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PÆg. 245507 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de junio de 2003 El Oficio Nº 012-2003-GR.LAMB/VPR de la Vicepresi- dencia Regional del Gobierno Regional Lambayeque de fecha 26.MAY.2003; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en sus artículos 11º, 11º-A y 11º-B, modificados e incorporados, respectivamente, por la Ley Nº 27902, establece en concordancia con la Constitu-ción Política del Estado, Artículo 191º reformado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capí- tulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, el Con-sejo de Coordinación Regional como órgano consultivo y de coordinación dentro de la estructura orgánica bá- sica de los Gobiernos Regionales, así como precisa lasfunciones que le son inherentes, su composición y fun- cionamiento; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 003-2003- GR.LAMB/PR de 21.ABR.2003 en cumplimiento de lanormatividad antes referida, se aprobó el Reglamento de Conformación y Elección de los Miembros del Con- sejo de Coordinación Regional, el mismo que, no obs-tante considerar en su Artículo 12º que el Consejo Re- gional invitaría a los alcaldes distritales y representantes de la sociedad civil, en las mismas proporciones de60% y 40%, establecidos para los miembros plenos; es decir, tres alcaldes y dos representantes de la socie- dad civil, no determinó los mecanismos a seguir para suelección; Que, en consecuencia, es necesario que en aras de preservar la transparencia que identifica la política de gestión del Gobierno Regional Lambayeque en todossus actos de gobierno, se implementen los mecanismos de elección de los alcaldes distritales y representantes de la sociedad civil que integrarán por invitación el Con-sejo de Coordinación Regional, a través de los procedi- mientos más democráticos que sea posible diseñar; Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque ha emitido la siguiente; ORDENANZA: Artículo Único.- INCORPORAR al Reglamento de Con- formación y Elección de los Miembros del Consejo de Coor- dinación Regional aprobado mediante Ordenanza Regio- nal Nº 003-2003-GR.LAMB/PR las Disposiciones Comple-mentarias siguientes: "SÉPTIMA.- Los Alcaldes Distritales invitados al Conse- jo de Coordinación Regional, serán elegidos entre los Al- caldes Distritales de cada una de las provincias de Chicla- yo, Ferreñafe y Lambayeque, en elecciones convocadaspor el Presidente del Gobierno Regional dentro de los cua- renta y cinco (45) días calendario posteriores a la fecha fijada para la elección de los representantes plenos de lasociedad civil. La Presidencia Regional deberá aprobar previamente el Reglamento de Elecciones correspondiente". "OCTAVA.- Los representantes invitados de la so- ciedad civil serán elegidos entre las organizaciones ins- critas en el Libro de Registro Regional de Organiza-ciones de la Sociedad Civil que no alcanzaron represen- tación como miembros plenos, para lo cual el Presiden- te del Gobierno Regional, convocará mediante DecretoRegional a elección de los representantes de la socie- dad civil invitados, dentro de los cuarenta y cinco (45) días posteriores a la fecha fijada para la elección de losmiembros plenos. La elección de los representantes de la sociedad civil invitados se regirá en todo lo que le sea aplicable porlas disposiciones contenidas en el presente Regla- mento". POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla.YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 10423GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURÍN Modifican el Acuerdo de Concejo N” 040- 2003, relativo a la obra "Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado de la Zona Surde Lima Metropolitana" ACUERDO DE CONCEJO Nº 046-2003/ML Lima, 23 de mayo del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha en el local de la Agencia Municipal de la zona "C", el pedi-do formulado por los Sres. Regidores Elsa Andrade Vilca,Carlos Cuadros Solís y José Arakaki Nakamine, sobre elAcuerdo de Concejo Nº 040-2003 de fecha 28 de abril del2003, relacionado a la Obra "Mejoramiento del Sistema deAlcantarillado de la Zona Sur de Lima Metropolitana"; CONSIDERANDO: Que, mediante el Acuerdo Nº 040-2003, se acuerda comunicar a Sedapal que antes de reiniciar la obra delcitado proyecto convoque a una consulta popular; Que, en el pedido formulado por los señores Regidores solicitan la corrección en la redacción del Acuerdo de Con-cejo Nº 040-2003, en el sentido de precisar que la Munici-palidad convocará a la consulta popular con el financia-miento de Sedapal; Que, este tema fue analizado por el Concejo y, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Muni-cipalidades Nº 23853, y contando con el voto unánime delos señores Regidores y con la dispensa del trámite deaprobación de actas, se adoptó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Modificar los términos del Acuerdo de Concejo Nº 040-2003 de fecha 28 de abril, debiendoquedar de la siguiente manera: "COMUNICAR A SEDAPAL que antes de reiniciar la Obra "Proyecto de Mejoramiento del Sistema de Alcantari-llado de la Zona Sur de Lima Metropolitana" - DescargaVariante del Río Lurín, la Municipalidad convocará a unaconsulta popular con el financiamiento de Sedapal, ya queexiste oposición manifiesta de la población de Lurín". Artículo Segundo.- Conformar la Comisión Especial de Regidores integrada por los señores Elsa Andrade Vilca,quien la presidirá, Gustavo Espinoza Soto, José ArakakiNakamine, y Jorge Laviña Pérez, la misma que se encarga-rá de llevar a cabo esta gestión. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS AYLLÓN MINI Alcalde 10468 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Ordenanza que establece requisito previo para obtener el Certificado de Finalizaciónde Obra y Zonificación (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Secre- taría General de la Municipalidad de Pueblo Libre mediante oficioNº 234-2003-MPL/OSGC, recibido el 4 de junio de 2003) ORDENANZA Nº 106-MPL Pueblo Libre, 30 de diciembre del 2002