Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2003 (05/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 5 de junio de 2003

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Designan Auxiliar Coactivo de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 224-2003-MSB-A
San MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA Visto; el Informe Nº 140-2003-MSB-GAL de fecha 7.5.03 mediante el cual la Presidenta de la Comision Encargada del Concurso Publico de Meritos Nº 002-2003-MSB para la designacion de un auxiliar coactivo en la Municipalidad de San MORDAZA, remite el Acta Final de la Comision a fin que se designe como auxiliar coactivo a la ganadora del referido proceso. CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad de San Borja; Que, de conformidad al articulo 7º de la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva la designacion del Auxiliar Coactivo se efectuara mediante Concurso Publico de Meritos; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 176-2003MSB-A, se conformo la Comision del Concurso Publico de Meritos a fin que se encargue de realizar el procedimiento pertinente para la seleccion de un Auxiliar Coactivo para la municipalidad, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26979; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 198-2003MSB de fecha 15.4.03, se aprobaron las Bases del Concurso Publico de Meritos Nº 002-2003-MSB para la seleccion y contratacion del auxiliar coactivo; Que, al haber finalizado las pruebas respectivas establecidas en las Bases del Concurso, se publico el resultado final en estricto orden de merito de los postulantes; Que, estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Gerencia General, Gerencia de Asesoria Legal, Gerencia de Administracion de Personal y la Gerencia de Control de la Gestion, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, D.S. Nº 036-2001-EF - Reglamento de la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva y por el inciso 6) del articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir del 1.6.03 a la DRA. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Auxiliar Coactivo de la Municipalidad de San MORDAZA, correspondiendole el Nivel Remunerativo SPE, previsto en el Cuadro de Asignacion de Personal afectandose el egreso a la partida presupuestal 5.1.11.01. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administracion de Personal el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10424

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 002-2002-MPL/CPL-CPDU de la Comision Permanente de Desarrollo Urbanistico; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, en su Art. 73º inciso 2), establece las modalidades que pueden imponer las municipalidades a la propiedad privada en concordancia con el Reglamento Nacional de Construcciones y demas normas pertinentes vigentes al respecto; Que, el inciso 9) del Articulo 65º del mismo cuerpo legal, senala como una de las funciones de las Municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva, la de aprobar las normas sobre ornato. Asimismo, el inciso 2) del Articulo 73º de la citada ley, sobre las modalidades que pueden imponer las municipalidades a la propiedad privada, senala "la obligacion de no construir, reconstruir, ampliar, modificar o reformar un inmueble sino en la forma que establezca la Ley, el Reglamento Nacional de Construcciones, el provincial respectivo y las ordenanzas sobre seguridad, salubridad y estetica en la edificacion; Que, al respecto, la Ordenanza Nº 34-MPL que aprueba el Reglamento de Aplicacion y Sanciones y el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones, establece con el Codigo d Nº 3.121, las sanciones respectivas inherentes a la omision de tarrajeo y acabados en general, que no estan de acuerdo con el desarrollo armonico y estetico de las edificaciones dentro del distrito, no obstante no se ha complementado con una MORDAZA especifica; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 3) del Articulo 36º y el Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Establecer como requisito previo para obtener el Certificado de Finalizacion de Obra y Zonificacion, que todas las edificaciones cumplan con tarrajear y pintar los exteriores frontales, laterales y posteriores, a excepcion de aquellos que arquitectonicamente se consideren como acabado final. Articulo Segundo.- Disponer se incorpore el requisito senalado en el articulo precedente al Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Pueblo Libre, en lo concerniente al Procedimiento Nº 20 de la Direccion de Desarrollo Urbanistico. Articulo Tercero.- Otorgar un plazo de 180 dias a los propietarios de los inmuebles de nuestra jurisdiccion, que no hayan cumplido con enlucir y pintar sus fachadas principales, laterales y posteriores, colindantes o no, con otros predios. Articulo Cuarto.- En caso de incumplimiento a la presente ordenanza, se procedera con las sanciones establecidas en la Ordenanza Nº 34-MPL. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- Encargar a la Direccion Municipal, Direccion de Desarrollo Urbanistico y a la Oficina de Seguridad y Vigilancia Municipal, el cumplimiento de la presente Ordenanza, su difusion a la Oficina de Comunicacion Social y su publicacion a la Oficina de Administracion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 10558

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Solicitan al Presidente Constitucional de la Republica atender la demanda de los Asentamientos Humanos para formalizar su propiedad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 000041
San MORDAZA de Miraflores, 1 de junio de 2003

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