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PÆg. 246077 NORMAS LEGALES Lima, lunes 16 de junio de 2003 berá extenderlo al comprador o usuario por la operación realizada con éste. De negarse a la emisión de dicho docu-mento o no cuente con los comprobantes de pago respec-tivos para ser entregados al comprador o usuario, se deja- rá constancia de tal hecho en el Acta respectiva. Para el presente caso no procede la anulación de la operación. 2.3.6. En el caso que el vendedor o el prestador del servicio intervenido no se identifique o no quiera firmar elActa respectiva, deberá dejarse constancia expresa de talhecho en dicho Documento. Asimismo, el Fedatario Fisca- lizador dejará constancia en el Acta respectiva cuando el comprador o usuario no se identifique. Para efectos del presente numeral, entiéndase por ven- dedor o prestador del servicio, al sujeto que realizó la ope-ración en el local del deudor tributario, pudiendo inclusive ser el mismo deudor. 2.4. De la entrega de comprobantes de pago de otro régimen o tipo de operación realizada Cuando el deudor tributario o sujeto intervenido hubiera otorgado el comprobante de pago, pero éste no correspon- de al régimen del deudor tributario o al tipo de operaciónrealizada, de conformidad con las leyes y reglamentos: 2.4.1. El Fedatario Fiscalizador debe elaborar el Acta Probatoria correspondiente, en la que dejará constancia expresa de los hechos que sean relevantes para acreditar la comisión de la infracción tributaria cometida, la mismaque deberá ser firmada por el sujeto intervenido, o en sudefecto, por el deudor tributario. Copia de la referida actaserá entregada a dicho sujeto. 2.4.2. Serán de aplicación los procedimientos señala- dos en los incisos b) y c) del numeral 2.1.2. y el último párrafo del numeral 2.2. del presente artículo, según co-rresponda. En todos los casos el Fedatario Fiscalizador sequedará con la copia que corresponde al adquiriente ousuario. El Fedatario Fiscalizador se identificará ante el sujeto intervenido, o en su defecto, ante el deudor tributario, al momento de retornar al local intervenido. El retorno a dicholocal puede efectuarse en el mismo día o en los siguientessi el local estuviese cerrado o el motivo del retraso seaimputable al deudor tributario y/o sujeto intervenido, estoshechos constarán en el Documento levantado. 3. Procedimiento relacionado con la remisión, tras- lado, posesión de productos o bienes y prestación deservicios En el control de las obligaciones relacionadas a la remi- sión, traslado de bienes y la posesión de productos o bie- nes, en la prestación de servicios así como en la de susten-tar la posesión de productos o bienes gravados mediantelos comprobantes de pago que acrediten su adquisición olos servicios recibidos; el procedimiento para la interven-ción es el siguiente: 3.1. Al momento de iniciar la intervención el Fedatario Fiscalizador se identificará ante el sujeto intervenido, o ensu defecto, ante el deudor tributario. 3.2. De la remisión y traslado de productos o bienes Si al momento de la intervención el deudor tributario o el sujeto intervenido no exhibe el comprobante de pago,guía de remisión y/u otro documento previsto por las nor-mas para sustentar el traslado o remisión de los bienes, oexhibe documentos que no reúnen los requisitos y/o carac- terísticas para ser considerados como comprobantes de pago o guías de remisión, u otro documento que carezcade validez: 3.2.1. El Fedatario Fiscalizador debe elaborar el Acta Probatoria correspondiente, en la que dejará constancia expresa de los hechos que acrediten la comisión de la infracción tributaria cometida, la misma que deberá ser fir-mada por el sujeto intervenido, o en su defecto, por eldeudor tributario. Copia de la referida acta será entregadaa dicho sujeto. 3.2.2. Ejecutará y/o aplicará la sanción correspondien- te, de acuerdo a lo establecido en el Código Tributario. 3.2.3. De tratarse de la sanción de comiso de bienes o de internamiento temporal de vehículos, se aplicarán losprocedimientos establecidos en las normas respectivas.3.3. De la posesión de productos o bienes Si al momento de la intervención el deudor tributario o sujeto intervenido no exhibe el comprobante de pago y/u otro documento previsto por las normas para sustentar la posesión de productos o bienes, o exhibe documentosque no reúnen los requisitos y/o características para serconsiderados como comprobantes de pago u otro docu-mento que carezca de validez: 3.3.1. El Fedatario Fiscalizador debe elaborar el Acta Probatoria correspondiente, en la que dejará constanciaexpresa de los hechos que acrediten la comisión de lainfracción tributaria cometida, debiendo firmar la misma elsujeto intervenido, o en su defecto, el deudor tributario.Copia de la referida acta será entregada a dicho sujeto. 3.3.2. Se ejecutará y/o aplicará la sanción correspon- diente, de acuerdo a lo establecido en el Código Tributario. 3.3.3. De tratarse de la sanción de comiso de bienes, se aplicará lo dispuesto en el Código Tributario y normasmodificatorias, así como las normas de comiso contenidasen las Resoluciones de Superintendencia respectivas. 3.4. De los servicios recibidos Si al momento de la intervención el deudor tributario o sujeto intervenido no exhibe el comprobante de pago paraacreditar el servicio recibido, o exhibe documentos que no reúnen los requisitos y/o características para ser conside- rados como comprobantes de pago, el Fedatario Fiscaliza-dor debe elaborar el Acta Probatoria correspondiente, enla que dejará constancia expresa de los hechos que acre-diten la comisión de la infracción tributaria cometida, de-biendo firmar la misma el sujeto intervenido, o en su defec- to, el deudor tributario. Copia de la referida acta será entregada a dicho sujeto.4. Procedimiento de obtención de información Para efectos de obtener la información referente a los precios de bienes y servicios, el procedimiento es el si-guiente: 4.1 El Fedatario Fiscalizador designado para tal fin, se identificará ante el deudor tributario o sujeto intervenido al inicio de la intervención. 4.2 Luego de efectuada la consulta de los precios de los bienes y/o servicios, se levantará el Documento corres-pondiente en el que se indique como mínimo, la identifica-ción del deudor tributario, la fecha, la descripción y canti-dad del bien y/o servicio, el precio informado y la unidad monetaria, así como se identificará al sujeto intervenido. Copia del referido Documento será entregada al sujetointervenido, o en su defecto, al deudor tributario. 4.3 Los Documentos elaborados con motivo de otras intervenciones del Fedatario Fiscalizador serán válidos comoinformación de precios obtenida, siempre y cuando cum- plan con los requisitos mínimos señalados en el numeral 4.2. 5. Otros ProcedimientosCon respecto a las funciones señaladas en los incisos b), c), d) y g) del artículo 4°, el procedimiento para la inter- vención es el siguiente: 5.1 El Fedatario Fiscalizador se identificará ante el deu- dor tributario o sujeto intervenido, al momento de iniciar laintervención. 5.2 El Fedatario Fiscalizador debe elaborar el Acta co- rrespondiente, en la que dejará constancia de los hechosque comprueba en la intervención, la misma que será fir-mada por el sujeto intervenido, o en su defecto, por eldeudor tributario. Copia de la referida acta será entregadaa dicho sujeto. 5.3 Asimismo, el Fedatario Fiscalizador puede elaborar otros Documentos que complementen la labor efectuada. 5.4 La inmovilización de bienes de cualquier naturale- za, se aplicará cuando se presuma la existencia de eva-sión tributaria, conforme lo dispuesto en el Código Tribu-tario. 6. Para verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, el Fedatario Fiscalizador podrá consultar en lossistemas informáticos de la SUNAT.