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PÆg. 248944 NORMAS LEGALES Lima, martes 29 de julio de 2003 CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY N” 28044 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY GENERAL DE EDUCACIÓN TÍTULO I FUNDAMENTOS Y DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto y ámbito de aplicación La presente ley tiene por objeto establecer los li- neamientos generales de la educación y del SistemaEducativo Peruano, las atribuciones y obligaciones delEstado y los derechos y responsabilidades de las per-sonas y la sociedad en su función educadora. Rige todas las actividades educativas realizadas dentro del territorio nacional, desarrolladas por personas natu-rales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales oextranjeras. Artículo 2º.- Concepto de la educación La educación es un proceso de aprendizaje y ense- ñanza que se desarrolla a lo largo de toda la vida y quecontribuye a la formación integral de las personas, alpleno desarrollo de sus potencialidades, a la creación decultura, y al desarrollo de la familia y de la comunidadnacional, latinoamericana y mundial. Se desarrolla en instituciones educativas y en diferentes ámbitos de la sociedad. Artículo 3º.- La educación como derechoLa educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad. El Estado garantiza el ejer- cicio del derecho a una educación integral y de cali- dad para todos y la universalización de la educaciónbásica. La sociedad tiene la responsabilidad de contribuir a la educación y el derecho a participar en su desarrollo. Artículo 4°.- Gratuidad de la educación La educación es un servicio público; cuando lo pro- vee el Estado es gratuita en todos sus niveles y modali-dades, de acuerdo con lo establecido en la ConstituciónPolítica y en la presente ley. En la educación inicial yprimaria se complementa obligatoriamente con progra-mas de alimentación, salud y entrega de materiales edu- cativos. Artículo 5º.- Libertad de enseñanzaLa libertad de enseñanza es reconocida y garantiza- da por el Estado. Los padres de familia, o quienes hagan sus veces, tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho aparticipar en el proceso educativo y a elegir las institu-ciones en que éstos se educan, de acuerdo con sus convicciones y creencias. Toda persona natural o jurídica tiene derecho a constituir y conducir centros y programas educati-vos. El Estado reconoce, ayuda, supervisa y regula laeducación privada con respeto a los principios cons-titucionales y a la presente Ley. La iniciativa privada contribuye a la ampliación de la cobertura, a la innova- ción, a la calidad y al financiamiento de los servicioseducativos.Artículo 6º.- Formación ética y cívicaLa formación ética y cívica es obligatoria en todo proceso educativo; prepara a los educandos paracumplir sus obligaciones personales, familiares ypatrióticas y para ejercer sus deberes y derechosciudadanos. La enseñanza de la Constitución Política y de los derechos humanos es obligatoria en todas las institu-ciones del sistema educativo peruano, sean civiles, po-liciales o militares. Se imparte en castellano y en losdemás idiomas oficiales. Artículo 7º.- Proyecto Educativo NacionalEl Proyecto Educativo Nacional es el conjunto de políticas que dan el marco estratégico a las decisio-nes que conducen al desarrollo de la educación. Seconstruye y desarrolla en el actuar conjunto del Es-tado y de la sociedad, a través del diálogo nacional, del consenso y de la concertación política, a efectos de garantizar su vigencia. Su formulación responde ala diversidad del país. Artículo 8º.- Principios de la educaciónLa educación peruana tiene a la persona como cen- tro y agente fundamental del proceso educativo. Se sus- tenta en los siguientes principios: a) La ética, que inspira una educación promotora de los valores de paz, solidaridad, justicia, libertad,honestidad, tolerancia, responsabilidad, trabajo, verdad y pleno respeto a las normas de convi- vencia; que fortalece la conciencia moral indivi-dual y hace posible una sociedad basada en elejercicio permanente de la responsabilidad ciuda-dana. b) La equidad, que garantiza a todos iguales oportu- nidades de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad. c) La inclusión, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, margi-nados y vulnerables, especialmente en el ámbitorural, sin distinción de etnia, religión, sexo u otra causa de discriminación, contribuyendo así a la eliminación de la pobreza, la exclusión y las des-igualdades. d) La calidad, que asegura condiciones adecuadas para una educación integral, pertinente, abierta,flexible y permanente. e) La democracia, que promueve el respeto irres- tricto a los derechos humanos, la libertad de con-ciencia, pensamiento y opinión, el ejercicio plenode la ciudadanía y el reconocimiento de la volun-tad popular; y que contribuye a la tolerancia mu-tua en las relaciones entre las personas y entre mayorías y minorías así como al fortalecimiento del estado de derecho. f) La interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, yencuentra en el reconocimiento y respeto a lasdiferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro sustento, para la convivencia armónica y el intercambio entre lasdiversas culturas del mundo. g) La conciencia ambiental, que motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno natural comogarantía para el desenvolvimiento de la vida. h) La creatividad y la innovación, que promueven la producción de nuevos conocimientos en todoslos campos del saber, el arte y la cultura. Artículo 9º.- Fines de la educación peruanaSon fines de la educación peruana: a) Formar personas capaces de lograr su realiza- ción ética, intelectual, artística, cultural, afectiva,física, espiritual y religiosa, promoviendo la for-mación y consolidación de su identidad y autoes-tima y su integración adecuada y crítica a la so- ciedad para el ejercicio de su ciudadanía en ar- monía con su entorno, así como el desarrollo de