Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2003 (05/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, jueves 5 de junio de 2003
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 245503

Que, por mandato Constitucional, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se dispone crear los Gobiernos Regionales, los que se crean en virtud a lo dispuesto por la Ley Nº 27867 Ley Organica de Regiones, modificado por la Ley Nº 27902, la que establece en su articulo 38º que el Consejo Regional como organo normativo del Gobierno Regional tiene la atribucion de aprobar la organizacion del Gobierno Regional a traves de Ordenanzas Regionales; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, referida en el considerando anterior establece en el articulo 12º, la organizacion del organo ejecutivo del Gobierno Regional, la misma que esta estructurada en Gerencias Regionales, coordinadas y dirigidas por una Gerencia General, completamente con los organos de linea, apoyo, asesoramiento y control, conforme lo determine cada Gobierno Regional; Que, a efecto de dar inicio a las funciones y atribuciones que establece la Ley, el Consejo Regional, mediante la Ordenanza Regional Nº 001-2003-CR/RA del 5 de febrero aprobo por mayoria EL ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS, en su tercera sesion ordinaria; Que, en el organigrama se creo la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, dependiendo jerarquicamente de esta, entre otras las Direcciones Regionales de Industria, Comercio, Turismo Artesania y Direccion Regional de Pesqueria; Que, con la finalidad de que las direcciones indicadas precedentemente tengan, un mismo ordenamiento respecto a la actual estructura y funciones que ejercitan los Ministerios de COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO, y de la PRODUCCION, es necesario modificar la denominacion de estas direcciones; Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 37 º inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atencion a lo aprobado por

el Consejo Regional en su sesion extraordinaria Nº 007, del 28 de MORDAZA del 2003; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR LA MODIFICACION DEL ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL GOBIERNO REGIONAL, aprobado el 5 de febrero del 2003, en lo que se refiere a la denominacion de las Direcciones Regionales de Industria, Comercio, Turismo y Artesania y Direccion Regional de Pesqueria, quienes se denominaran : Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo, y Direccion Regional de la Produccion, el mismo que obra como anexo de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional , la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el diario encargado de las publicaciones regionales, disponiendose su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas para su promulgacion. En San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, a los siete dias del mes de MORDAZA del dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mande se publique y cumpla. Dado en la sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los siete dias del mes de MORDAZA del dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Amazonas

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DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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