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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (16/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 246090 NORMAS LEGALES Lima, lunes 16 de junio de 2003 mento D.S. Nº 009-97-SA, sean presentadas teniendo en consideración la actividad que se desarrolle y tipo de pro-ducto a emplear, según el detalle siguiente: 1. Para productos pirotécnicos deflagrantes una póliza de seguro para sus trabajadores en las actividades defabricación, importación, exportación, depósito, transpor-te, uso en espectáculos y uso industrial. 2. Para productos pirotécnicos detonantes una póliza de seguro para sus trabajadores y póliza de seguro contra terceros (personas y daños a la propiedad) en las activida- des de fabricación, importación, exportación, depósito,transporte, uso en espectáculos y uso industrial. 3. Para la comercialización relacionada a la contrata- ción de servicios de espectáculos y/o oferta de productospirotécnicos industriales que se realice en oficina de venta, donde sólo se deben exhibir catálogos o armazones des- activados no se exigirá póliza de seguro (ANEXO 11). 4. La póliza de seguro será exigida para cada actividad que solicite autorización. 5. El administrado (usuario) que se dedique a más de una actividad pirotécnica podrá presentar una sola póliza de seguro de conformidad al tipo de producto y previo acuerdo con la compañía de seguro respectiva. F. REGISTROSLa DICSCAMEC tendrá a su cargo los siguientes regis- tros: 1. De Productos Pirotécnicos Autorizados. 2. De Productos Pirotécnicos Prohibidos. 3. De autorización específica para realizar un espectá- culo pirotécnico. (Permiso de quema). 4. De Fabricantes de productos pirotécnicos. 5. De Importadores de productos pirotécnicos. 6. De Exportadores de productos pirotécnicos. 7. De Comercializadores de productos pirotécnicos de uso industrial 8. De Comercializadores de servicios de espectáculos pirotécnicos. 9. De Transportistas de productos pirotécnicos. 10. De personas naturales o jurídicas que emplean pro- ductos pirotécnicos en usos técnicos diversos. 11. De carné en medidas de seguridad otorgado por DICSCAMEC 12. De locales destinados a la oferta de espectáculos pirotécnicos. 13. De Guías de Tránsito expedida por la DICSCAMEC. 14. De Aduanas autorizadas para la importación y/o exportación de productos pirotécnicos. 15. Otros, de acuerdo a las necesidades. Los datos que se deben consignar en cada uno de los registros mencionados se precisan en el ANEXO 12 . G. REQUISITOS PARA LA AUTORIZACION DE CADA ACTIVIDAD PIROTECNICA La DICSCAMEC autoriza a las personas naturales o jurídicas que se dediquen a las actividades de fabricación,importación, exportación, transporte, almacenamiento, co-mercialización de servicios de espectáculos pirotécnicos ycomercialización de productos pirotécnicos de uso indus- trial, para lo cual previamente deberán cumplir los siguien- tes requisitos: 1. FABRICACIÓNa. Requisitos para autorizar la instalación de taller o fábrica (1) Solicitud dirigida a la DICSCAMEC (ANEXO 13) . (2) Copia del Testimonio de Constitución de la Empresa inscrito en los Registros Públicos. (3) Copia del Poder del Representante legal de la em- presa. (4) Declaración Jurada del Representante legal de la empresa de no tener antecedentes policiales, penales, nijudiciales. (5) Constancia expedida por la Municipalidad de la juris- dicción indicando ubicación del taller o fábrica en zona exclusiva y permanente. (6) Croquis de ubicación del taller o fábrica. (7) Presentar copia del Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) Colectivo para el caso de Talleres que se en-cuentren en un mismo Parque Industrial o Zona Exclusi- va; y en el caso de Fábrica, un Estudio de Impacto Am- biental (E.I.A.) b. Requisitos para funcionamiento del taller o fábri- ca (1). Solicitud dirigida a la DICSCAMEC (ANEXO 14). (2). Presentar Hoja de Seguridad de cada producto pirotécnico (ANEXO 15). (3). Muestras de cada producto pirotécnico y/o acceso- rios requeridos para el análisis (ANEXO 16). (4). Presentar la relación de los productos pirotécnicos a fabricar y que se encuentren registrados en la DICSCA- MEC. (5). Relación de trabajadores. (6). Póliza de Seguro para sus trabajadores. En el caso de productos detonantes además póliza de Seguro contra terceros (Personas y daños a la propiedad). (7). Plan de Seguridad y de Contingencia que incluya cada una de las etapas de fabricación, copia del Plano de Distribución de Planta del taller o fábrica y croquis de ubi-cación de los equipos contra-incendios y primeros auxilios. (8). Libro de Registro de materia prima e insumos quími- cos, adquiridos o elaborados y utilizados en la fabricaciónde productos pirotécnicos (ANEXO 17). (9). Libro de Registro de productos pirotécnicos termi- nados indicando destino final, venta o uso (ANEXO 18). (10). Diagrama de Flujo de Producción (representación gráfica de las etapas de fabricación de cada producto piro- técnico). (11). Informe técnico del análisis integral de cada pro- ducto pirotécnico. (12). Proyección de la fabricación anual de productos pirotécnicos ( ANEXO 19). La renovación para la autorización de funcionamiento será cada cinco años, cuyos requisitos estarán considera- dos en el TUPA DICSCAMEC. Toda modificación en la composición química, tamaño, material de confinamiento o presentación de un producto pirotécnico, requerirá de autorización previa. c. Determinación de la cantidad de fabricación de productos pirotécnicos Los administrados (usuarios) que soliciten autorización para la fabricación de productos pirotécnicos, deberán pre- sentar entre el 1 y 15 de enero de cada año, la cantidad anual de producción proyectada; o dentro de los 15 díasposteriores a su autorización de instalación. La cantidad de producción de productos pirotécnicos se determinará en función a la demanda estimada por eladministrado y la capacidad de almacenamiento del taller o fábrica. La producción diaria no deberá exceder la capacidad de almacenamiento del taller o fábrica de conformidad con lo establecido en el artículo 15º del Reglamento. 2. DEPÓSITO Las autorizaciones para depósito de productos pirotéc- nicos sólo se expedirán a las empresas comercializadoras de servicios de espectáculos pirotécnicos o de uso indus- trial. Los requisitos son: (1). Solicitud dirigida a la DICSCAMEC (ANEXO 20). (2). Copia del Testimonio de Constitución de la Empresa inscrito en los Registros Públicos. (3). Copia del Poder del Representante legal de la em- presa. (4). Declaración Jurada del Representante legal de la empresa de no tener antecedentes policiales, penales, ni judiciales. (5). Constancia expedida por la Municipalidad compe- tente, indicando la ubicación del depósito. (6). Relación de trabajadores. (7). Póliza de Seguro para sus trabajadores. En el caso de productos detonantes además póliza de Seguro contra terceros (Personas y daños a la propiedad). (8). Plan de Seguridad y de Contingencia del local, copia de los Planos de distribución del depósito y croquis de ubicación de los equipos contraincendios y primerosauxilios. (9). Libro de Registro de ingreso y salida de productos pirotécnicos (ANEXO 21).