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PÆg. 246399 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con la Ley Nº 27783 "Ley de Bases de la Descentralización", el Consejo Nacional de Descentralizaciónes un organismo independiente y descentralizado, adscrito ala Presidencia del Consejo de Ministros cuya principal funciónes dirigir y conducir el proceso de descentralización; Que, con fecha 16 de abril del 2003, se otorgó la bue- na pro a la empresa Servicios Integrados de Limpieza S.A.- SILSA, sin embargo dicha adjudicación fue impugnadapor la empresa Sanidad y Limpieza Industrial Peruana S.A.y Limpieza y Apoyo de Personal S.A. - LIMASA; Que, dichas impugnaciones fueron resueltas mediante Resolución Presidencial Nº 067-CND-P-2003, de fecha 12de mayo del 2003, mediante la cual se resuelve la nulidaddel proceso y que se retrotraiga hasta la evaluación depropuestas económicas a fin de que se declare desierto elmencionado proceso; Que, el proceso Adjudicación Directa Pública Nº ADP- 0001-2003-CND "Contratación del Servicio de Limpieza",de conformidad con la Resolución Presidencial Nº 067-CND-P-2003, fue declarado desierto con fecha 28 de mayodel 2003, habida cuenta que sólo quedó una oferta válida;no obstante ello, se llevará a cabo la segunda convocato-ria; Que, es evidente que la carencia del servicio de limpie- za en el Consejo Nacional de Descentralización compro-mete en forma directa e inminente las actividades de estaEntidad en vista de que dicho servicio garantiza la limpiezade los bienes y áreas de este Consejo Nacional lo cual setipifica con situación de urgencia; Que, el Informe Técnico Legal Nº 009-2003-CND-GAF, de fecha 6 de junio del 2003, expone la necesidad deexonerar la contratación del servicio de limpieza del res-pectivo proceso de selección, vía proceso de menor cuan-tía, por un valor referencial de S/. 17,215.00 y por el plazode noventa (90) días calendario, período en el cual serealizará la segunda convocatoria de la Adjudicación Direc-ta Pública Nº ADP-001-2003-CND; Que, al haberse configurado la causal prevista en el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resultaprocedente exonerar el servicio de limpieza, de la realiza-ción de una Adjudicación Directa Selectiva, debiendo rea-lizarse para tal efecto una Adjudicación de Menor Cuantía; Que, asimismo el artículo 21º de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado concordado con el artí-culo 108º de su Reglamento, establecen que se configurasituación de urgencia cuando la ausencia extraordinaria eimprevisible de determinado bien o servicio compromete enforma directa e inminente la continuidad de los serviciosesenciales o de las operaciones productivas que la Enti-dad tiene a su cargo, facultando dicha situación a la adqui-sición de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo ocantidad, según sea el caso, necesario para llevar a caboel proceso de selección que corresponda; Que, en ese sentido, se llevará a cabo la segunda convocatoria de la Adjudicación Directa Pública Nº ADP-001-2003-CND para la contratación del servicio de limpie-za, el mismo que se estaría adjudicando y firmando elcontrato en el plazo máximo de tres (3) meses; Que, de conformidad con el inciso a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PCM, la exoneración del proceso de selección,debe ser aprobada por resolución del Titular del Pliego; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 23º de la Ley Nº 27783 "Ley de Bases de la Descentralización"en concordancia con lo dispuesto por el artículo 4º delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, el Presidente del Consejo Nacional de Descen-tralización, es el titular del Pliego Presupuestario, por loque le corresponde autorizar la mencionada exoneración; Que, el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median-te Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que el Titu-lar de la Entidad determinará la dependencia u órgano quese encargará de realizar las adquisiciones exoneradas; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DECLARAR, en situación de Urgencia la contratación del servicio de limpieza de las oficinas de lasede del Consejo Nacional de Descentralización. Artículo 2º.- EXONERAR del proceso de Selección co- rrespondiente por situación de urgencia, relativa a la con-tratación del servicio limpieza.Artículo 3º.- AUTORIZAR al Área de Administración y Finanzas para realizar la contratación del servicio de lim-pieza por el proceso de Adjudicación de Menor Cuantíapor el período de noventa (90) días calendario y hasta porel monto de S/. 17,215.00 (Diecisiete Mil Doscientos Quin-ce con 00/100 Nuevos Soles), los cuales serán financiadoscon recursos ordinarios. Artículo 4º.- TRANSCRIBIR la presente Resolución y los informes que la sustentan a la Contraloría General de laRepública, dentro de los diez días calendario siguientes dela emisión de la presente resolución. Artículo 5º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS THAIS DÍAZ Presidente 11713 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Aprueban plano del Ærea arqueológica Monumento Arqueológico ChavínN” 001, ubicado en el distrito de SanMarcos, provincia de Huari RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 290/INC Lima, 16 de mayo de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 153, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 10, defecha 10 de marzo de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio deEducación, con personería jurídica de derecho público in-terno, responsable de la promoción y desarrollo de lasmanifestaciones culturales del país y de la conservacióndel Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga alInstituto Nacional de Cultura la función de proteger y de-clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artís-tico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradi-cionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 153, de fecha 10 de marzo de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueologíarecomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacionalde Cultura aprobar el Plano del Área Arqueológica Monu-mento Arqueológico Chavín Nº 001, de fecha enero de2003, a escala 1/1000, con un área de 14.79 hectáreas yun perímetro de 1,911.014 metros lineales, ubicado en lalocalidad de Chavín, distrito de San Marcos, provincia deHuari, departamento de Ancash; Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Dirección General de Patrimonio Arqueológico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción", Decreto Supremo Nº 014-2003-ED, que aprueba el"Reglamento de Organización y Funcioes del Instituto Na-cional de Cultura", Resolución Directoral Nacional Nº 210-2003-INC que dispone la utilización de las denominacionesestablecidas en el Cuadro de Asignación de Personal delInstituto Nacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigacio-nes Arqueológicas; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Plano del Área Arqueológica Monumento Arqueológico Chavín Nº 001 de fecha enerode 2003, a escala 1/1000, con un área de 14.79 hectáreasy un perímetro de 1,911.014 metros lineales, ubicado en lalocalidad de Chavín, distrito de San Marcos, provincia deHuari, departamento de Ancash.