Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2003 (13/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, viernes 13 de junio de 2003

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 11º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, establece que cuando en el informe respectivo se identifiquen responsabilidades, MORDAZA estas de naturaleza administrativa funcional, civil o penal, las autoridades institucionales y aquellas competentes de acuerdo a Ley, adoptaran inmediatamente las acciones para el deslinde de la responsabilidad administrativa y aplicacion de la respectiva sancion, e iniciaran ante el fuero respectivo, aquellas de orden legal que consecuentemente correspondan a la responsabilidad senalada; Que, el literal f) del Articulo 15º de la Ley Nº 27785, establece como atribuciones del Sistema emitir como resultado de las acciones de control efectuadas, los Informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyendo prueba pre-constituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos informes; Que, asimismo, el Articulo 166º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, senala que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios tiene la facultad de calificar las denuncias que le MORDAZA remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir MORDAZA administrativo disciplinario; Estando a lo recomendado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios mediante el documento del Visto y conforme a lo dispuesto en los Articulos 150º, 151º, 153º, 163º, 166º y 173º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y la Resolucion Ministerial Nº 128-2002-PRODUCE; y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al senor MORDAZA MORDAZA Velasco, ex Director General de Administracion del ex Ministerio de Pesqueria, por su presunta responsabilidad administrativa en las observaciones contenidas en el Informe Nº 013-2001-02-0055, asi como por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Produccion, para que proceda conforme a sus funciones y atribuciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento. Articulo 3º.- Notificar la presente Resolucion al ex funcionario comprendido en el Articulo 1º de la presente Resolucion, otorgandosele el plazo de cinco (5) dias utiles contados a partir del dia siguiente de su notificacion personal, a efectos de que presente sus descargos, asi como las pruebas que estime conveniente para ejercer su defensa en la forma y modo establecido por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 11086

Que el Articulo 2 de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en aguas jurisdiccionales son patrimonio de la Nacion, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; Que el numeral 2.2 inciso a), del Articulo 2 del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE, establece que el acceso a la extraccion del calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas, se realiza mediante el otorgamiento de permiso de pesca y licencia de procesamiento a bordo, a traves de concursos, publicos de oferta de precios, entre otras modalidades, en la forma y condiciones que la administracion pesquera establezca para cada concurso y cuyas disposiciones seran aprobadas por Resolucion Ministerial; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 203-2003PRODUCE se autorizo la convocatoria a Concurso Publico de Oferta de Precios Nº 02-2003-PRODUCE, para el otorgamiento de permisos de pesca y licencia de procesamiento a bordo, cuando corresponda, para la operacion de barcos calamareros de bandera extranjera, disponiendo que la Comision conformada mediante la Resolucion Ministerial Nº 1542003-PRODUCE, queda encargada de llevar a cabo el mencionado Concurso Publico de Oferta de Precios, la misma que se encargara de su organizacion y ejecucion, desde la preparacion de las Bases del Concurso, formulara el aviso o avisos de convocatoria, cronograma del Concurso, absolucion de consultas, recepcion de ofertas, calificacion de postores, evaluacion de propuestas, establecera el orden de meritos y comunicara los resultados del concurso a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Reglamento del Concurso Publico de Oferta de Precios Nº 02-2003-PRODUCE, el mismo que contiene las condiciones y lineamientos para el desarrollo del MORDAZA y consta de 16 articulos, el cual forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion
REGLAMENTO DEL CONCURSO PUBLICO DE OFERTA DE PRECIOS Nº 02-2003-PRODUCE

Aprueban Reglamento del Concurso Publico de Oferta de Precios Nº 022003-PRODUCE sobre otorgamiento de permisos de pesca y licencia de procesamiento para barcos calamareros de bandera extranjera
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 221-2003-PRODUCE

Articulo 1º.- Ambito de aplicacion. Las disposiciones contenidas en la presente MORDAZA seran aplicables al Concurso Publico de Oferta de Precios Nº 02-2003-PRODUCE autorizada por Resolucion Ministerial Nº 203-2003-PRODUCE y constituyen el MORDAZA legal para la elaboracion de las Bases Administrativas y el desarrollo del proceso. Articulo 2º.- Del esfuerzo de pesca y cuota de captura adjudicable. 2.1 Para efectos del Concurso Publico de Oferta de Precios Nº 02-2003-PRODUCE, se establece como cuota total de captura nominal del recurso Calamar Gigante o Pota 70,000 TM. Asimismo, se establece como esfuerzo de pesca MORDAZA 12,915 de Tonelaje Neto en total, para un periodo de pesca de tres (3) meses.

MORDAZA, 12 de junio de 2003

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