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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (08/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 19

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G34/G35/G36/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 8 de junio de 2003 Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otor- ga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de-rechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 10838 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G42/G75/G65/G6E/G61/G20/G50/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G65/G2D/G6E/G6F/G72/G20/G43/G75/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G32/G30/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4D/G54/G43/G2F/G32/G30/G20/G2D/G50/G52/G4F/G56/GCD/G41/G53/G20/G4E/G41/G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G20/G5A/G50 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 429-2003-MTC/02 Lima, 6 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, con fecha 15 de mayo de 2003 se llevó a cabo el Acto Privado de Apertura de Sobres y Otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº0020-2003-MTC/20-PROVÍAS NACIONAL ZP , para la adquisición de señales reguladoras, preventivas y re- glamentarias, otorgándose la Buena Pro de los ítems A,B, C, D y E a Ingetrafic S.R.L.; Que, con fecha 26 de mayo del 2003, Tecnología de Materiales S.A. interpone recurso de apelación contra elotorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0020-2003-MTC/20-PROVÍAS NACIONAL ZP , solicitando la nulidad del mismo, toda vez que en las Basesno se señaló si el proceso era por relación de ítems o por monto global, así como, de las Bases se desprende que la convocatoria fue por relación de ítems, con lo cual debióotorgarse la Buena Pro por ítems; Que, el artículo 26º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, señala que la entidad establece el valor referencial de la adquisición o contratación, a fin de determinar el proceso de seleccióncorrespondiente y la asignación de recursos necesarios; Que, el artículo 16º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-MTC, establece que mediante el proceso de selección según relación de íte- ms, la entidad puede convocar en un solo proceso laadquisición o contratación de bienes, servicios o ejecu- ción de obras distintos pero vinculados entre sí. Cada uno de los ítems constituye un proceso menor dentrodel proceso de selección principal. A ellos les serán apli- cables las reglas correspondientes al proceso principal; Que, el artículo 27º del Reglamento mencionado, dis- pone que en el caso de los procesos de selección con- vocados según relación de ítems, el valor referencial del conjunto se determinará en función a la sumatoria de losvalores referenciales de cada uno de los ítems consi- derados. En las Bases deberá especificarse tanto el valor referencial de los ítems como el valor referencialdel proceso de selección; Que, en el Anexo 1 de las Bases de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0020-2003-MTC/20-PROVÍAS NA-CIONAL ZP se ha señalado los valores referenciales del suministro de señales A) Unidad de Peaje Chulucanas, B) Unidad de Peaje Piura - Sullana y C) Unidad de PeajeCruce Bayovar que ascienden a S/. 1,378.00 cada uno, D) Tramo: Desvío Bayovar, Piura - Sullana y Piura - Paita que asciende a S/. 17,998.00, y E) Tramo: Noria Zapata,Piura - Sechura, Ovalo Bayovar, Emp. R1B Chulucanas que asciende a S/., 1,354.00, señalándose el valor refe- rencial total del proceso de selección que asciende aS/. 23,486.00, cumpliéndose con lo señalado por el artí- culo 27º del Reglamento citado; Que, si bien de las Bases se desprende que la Adjudi- cación de Menor Cuantía Nº 0020-2003-MTC/20-PRO- VÍAS NACIONAL ZP es un proceso de selección según relación de ítems, el Comité Especial Permanente almomento de efectuar la evaluación técnica y económicala ha realizado como si fuera un solo proceso, contravi- niendo lo señalado por el artículo 16º del mencionadoReglamento; Que, el numeral 7.3 de las Bases de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0020-2003-MTC/20-PROVÍASNACIONAL ZP , señala que en la calificación de la expe- riencia del postor se otorgará: 15 puntos, si se tiene más de 5 años; 10 puntos, si se tiene de 5 años a dos años ymedio; 5 puntos, si se tiene de dos años y medio a un año; 0 puntos, si se tiene menos de un año; Que, de la revisión de las propuestas técnicas de Tec- nología de Materiales S.A. e Ingetrafic S.R.L. se desprende que si se toma en cuenta la fecha de constitución de dichas empresas, el Comité Especial Permanente debió otorgar-les 15 puntos en el rubro de experiencia del postor; Que, de acuerdo a lo señalado por el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección porcontravención de las normas legales, debiendo expre- sar en la resolución que expida la etapa a la que se retrotraerá el proceso, sólo hasta antes de la suscrip-ción del contrato; Que, en tal sentido, y habiéndose verificado la infrac- ción del artículo 16º del Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, y el numeral 7.3 de las Bases de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0020-2003- MTC/20-PROVÍAS NACIONAL ZP , corresponde declararnulo el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación de Menor Cuantía citada, debiendo retrotraerse el proceso hasta la etapa de evaluación de propuestas técnicas; Que, en consecuencia carece de objeto pronunciar- se sobre el recurso de apelación interpuesto por el pos- tor Tecnología de Materiales S.A.; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Re-glamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM y sus modificatorias y las Bases de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0020-2003-MTC/20-PROVÍASNACIONAL ZP; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar de oficio la nulidad del otorga- miento de la Buena Pro de la Adjudicación de MenorCuantía Nº 0020-2003-MTC/20-PROVÍAS NACIONAL ZP , para la adquisición de señales reguladoras, preventivas y reglamentarias, por los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución, debiendo retrotraerse el proceso hasta la etapa de evaluación de propuestas técnicas. Artículo 2º.- Declarar sin objeto pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto por el postor Tecnolo- gía de Materiales S.A. Artículo 3º.- Transcribir a los miembros del Comité Especial Permanente la presente Resolución. Artículo 4º.- La presente Resolución deberá ser pu- blicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 10840 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G6A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61/G73/G20/G79/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G2D /G6C/G65/G73/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G70/G72/G75/G65/G2D /G62/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G72/G20/G65/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F /G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G6E/G6F/G72/G61/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G4F/G6E/G64/G61/G20/G4D/G65/G64/G69/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 200-2003-MTC/03 Lima, 4 de junio de 2003