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PÆg. 248950 NORMAS LEGALES Lima, martes 29 de julio de 2003 CAPÍTULO IV LA EDUCACIÓN COMUNITARIA Artículo 46º.- Concepto y finalidad La Educación Comunitaria se desarrolla desde las organizaciones de la sociedad, se orienta al enriqueci- miento y despliegue de las capacidades personales, aldesarrollo de sus aprendizajes para el ejercicio pleno dela ciudadanía y a la promoción del desarrollo humano.Complementa y amplía los conocimientos, habilidades ydestrezas de las personas y contribuye a su formación permanente e integral. Su acción se realiza fuera de las instituciones educativas. Artículo 47º.- Convalidación de los aprendizajesLos aprendizajes que se logren a través de pro- gramas desarrollados por organizaciones de la socie- dad, debidamente certificados, pueden ser convalida- dos en los niveles de Educación Básica y Técnico-Productiva. Artículo 48º.- Fomento de la Educación Comuni- taria El Estado promueve, valora y reconoce, en los ámbi- tos nacional, regional y local, iniciativas de EducaciónComunitaria con niveles adecuados de calidad. La opti-mización de los recursos existentes en las comunida-des contribuye a este fin. CAPÍTULO V LA EDUCACIÓN SUPERIOR Artículo 49º.- Definición y finalidad La Educación Superior es la segunda etapa del Sis- tema Educativo que consolida la formación integral de las personas, produce conocimiento, desarrolla la in-vestigación e innovación y forma profesionales en elmás alto nivel de especialización y perfeccionamientoen todos los campos del saber, el arte, la cultura, laciencia y la tecnología a fin de cubrir la demanda de la sociedad y contribuir al desarrollo y sostenibilidad del país. Para acceder a la Educación Superior se requiere haber concluido los estudios correspondientes a la Edu-cación Básica. Artículo 50º.- La articulaciónCon el fin de garantizar a los usuarios del sistema la posibilidad de acceder a óptimos niveles de profesiona-lización y perfeccionamiento, las instituciones que im-parten Educación Superior establecen entre sí meca-nismos de coordinación que les permitan la subsana- ción y convalidación de estudios. Artículo 51º.- Instituciones de Educación Supe- riorLas instituciones universitarias, así como los institutos,escuelas y otros centros que imparten Educación Supe- rior pueden ser públicos o privados y se rigen por ley específica. TÍTULO IV LA COMUNIDAD EDUCATIVA Artículo 52º.- Conformación y participación La comunidad educativa está conformada por estu- diantes, padres de familia, profesores, directivos, admi-nistrativos, ex alumnos y miembros de la comunidadlocal. Según las características de la Institución Educa- tiva, sus representantes integran el Consejo Educativo Institucional y participan en la formulación y ejecucióndel Proyecto Educativo en lo que respectivamente lescorresponda. La participación de los integrantes de la comunidad educativa se realiza mediante formas democráticas de asociación, a través de la elección libre, universal y se- creta de sus representantes.Artículo 53º.- El estudiante El estudiante es el centro del proceso y del sistema educativo. Le corresponde: a) Contar con un sistema educativo eficiente, con instituciones y profesores responsables de su aprendizaje y desarrollo integral; recibir un buen trato y adecuada orientación e ingresar oportuna-mente al sistema o disponer de alternativas para culminar su educación. b) Asumir con responsabilidad su proceso de apren- dizaje, así como practicar la tolerancia, la solida- ridad, el diálogo y la convivencia armónica en la relación con sus compañeros, profesores y co-munidad. c) Organizarse en Municipios Escolares u otras for- mas de organización estudiantil, a fin de ejercersus derechos y participar responsablemente en la Institución Educativa y en la comunidad. d) Opinar sobre la calidad del servicio educativo que recibe. e) Los demás derechos y deberes que le otorgan la ley y los tratados internacionales. Artículo 54º.- La familiaLa familia es el núcleo fundamental de la sociedad, responsable en primer lugar de la educación integral de los hijos. A los padres de familia, o a quienes hacen sus veces, les corresponde: a) Educar a sus hijos y proporcionarles en el hogar un trato respetuoso de sus derechos como per-sonas, adecuado para el desarrollo de sus capa- cidades, y asegurarles la culminación de su edu- cación. b) Informarse sobre la calidad del servicio educativo y velar por ella y por el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos. c) Participar y colaborar en el proceso educativo de sus hijos. d) Organizarse en asociaciones de padres de fami- lia, comités u otras instancias de representación a fin de contribuir al mejoramiento de los servicios que brinda la correspondiente Institución Educati-va. e) Apoyar la gestión educativa y colaborar para el mejoramiento de la infraestructura y el equipa-miento de la correspondiente Institución Educati- va, de acuerdo a sus posibilidades. Artículo 55º.- El DirectorEl director es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa. Es responsable de lagestión en los ámbitos pedagógico, institucional y admi- nistrativo. Le corresponde: a) Conducir la Institución Educativa de conformidad con lo establecido en el artículo 68º de la presente ley. b) Presidir el Consejo Educativo Institucional, pro- mover las relaciones humanas armoniosas, el tra- bajo en equipo y la participación entre los miem-bros de la comunidad educativa. c) Promover una práctica de evaluación y autoeva- luación de su gestión y dar cuenta de ella ante lacomunidad educativa y sus autoridades supe- riores. d) Recibir una formación especializada para el ejer- cicio del cargo, así como una remuneración co- rrespondiente a su responsabilidad. e) Estar comprendido en la carrera pública docente cuando presta servicio en las instituciones del Estado. El nombramiento en los cargos de responsabilidad directiva se obtiene por concurso público. Los con- cursantes están sujetos a evaluación y certificaciónde competencias para el ejercicio de su cargo, de acuerdo a ley.