Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (21/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 66

PÆg. 246412 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de junio de 2003 prestando con la participación de terceros en un 50% siendo conveniente para la entidad no asumir compromisos que másadelante no puedan ser cumplidos toda vez que el ingresoproveniente del Arbitrio de Limpieza Pública está supeditadoa la voluntad de pago de los contribuyentes; Que, es conveniente para la Municipalidad prescindir de los servicios prestados por terceros, debiendo cancelar unaparte del proceso, correspondiente al Ítem I: Recolección,Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos; Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, establece penalidades para la entidad a favor delcontratista por incumplimiento del contrato, pudiendo elcontratista reclamar a la Municipalidad la respectiva indem-nización por daños y perjuicios irrogados, recayendo laresponsabilidad en el Titular de la entidad; Que, el Artículo 34º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM - T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado y el Artículo 21º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado; establecen que en cualquier estado del proce-so de selección, hasta antes del otorgamiento de la BuenaPro, la Entidad puede cancelarlo por razones de fuerza mayor,comunicando su decisión al Comité Especial mediante Resolu-ción de Alcaldía, instancia que deberá comunicar a todos losadquirentes de Bases; por lo que la Oficina de Asesoría Legalde la Corporación mediante su Informe Nº 350-2003-OAL-MDR de fecha 10/6/03 emite Opinión favorable respecto a laCancelación de una parte del Proceso de Selección convoca-do mediante Concurso Público Nº 0001-2003-CE-MDR, encuanto al Ítem 01 referido a la Recolección, Transporte y Dispo-sición Final de Residuos Sólidos; Estando a las facultades conferidas por el Art. 20º nu- meral 6) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Munici-palidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- CANCELAR una parte del Proceso de Selección del Concurso Público Nº 0001-2003-CE-MDRen el extremo del Ítem I: Recolección, Transporte y Disposi-ción Final de Residuos Sólidos, por un valor referencial deS/. 757,969.00 (Setecientos cincuenta y siete mil nove-cientos sesenta y nueve y 00/100 nuevos soles); prosi-guiéndose con el Concurso Público respecto al Ítem II:Disposición Final de Residuos Sólidos (Relleno Sanitario)por un valor referencial de S/. 137,812.00 (Ciento treinta ysiete mil ochocientos doce y 00/100 nuevos soles). Artículo Segundo.- DISPONER que la Unidad de Teso- rería proceda a reembolsar el monto pagado por los adqui-rentes de bases que participaron en el Concurso PúblicoNº 0001-2003-CE-MDR referente al Ítem I. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría Gene- ral, notificar al Comité Especial la presente Resolución paraque proceda de acuerdo a Ley; y la respectiva publicaciónen el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 11649 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Establecen disposiciones aplicables a establecimientos que brinden el servi- cio de alquiler de cabinas pœblicas de Internet ORDENANZA Nº 045-MDSMP San Martín de Porres, 17 de junio del 2003 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO:El Concejo Distrital de San Martín de Porres, en Sesión Ordinaria de fecha 17 de junio del 2003, visto el Informe Nº073-2003-DEMUNA/MDSMP, de la División de DEMUNA, remitiendo el Proyecto de Ordenanza sobre Adecuaciónde espacios e implementación de mecanismos de seguri-dad para la protección de los niños y adolescentes comousuarios de cabinas públicas de internet; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo señalado por el Art. 191º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades go-zan de autonomía política, económica y administrativa enasuntos de su competencia; lo que es concordante con elArt. 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, conforme con el Art. 80º Inc. 3.2 de la Ley Orgá- nica de Municipalidades, se establece las funciones espe-cíficas de las Municipalidades en materia de población,salud y saneamiento ambiental, debiendo normar y contro-lar el aseo, higiene y salubridad en establecimientos co-merciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, pla-yas y otros lugares públicos; Que, a través del Art. 82º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades se establece que también forma parte de las funcionesde las Municipalidades la defensa y promoción de los dere-chos del niño y el adolescente, la educación, la cultura, conser-vación de monumentos, turismo, recreación y deportes; Que, de conformidad con lo previsto en el Art. 83º Inc. 2.4 y siguientes de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, corresponde a las Municipalidades otorgar licenciade funcionamiento de establecimientos com erciales, in- dustriales y de actividades profesionales y/o s ervicios; así como controlar su funcionamiento; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades en los Arts. 11º, 112º y 113, crea el derecho de participación de losvecinos en el Gobierno Local, y la Ley Nº 26300, regula losderechos de participación y control ciudadano; Que, las Municipalidades cumplen su función normativa entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipa-les, las cuales de conformidad a lo establecido en el Art. 200ºInc. 4º de la Constitución Política del Estado, tiene rango deLey; Que, al amparo de lo dispuesto en el Art. 114º de la precitada Ley, precisa que para el mejor cumplimiento delas disposiciones Municipales, las autoridades políticas,administrativas y policiales, ajenas al Gobierno Local, tie-nen la obligación de reconocer y respetar la preeminen-cia de la Autoridad Municipal en asuntos de su competen-cia, no pudiendo interferir en el cumplimiento de las Orde-nanzas, Edictos, Acuerdos y Resoluciones Municipales; Que, de conformidad al Art. 9º Inc. 9 y al Art. 20º Inc. 4, de la Ley Orgánica de Municipalidades, por Unanimidad ycon dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,se aprobó la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- Los Establecimientos que brindan el servicio de alquiler de cabinas públicas de Internet, de-ben contar con espacios adecuados para ser utilizados porniños y adolescentes. Artículo Segundo.- A efectos del cumplimiento del Artí- culo Primero estos espacios deben estar ubicados en sitiosvisibles de manera que se encuentren bajo la supervisióndirecta del propietario o administrador del establecimiento. Artículo Tercero .- Los propietarios de las cabinas públicas son responsables que los menores de edad, no tengan acce-so a las páginas Web, chats, portales de contenido pornográ-fico o similares que atentan contra la moral, las buenas costum-bres y el desarrollo psicológico del menor de edad. Artículo Cuarto.- Los propietarios de los establecimien- tos están obligados a implementar mecanismos de seguri-dad a las máquinas destinadas a los usuarios menores deedad. Artículo Quinto.- Estos mecanismos de seguridad pue- den ser los siguientes: - Direcciones Web (URL) que limiten el acceso a una lista específica de Webs que se consideren inapropiadas(lista de páginas negativas). Con éste sistema se bloqueanlas páginas teniendo en cuenta el texto, el contexto y lasimágenes. - Uso de listas positivas “navegador infantil” (walled gar- den), ofrece un conjunto de webs para que los menores deedad tengan una adecuada navegación. - El etiquetado y clasificación de contenidos: la clasifi- cación de un contenido consiste en asignar a cada docu-mento o lugar de Internet un conjunto de etiquetas quedefinen el tipo de información que se quiere restringir.