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PÆg. 246413 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de junio de 2003 Artículo Sexto.- Los establecimientos deben emplear carteles, afiches, letreros u otros similares en los que seestablezca la prohibición al acceso de páginas o similaresde contenido pornográfico u obsceno, por parte de meno-res de edad. Artículo Séptimo.- Los establecimientos no podrán brin- dar el servicio de alquiler de cabinas públicas de Internetque no se adecuen a lo señalado. Sólo podrán brindar el servicio de alquiler de cabinas públicas únicamente los establecimientos que se encuen-tren debidamente autorizados, registrados y supervisadospor la Municipalidad. Artículo Octavo.- Se establecerá un plazo de cuarenta y cinco (45) días útiles contados a partir de la publicación de lapresente Ordenanza; para que los propietarios de los estable-cimientos cumplan con las disposiciones señaladas. Artículo Noveno.- La Multa aplicable para los propieta- rios de las cabinas de Internet que incumplan lo normadoen la presente Ordenanza serán sancionados con: - Inc. A.- Multa equivalente al 10% de la U.I.T. - Inc. B.- Si es reincidente se aplicará el 15%- Inc. C.- Clausura definitiva si se reitera consecutiva- mente la infracción. - Inc. D.- Se denunciará ante el Ministerio Público como “instigación pasiva a la pornografía a menores de edad. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Segunda .- Se modificará el Reglamento de Sanciones de la Municipalidad para la adecuación de las multas quese impongan o las cláusulas deberán estar debidamenteacreditadas en el Reglamento de Aplicación de Sancio-nes. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 11641 Aprueban emisión masiva de licencias municipales de funcionamiento a fa-vor de comerciantes cuyos estableci-mientos y predios se encuentren ubi-cados en la Zona Especial ORDENANZA Nº 046-MDSMP San Martín de Porres, 17 de junio del 2003 Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de junio del 2003; el punto referente a la formalización de loscomerciantes ubicados en la Zona Especial; CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia; Que, mediante el presente instrumento se recoge la inicia- tiva con la que se brinda la posibilidad de regularizar la situa-ción de los comerciantes cuyos establecimientos se encuen-tran ubicados en la Zona Especial del distrito de San Martín dePorres, a los que por única vez se les otorgará licencia munici-pal de funcionamiento, dejando señalado expresamente quelos referidos comerciantes tendrán un plazo perentorio de 90días para acogerse al referido beneficio y así formalizar susituación ante esta edil institución; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades con- feridas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972; el Concejo Municipal por mayoría, y con dispensade la lectura y aprobación de actas, se aprobó la siguiente; ORDENANZA:Artículo Primero.- Aprobar la emisión masiva a título gratuito de licencias municipales de funcionamiento a favorde los comerciantes, cuyos establecimientos y predios se encuentran ubicados en la Zona Especial. Asimismo, seemitirán gratuitamente los Certificados de Jurisdicción a lospropietarios de inmuebles de la zona referida. Dejandoestablecido que el plazo para acogerse a los referidosbeneficios será de 90 días calendario, contados a partir deldía siguiente de la publicación de la presente norma. Artículo Segundo.- La Zona Especial está conformada por las siguientes poblaciones: Urb. Mesa Redonda, Urb. Industrial, Urb. Industrial Mu- lería, Urb. Panamericana Industrial, Urb. Industrial El Na-ranjal, Urb. Naranjal, Urb. Industrial Carretera Panamerica-na Norte, urbanización Santa Luisa I Etapa, A.H. Los Soli-tarios, Asociación de Vivienda General de San Martín, Urb.Santa Rosa de Infantas (Pueblo de Infantas), Asentamien-to Humano de los ex Trabajadores de la ex Hacienda San-ta Lusmila, Asentamiento Humano Micaela Bastidas, Aso-ciación Pro Vivienda José Carlos Mariátegui, AsociaciónSan Miguel, Asentamiento Humano San Miguelito, Asenta-miento Humano Municipal Nº 2, Asentamiento HumanoFrancisco Bolognesi, Asentamiento Humano Los Clavelesde Pro, Urb. Pro Industrial, Urb. Industrial Pro 9º Sector IIIEtapa, Urb. Pro 9º Sector III Etapa. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 11645 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Declaran en emergencia administrati- va y financiera a la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 037-2003-MDB Bellavista, 16 de junio del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTAVISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 082- 2003-MDB.OAJ emitido el 4 de junio del 2003, por la Ofici-na de Asesoría Jurídica; con el voto mayoritario de susintegrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgá-nica de Municipalidades le confiere y con dispensa deltrámite de aprobación de actas; ACUERDA: Artículo Único.- Declarar en emergencia administrativa y financiera a la Municipalidad Distrital de Bellavista, por unlapso de 90 días, con el objeto de implementar las refor-mas, cambios o reorganizaciones que fueran necesariospara optimizar sus recursos y funciones, respetando losderechos laborales adquiridos, conforme a lo establecidoen la Vigésima Disposición Complementaria de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Regístrese y comuníquese.JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 11670 Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumos para el Progra-ma del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 038-2003-MDB Bellavista, 16 de junio del 2003