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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (16/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 10

PÆg. 246076 NORMAS LEGALES Lima, lunes 16 de junio de 2003 nistrar la información respecto a la identidad del deudor tributario. 1.3 Si producto de dicha intervención se determina que la información relativa a los datos de la inscripción no se encuentra actualizada, el Fedatario Fiscalizador debe ela-borar el Acta Probatoria correspondiente, en la que dejaráconstancia expresa de la información no actualizada por eldeudor tributario. Copia de la referida acta será entregadaal sujeto intervenido, o en su defecto, al deudor tributario. 2. Procedimientos relacionados al otorgamiento de comprobantes de pago En el control de las obligaciones relacionadas al otor- gamiento de comprobantes de pago; el Fedatario Fiscali- zador podrá adquirir bienes o servicios para su consumo o no, de éste o de sus acompañantes. Luego de ello, elFedatario Fiscalizador acreditará su identificación con lacredencial a que se refiere el artículo 3º. El procedimiento para la intervención es el siguiente: 2.1. De la compra de bienes o servicios que no hu- bieran sido consumidos por el Fedatario Fiscalizador: Cuando se trate de la compra de bienes o servicios que no hubieran sido consumidos por el Fedatario Fiscalizador: 2.1.1. Si el deudor tributario o sujeto intervenido hubie- ra otorgado el comprobante de pago según las normasvigentes sobre la materia: a) El Fedatario Fiscalizador deberá proceder a la resti- tución del bien o bienes adquiridos al deudor tributario o sujeto intervenido, quien reciba los bienes se encuentra obligado a devolver al Fedatario Fiscalizador el dinero quese hubiera entregado por la operación realizada, bajo res-ponsabilidad del deudor tributario. b) El deudor tributario o sujeto intervenido anulará la operación y el comprobante de pago emitido, de acuerdo a las normas pertinentes, así como el Fedatario Fiscalizador otorgará la Nota de Devolución y/o Restitución que acredi-te tal hecho. c) Tratándose de servicios contratados por el Fedatario Fiscalizador pero no utilizados por éste, el deudor tributarioo sujeto intervenido anulará la operación y el comprobante de pago emitido, de acuerdo a las normas pertinentes, quien anule la operación se encuentra obligado a devolveral Fedatario Fiscalizador el dinero que se hubiera entrega-do por dicha operación, bajo responsabilidad del deudortributario. El Fedatario Fiscalizador procederá a emitir la Nota de Devo- lución y/o Restitución que acredite la devolución del dinero. 2.1.2. Si el deudor tributario o sujeto intervenido no hubiera otorgado el respectivo comprobante de pago uotorga un documento que no reúne los requisitos y/o ca- racterísticas para ser considerado como tal, conforme a los dispositivos sobre la materia: a) El Fedatario Fiscalizador debe elaborar el Acta Pro- batoria correspondiente, en la que dejará constancia ex-presa de los hechos que acrediten la comisión de la infrac- ción tributaria cometida, debiendo el sujeto intervenido, o en su defecto, el deudor tributario, firmar la misma. Copiade la referida acta será entregada a dicho sujeto. b) El Fedatario Fiscalizador debe proceder a restituir el bien o bienes adquiridos al deudor tributario o sujeto interveni-do, y quien reciba dicho bien o bienes se encuentra obligado a devolver el dinero entregado por el Fedatario Fiscalizador en la operación, bajo responsabilidad del deudor tributario. c) Tratándose de servicios contratados por el Fedatario Fiscalizador pero no utilizados por éste, el deudor tributarioo sujeto intervenido se encuentra obligado a devolver eldinero entregado por el Fedatario Fiscalizador en la opera- ción, bajo responsabilidad del deudor tributario. El Fedatario Fiscalizador procederá a emitir la Nota de Devolución y/o Restitución, que acredite la devolución deldinero. 2.2. Del consumo de bienes y/o el uso de servicios por el Fedatario Fiscalizador Cuando se trata del consumo de bienes y/o el uso de servicios:2.2.1. Si el deudor tributario o sujeto intervenido hubie- ra otorgado el comprobante de pago según las normasvigentes sobre la materia, el Fedatario Fiscalizador consig-nará en el reverso del original y copia del referido compro- bante, lo siguiente: - Sus apellidos y nombres, - Número de su documento de identidad, y;- Número de la credencial extendida por la SUNAT. Asimismo, si el Fedatario Fiscalizador obtuviera otro tipo de información con respecto a la operación efectuada, éstepodrá dejar constancia de dicha información en el Docu-mento respectivo, el mismo que deberá ser firmado por elsujeto intervenido, o en su defecto, por el deudor tributario. 2.2.2 Si el deudor tributario o sujeto intervenido no hubiera otorgado el respectivo Comprobante de Pago uotorga un documento que no reúne los requisitos y/o ca-racterísticas para ser considerado como tal, conforme a losdispositivos sobre la materia, el Fedatario Fiscalizador debeelaborar el Acta Probatoria correspondiente, en la que dejará constancia expresa de los hechos que acrediten la comisión de la infracción tributaria cometida, debiendo serfirmada la misma por el sujeto intervenido, o en su defecto,por el deudor tributario. Copia de la referida acta le seráproporcionada a dicho sujeto. En ninguno de los supuestos procede que el fedatario solicite la devolución del dinero entregado al deudor tribu- tario o sujeto intervenido en la operación realizada, ni quese devuelva el dinero recibido por la venta efectuada o elservicio prestado. 2.3. De las Operaciones presenciadas por el Feda- tario Fiscalizador Cuando el Fedatario Fiscalizador presencie que en la realización de las operaciones entre terceros, no se hubie-ra otorgado el respectivo comprobante de pago por la ven-ta de bienes y/o la prestación de servicios de expendio de comidas y/o bebidas efectuadas al tercero, o el documento otorgado no reúne los requisitos y/o características paraser considerado como tal, conforme a los dispositivos so-bre la materia: 2.3.1. El Fedatario Fiscalizador procederá a intervenir inmediatamente después de que el comprador o el usuario del servicio haya concluido con la compra del bien o elconsumo respectivo, y éste se haya retirado del local. Endicho momento el Fedatario Fiscalizador deberá identificar-se ante el comprador o usuario, a quien le solicitará elcomprobante de pago que sustenta la compra o el consu- mo realizado y que fuera presenciada por el Fedatario Fiscalizador. 2.3.2. De no poseer el citado comprador o usuario el respectivo Comprobante de Pago o el vendedor o el pres-tador del servicio le hubiera entregado un documento queno reúne los requisitos y/o características para ser consi- derado como tal conforme a los dispositivos sobre la mate- ria, el Fedatario Fiscalizador retornará al local del deudortributario en el cual presenció la operación conjuntamentecon el tercero y se identificará con el vendedor o el presta-dor del servicio intervenido . 2.3.3. Luego de la identificación antes mencionada, el Fedatario Fiscalizador verificará los comprobantes de pago emitidos por el vendedor o el prestador del servicio interve-nido correspondientes al día en que realiza la intervencióny de no encontrarse emitido el comprobante de pago por laoperación efectuada o el documento no reúne los requisi-tos y/o características para ser considerado como tal, se procederá a elaborar el Acta Probatoria al vendedor o el prestador del servicio, en la que dejará constancia expresade los hechos presenciados y comprobados que acreditenla comisión de la infracción tributaria cometida. La citadaActa deberá ser firmada por el vendedor o el prestador delservicio intervenido, a quien se le proporcionará una copia de la misma. 2.3.4. Con relación al comprador o al usuario que no posea el comprobante de pago que sustente la posesiónde los bienes o el consumo realizado, el Fedatario Fiscali-zador aplicará el procedimiento establecido en el numeral3.3 ó 3.4 del presente artículo, según corresponda. La intervención realizada al comprador o usuario puede ser de carácter preventivo. 2.3.5. El vendedor o el prestador del servicio interveni- do que no otorgó el comprobante de pago respectivo de-