Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2003 (21/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, sabado 21 de junio de 2003
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo con la Ley Nº 27783 "Ley de Bases de la Descentralizacion", el Consejo Nacional de Descentralizacion es un organismo independiente y descentralizado, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros cuya principal funcion es dirigir y conducir el MORDAZA de descentralizacion; Que, con fecha 16 de MORDAZA del 2003, se otorgo la buena pro a la empresa Servicios Integrados de Limpieza S.A. - SILSA, sin embargo dicha adjudicacion fue impugnada por la empresa Sanidad y Limpieza Industrial Peruana S.A. y Limpieza y Apoyo de Personal S.A. - LIMASA; Que, dichas impugnaciones fueron resueltas mediante Resolucion Presidencial Nº 067-CND-P-2003, de fecha 12 de MORDAZA del 2003, mediante la cual se resuelve la nulidad del MORDAZA y que se retrotraiga hasta la evaluacion de propuestas economicas a fin de que se declare desierto el mencionado proceso; Que, el MORDAZA Adjudicacion Directa Publica Nº ADP0001-2003-CND "Contratacion del Servicio de Limpieza", de conformidad con la Resolucion Presidencial Nº 067CND-P-2003, fue declarado desierto con fecha 28 de MORDAZA del 2003, habida cuenta que solo quedo una oferta valida; no obstante ello, se llevara a cabo la MORDAZA convocatoria; Que, es evidente que la carencia del servicio de limpieza en el Consejo Nacional de Descentralizacion compromete en forma directa e inminente las actividades de esta Entidad en vista de que dicho servicio garantiza la limpieza de los bienes y areas de este Consejo Nacional lo cual se tipifica con situacion de urgencia; Que, el Informe Tecnico Legal Nº 009-2003-CND-GAF, de fecha 6 de junio del 2003, expone la necesidad de exonerar la contratacion del servicio de limpieza del respectivo MORDAZA de seleccion, via MORDAZA de menor cuantia, por un valor referencial de S/. 17,215.00 y por el plazo de noventa (90) dias calendario, periodo en el cual se realizara la MORDAZA convocatoria de la Adjudicacion Directa Publica Nº ADP-001-2003-CND; Que, al haberse configurado la causal prevista en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente exonerar el servicio de limpieza, de la realizacion de una Adjudicacion Directa Selectiva, debiendo realizarse para tal efecto una Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, asimismo el articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordado con el articulo 108º de su Reglamento, establecen que se configura situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la adquisicion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, en ese sentido, se llevara a cabo la MORDAZA convocatoria de la Adjudicacion Directa Publica Nº ADP001-2003-CND para la contratacion del servicio de limpieza, el mismo que se estaria adjudicando y firmando el contrato en el plazo MORDAZA de tres (3) meses; Que, de conformidad con el inciso a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la exoneracion del MORDAZA de seleccion, debe ser aprobada por resolucion del Titular del Pliego; Que, de acuerdo con lo establecido por el articulo 23º de la Ley Nº 27783 "Ley de Bases de la Descentralizacion" en concordancia con lo dispuesto por el articulo 4º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Presidente del Consejo Nacional de Descentralizacion, es el titular del Pliego Presupuestario, por lo que le corresponde autorizar la mencionada exoneracion; Que, el articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que el Titular de la Entidad determinara la dependencia u organo que se encargara de realizar las adquisiciones exoneradas; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR, en situacion de Urgencia la contratacion del servicio de limpieza de las oficinas de la sede del Consejo Nacional de Descentralizacion. Articulo 2º.- EXONERAR del MORDAZA de Seleccion correspondiente por situacion de urgencia, relativa a la contratacion del servicio limpieza.

Articulo 3º.- AUTORIZAR al Area de Administracion y Finanzas para realizar la contratacion del servicio de limpieza por el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia por el periodo de noventa (90) dias calendario y hasta por el monto de S/. 17,215.00 (Diecisiete Mil Doscientos Quince con 00/100 Nuevos Soles), los cuales seran financiados con recursos ordinarios. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion y los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes de la emision de la presente resolucion. Articulo 5º.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 11713

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Aprueban plano del area arqueologica Monumento Arqueologico Chavin Nº 001, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 290/INC
MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 153, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 10, de fecha 10 de marzo de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante Acuerdo Nº 153, de fecha 10 de marzo de 2003, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura aprobar el Plano del Area Arqueologica Monumento Arqueologico Chavin Nº 001, de fecha enero de 2003, a escala 1/1000, con un area de 14.79 hectareas y un perimetro de 1,911.014 metros lineales, ubicado en la localidad de Chavin, distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Con las visaciones de la Direccion Ejecutiva, Direccion General de Patrimonio Arqueologico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 014-2003-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funcioes del Instituto Nacional de Cultura", Resolucion Directoral Nacional Nº 2102003-INC que dispone la utilizacion de las denominaciones establecidas en el Cuadro de Asignacion de Personal del Instituto Nacional de Cultura y la Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plano del Area Arqueologica Monumento Arqueologico Chavin Nº 001 de fecha enero de 2003, a escala 1/1000, con un area de 14.79 hectareas y un perimetro de 1,911.014 metros lineales, ubicado en la localidad de Chavin, distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash.

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