Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2003 (21/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 21 de junio de 2003

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Vistos, los expedientes de registros Nºs. 0459406, 0323306, 0502106, 0597406 y 0567206; los Informes Nºs 559, 558, 557, 556, y 555-2003-MTC/15.03.AA elaborados por el Area de Antecedentes del Conductor de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir, los Memorandos Nºs. 796, 797, 798, 799 y 800-2003-MTC/15.03 de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial y el Informe Nº 1570-2003-MTC/15.AL de la Direccion de Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre; CONSIDERANDO: Que, las Comisarias de la Policia Nacional del Peru que a continuacion se indican, mediante los siguientes oficios han remitido a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial de la Direccion General de Circulacion Terrestre, los originales de Licencias de Conducir para su verificacion correspondiente:
Comisaria MORDAZA MORDAZA Condevilla Senor Bellavista MORDAZA Oro Independencia Oficio Nº 372-JPME-2-CSE-SIAT-SJL 492-JMLN-01-CCS-SIAT 408-2002-JPC-PNP-CB-SIAT 1347-JMLN-1-CSO-SIAT 632-02-JPMN-2-CI-SIAT Licencia Nº AC-0351271/AII AB-0925104/AI AE-0015131/AII AB-0139375/AIII AE-0210477/AII

Que, de la revision de la Base de Datos del Centro de Computo, Antecedentes Registrales y Padron General de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial de la Direccion General de Circulacion Terrestre, se ha constatado que las personas que figuran en las Licencias de Conducir remitidas por la Policia Nacional del Peru, no son titulares de las mismas y, por lo tanto, dichos documentos han sido falsificados:
Licencia AC-0351271/AII AB-0925104/AI AE-0015131/AII AB-0139375/AIII AE-0210477/AII A nombre de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA WONG, MORDAZA MORDAZA INCHICSANA ANO, MORDAZA MORDAZA BARROSSO, MORDAZA MORDAZA

Que, los hechos descritos constituirian delito contra la fe publica conforme lo tipifica el Codigo Penal, por lo que resulta pertinente autorizar al Procurador Publico de este Ministerio para que inicie las acciones legales correspondientes contra las personas mencionadas y los que resulten responsables; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decretos Leyes Nºs 17537 y 17667 y Decreto Supremo Nº 0412002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que inicie y culmine las acciones legales contra MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Alberto; MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Luis; MORDAZA WONG, MORDAZA Carlos; INCHICSANA ANO, Romulo; MORDAZA BARROSO, MORDAZA MORDAZA, y contra los que resulten responsables por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 11697

Incorporan tramos a la Red Vial Nacional 3N y a la Red Vial Departamental del departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 473-2003-MTC/02 MORDAZA, 19 de junio de 2003

Que, en aplicacion de la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, corresponde al Sector, disenar, normar y ejecutar la politica de promocion y desarrollo en materia de Transportes y Comunicaciones; Que, por Decreto Supremo Nº 09-95-MTC, se aprobo el Clasificador de Rutas del MORDAZA, senalando que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones actualizara dicho clasificador mediante Resolucion Ministerial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-98-MTC, se declaro de necesidad publica y de prioritario interes nacional la construccion de la carretera: Conococha - Mojon Suyan - Yanasalla - Nodo - Lagunas - Centro Minero Antamina de 113+000 Km. de longitud, asi como todos los tramos comprendidos en el expediente tecnico aprobado por Resoluciones Directorales Nº 1061 y 1062-2000-MTC/15.17, quedando encargado el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de aprobar y realizar las medidas correspondientes a fin de proceder a la ejecucion de la mencionada carretera; Que, con fecha 9 de diciembre de 1998, la Compania Minera Antamina S.A. y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscribieron el "Convenio de Colaboracion de Recursos para la Construccion de la Carretera Conococha - Mojon - Suyan - Yanasalla - Nodo - Lagunas - Centro Minero Antamina", a traves del cual la referida Empresa se comprometio a obtener todos los derechos de propiedad, de paso y servidumbres requeridos para llevar a cabo la construccion de dicha carretera, asi como financiar la obra integramente. La carretera se encuentra ubicada en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA, debiendo una vez construida la mencionada carretera y de acuerdo con el referido convenio, proceder a la entrega de la misma a fin de que se integre a la Red Vial Nacional; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 020-2003MTC/14. se aprobaron las Actas de Recepcion de la Carretera Acceso a Minas Antamina, Tramo: Ruta Sur, Conococha - Huanzala y Tramo Ruta Norte: Huanzala Antamina, construida por la Compania Minera Antamina S.A., por lo que y a su solicitud, este Ministerio de conformidad con la Resolucion Ministerial Nº 403-2003MTC/02 constituyo con fecha 30 de MORDAZA del 2003, una servidumbre sobre la referida carretera en beneficio del mineroducto instalado en la citada carretera, cuya concesion fuera otorgada por Resolucion Directoral Nº 20999-EM/DGM; Que, la misma Resolucion Directoral Nº 020-2003-MTC/ 14 encargo a las Direcciones de Normatividad y Desarrollo Vial para que en coordinacion con PROVIAS NACIONAL, inicien los procedimientos de incorporacion a la Red Vial Nacional de los Tramos: Mojon - Desvio Aquia (By Pass), Desvio Huanzala - Antamina; asi como efectuar los demas actos y disposiciones necesarias; Que, debiendose incorporar en la Red Vial Nacional 3N el Tramo: Variante Mojon - Desvio Aquia (By Pass) de 16+700 Km. de longitud, asi como a la Red Vial Departamental del departamento de MORDAZA al Tramo comprendido entre Desvio Huanzala - Antamina con 41+229 Km. de longitud y Antamina - Empalme Ruta Departamental 105 (San Marcos), con 28+000 Km. de longitud, resulta pertinente expedir el acto administrativo del caso; De conformidad con la Ley Nº 27791, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado Decreto Supremo Nº 041-2002MTC y el Decreto Supremo Nº 09-95-MTC; Con la opinion favorable de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorporar a la Red Vial Nacional 3N el Tramo: Variante Mojon - Desvio Aquia (By Pass) de 16+700 Km. de longitud, asi como a la Red Vial Departamental del departamento de MORDAZA al Tramo comprendido entre Desvio Huanzala - Antamina con 41+229 Km. de lon-

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