003-EF, que aprueba normas reglamentarias para la transferencia defondos, en aplicación de la Ley Nº 27506 -Ley del Canon y la Ley Nº 27783 -Ley de Bases de laDescentralización; corresponde al Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, através de la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales (DGAES), el cálculo, aprobación yestimación de los índices de distribución del Fondo de Compensación Municipal, Programa del Vaso deLeche, los Canon y la Participación en la Renta de Aduanas; así como de aquellos derivados de lastransferencias para proyectos de infraestructura social y productiva; y nutricionales y de asistencia solidaria,a que se refieren los Decretos Supremos Nº 036-2003-PCM y Nº 060-2003-PCM, y normas complementarias,en coordinación con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. 2. Por otro lado, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 23º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, el Consejo Nacional de Descentralización (CND) tiene a su cargo latransferencia de recursos a los Gobiernos Locales correspondiente al Fondo de Compensación Municipal,el Programa del Vaso de Leche y los Canon. 3. Corresponde a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, en el marco de las funciones que le confiere el artículo 5° de la Ley N° 27209 -Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Directivas para laProgramación, Formulación y Aprobación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales,únicamente, comunicar a las Municipalidades Provinciales y Distritales, en función a las estimaciones derecursos que realice la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales, los montos a considerar parala Programación y Formulación Presupuestaria de cada año fiscal. Por lo expuesto anteriormente, se pone en conocimiento de las autoridades de los Gobiernos Locales y demás interesados, que cualquier consulta o requerimiento para el incremento de transferencias o modificación de índicesde distribución de recursos que corresponden a los Gobiernos Locales por los conceptos antes mencionados, debeser efectuado directamente a la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales (DGAES) del Ministerio de Economía y Finanzas o al Consejo Nacional de Descentralización (CND), según corresponda. Lima, 22 de julio del 2003 DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO13932