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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (05/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

PÆg. 245505 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de junio de 2003 Conforman Comisión de Transferencia de Recepción del Gobierno Regional RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 287-2003-GOBIERNO REGIONAL-AMAZONAS/PR Chachapoyas, 28 de mayo de 2003 CONSIDERANDO:Que, el segundo párrafo del artículo 168º, de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, dispone que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada con- forme a criterios que permitan una adecuada asigna- ción de competencias y transferencias de recursos del gobierno nacional, hacia los gobiernos regionales y lo- cales; Que, la segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 27783 y la Tercera Disposición Transitoria, Complemen- taria y Final de la Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, dispone que a partir del año 2003, el Gobierno Nacional inicia el proceso de transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, según corresponda de los fondos y proyectos sociales, programas sociales de lucha contra la pobreza, y proyectos de inversión de infraestructura pro- ductiva de alcance regional; Que, el Consejo Nacional de Descentralización, creado por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, modificada por la Ley Nº 27950, es un organismo indepen- diente y descentralizado, que tiene a su cargo la dirección, y conducción del proceso de la descentralización, asignán- dole la responsabilidad de normar y monitorear las accio- nes y transferencias señaladas en cada una de las etapas de dicho proceso; Que, en el marco legal señalado, el Consejo Nacional de Descentralización ha emitido la Resolución Presidencial Nº 070-CND-P-2003, aprobando la Directiva Nº 002-CND- P-2003 "Procedimiento para la Ejecución de la Transferen-cia a los Gobiernos Regionales y Locales, durante el año 2003, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha Contra la Pobreza, y Programas de Inversión en Infraestructura Productiva de alcance regio- nal a que se refiere el Decreto Supremo Nº 036-2003- PCM"; Que, en el artículo 6º, ítem 6.1.2.1 de la directiva aprobada precedentemente establece, que a más tar- dar en un plazo que no exceda de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de la presente direc- tiva, los Gobiernos Regionales, conformarán Comisio- nes de Transferencia de Recepción en cada uno de los departamentos que recibirán los fondos, proyectos y programas, las que estará presidida por el Gerente General, e integrada por un máximo de tres (3) Geren- tes Regionales, designación que se hará mediante Resolución Presidencial Regional; Contando con el visto bueno de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Oficina Regional de Administración, y la Gerencia General Regional; en uso de las atribuciones y facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Amazonas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conformar la Comisión de Trans- ferencia de Recepción del Gobierno Regional Amazonas, de los Fondos, y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Programas de Inversión en Infraestructura Productiva de alcance regional a que se refiere el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, la que esta- rá integrada por: Gerente General Regional Presidente Gerente Regional de Desarrollo Social Integrante Gerente Regional de Desarrollo Económico Integrante Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial Integrante Artículo Segundo.- Dar cuenta de la presente Resolu- ción al Consejo Nacional de Descentralización, a las Geren-cias dependientes del Gobierno Regional, y a los interesa- dos para los fines consiguientes. Regístrese y comuníquese.MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Regional 10474 GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Declaran en situación de urgencia la adquisición de mobiliarios escolarespara la Sede Central del GobiernoRegional y Gerencias Subregionales de Angaraes, Tayacaja y Churcampa RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 217-2003-GR-HVCA/PR Huancavelica, 20 de mayo de 2003 VISTO: Memorándum Nº 291-2003/GOB.REG-HVCA/ PR, Informe Nº 074-2003/GOB.REG-HVCA/GRAJ, Memo-rándum Nº 133-2003/GOB.REG-HVCA/GRAJ; Informe Nº160-2003/GOB.REG-HVCA/GRI; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de Huanca-velica, tiene por finalidad esencial de fomentar el desarro-llo regional integral sostenible, promoviendo la inversiónpública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacio-nales, regionales y locales de desarrollo; Que, el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desa-rrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de los planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económi-co armonizado; Que, Informe Nº 160-2003/GOB.REG-HVCA/GRI, se advierte que la Dirección Regional de Educación deHuancavelica y las Unidades de Gestión Educativa de las provincias que comprende el departamento, han declarado de urgente necesidad los mobiliarios escola-res de los diferentes centros educativos de su jurisdic-ción, los mismos que requieren de inmediata atenciónen la cantidad de 15,000 módulos, a efecto de dotar delos muebles respectivos con la finalidad de que el pro- ceso de enseñanza-aprendizaje se desarrolle dentro de los aspectos pedagógicos, conforme a la políticaeducativa que viene impartiendo el actual Gobierno;más aún teniendo en consideración que el Ministeriode Educación para el presente año ha modificado eldiseño de los muebles escolares, estableciendo mode- los para cada nivel educativo: Inicial, Primaria y Secun- daria. Siendo obligación del Gobierno Regional ejecu-tar acciones necesarias en forma urgente para la aten-ción de los módulos escolares; Que, los presupuestos otorgados a la Sede Central y Gerencias Subregionales, según corresponda, para la adquisición de mobiliarios escolares, la ejecución de los mismos conlleva realizar Licitación Pública; sin embar-go, los Artículos 19º inciso c) y 20º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordados con el Artículo 105º de su Re- glamento aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, establecen que están exonerados de los proce-sos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-ción Directa, según sea el caso; las adquisiciones quese realicen en Situación de Emergencia o de Urgenciadeclarados de conformidad con la Ley, en cuyo caso las adquisiciones se sujetan al proceso de Adjudica- ción de Menor Cuantía; Estando a lo informado; y,