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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (16/06/2003)

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PÆg. 246093 NORMAS LEGALES Lima, lunes 16 de junio de 2003 1. Para Fabricación a. De acuerdo al plazo establecido en el Reglamento se presentará: - Constancia expedida por la Municipalidad de la juris- dicción, indicando ubicación del taller o fábrica en zonaexclusiva y permanente. - Plan de Seguridad y de Contingencia que incluya cada una de las etapas de fabricación, copia del plano de distribución del taller o fábrica y los croquis de ubicación de los equipos contra-incendios y primeros auxilios. - Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) Colectivo para el caso de Talleres que se encuentren en un mismo ParqueIndustrial o Zona Exclusiva; y en el caso de Fábrica, unEstudio de Impacto Ambiental (E.I.A.). - Relación de los productos pirotécnicos que se van a fabricar y que se encuentren registrados en la DICSCA-MEC. b. A la vigencia de la Directiva se presentará: - Relación de trabajadores. - Seguro para sus trabajadores y en el caso de produc- tos detonantes seguro contra terceras personas y daños ala propiedad. - Diagrama de Flujo de Fabricación (representación grá- fica de las etapas de fabricación). - Libro de registro de materia prima e insumos químicos adquiridos o elaborados y utilizados en la fabricación deproductos pirotécnicos. - Libro de registro de productos pirotécnicos terminados indicando destino final (venta o uso). 2. Para Depósito a. A la vigencia de la Directiva se presentará:- Copia del Testimonio de Constitución de la Empresa inscrito en los Registros Públicos. - Copia del Poder del Representante legal de la empre- sa. - Declaración Jurada del Representante legal de la em- presa de no tener antecedentes policiales, penales, ni judi-ciales. - Constancia expedida por la Municipalidad competen- te, indicando la ubicación del depósito. - Relación de trabajadores.- Póliza de Seguro para sus trabajadores. En el caso de productos detonantes además póliza de Seguro contraterceros (Personas y daños a la propiedad). b. En un plazo máximo de 30 días calendario se presentará: - El Plan de Seguridad y de Contingencia del almacén, copia de los Planos de distribución del depósito y croquisde ubicación de los equipos contra-incendios y primerosauxilios. 3. Para Importación A la vigencia de la Directiva se presentará:- Relación y cantidad de productos pirotécnicos a im- portar por cada tipo de producto adjuntando catálogos. - Cantidad anual estimada por cada tipo de productos pirotécnicos. - Relación de trabajadores.- Seguro de vida para sus trabajadores y en el caso de productos detonantes seguro contra terceras personas y daños a la propiedad. - Hoja de Seguridad de cada producto expedida por el fabricante en idioma español. - Libro de registro de ventas de productos pirotécnicos, para su visación. 4. Para Exportación A la vigencia de la Directiva se cumplirá con los requisi- tos establecidos en el párrafo IV. G.5 de la misma. 5. Para Transporte En tanto el Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes aperture y autorice el Registro de Vehículos para el Transporte de Productos Pirotécnicos, dentro del plazode adecuación establecido en el Reglamento de la LeyNº 27718, el transporte de dichos productos se podrárealizar en vehículos autorizados para el Transporte de Explosivos. 6. Para la comercialización de productos pirotécni- cos con fines industriales A la vigencia de la Directiva se presentará: - Relación de los productos pirotécnicos a comercializar - Relación de trabajadores. - Seguro para sus trabajadores y en el caso de produc- tos detonantes seguro contra terceras personas y daños a la propiedad. - Relación y cantidad de productos pirotécnicos autori- zados, adjuntando catálogos. - Hoja de Seguridad de cada producto. - Libro de registro de ventas de productos pirotécnicos para su visado 7. Para la Comercialización de espectáculosA la vigencia de la Directiva se presentará:- Consumo anual previsto de los productos pirotécnicos a emplear por tipo de producto - Relación de trabajadores. - Seguro para sus trabajadores y en el caso de produc- tos detonantes seguro contra terceras personas y daños a la propiedad. - Relación de productos pirotécnicos autorizados, ad- juntando catálogos. - Libro de Registro de Ventas para su visación. En un plazo máximo de 10 días calendario se pre- sentará: - Hoja de Seguridad por cada producto.V. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASA. Las Jefaturas Departamentales DICSCAMEC y las Delegaciones Departamentales y Provinciales de Apoyo Policial a la DICSCAMEC; expedirán las Autorizaciones para la realización de espectáculos pirotécnicos y trans- porte de productos pirotécnicos en el ámbito de su juris- dicción. En Lima Metropolitana y Callao, la expedición de estas Autorizaciones estará a cargo de la Sede Cen- tral-DICSCAMEC. B. La Sede Central y Jefaturas Departamentales DICS- CAMEC; así como, las Delegaciones Departamentales y Provinciales de Apoyo Policial a la DICSCAMEC manten- drán permanente coordinación con las autoridades y enti- dades competentes para el estricto cumplimiento de las actividades de pirotecnia. C. Las personas naturales o jurídicas que cuenten con productos pirotécnicos de uso industrial o recreativo que se encuentren deteriorados o vencidos, deberán obligato- riamente ponerlos a disposición de la DICSCAMEC para su destrucción Lima 14 de abril del 2003.11288 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones de las Unidades Ejecutoras 006 y 007 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 450-2003-MTC/02 Lima, 13 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC se creó el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte