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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (23/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 60

PÆg. 246534 NORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 181-2003-PCM, del 4 de junio del 2003, se creó la Comisión Multisectorial parael Desarrollo de la Sociedad de la Información-CODESI,con el objeto de elaborar un Plan para el desarrollo de laSociedad de la Información en el Perú, la que estaría inte-grada, entre otros, por un representante del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, de acuerdo al Artículo 6º de la Resolución Ministe- rial Nº 181-2003-PCM, los integrantes de la Comisión Mul-tisectorial para el Desarrollo de la Sociedad de la Informa-ción-CODESI serían designados por el Titular de la enti-dad a la que representan, en el plazo de cinco (5) díasútiles contados a partir de la fecha de publicación de laResolución Ministerial antes referida; Que, es necesario designar al representante del Ministe- rio de Transportes y Comunicaciones ante la ComisiónMultisectorial para el Desarrollo de la Sociedad de la Infor-mación-CODESI; De conformidad con lo establecido en la Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 560, modificada por LeyNº 27779, Ley Nº 27791 y la Resolución Ministerial Nº 181-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al doctor Juan Antonio Pa- checo Romaní, Viceministro de Comunicaciones, comorepresentante del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones ante la Comisión Multisectorial para el Desarrollode la Sociedad de la Información-CODESI. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 11761 Otorgan a empresa y a persona natural autorización y permiso de instalación para operar estaciones del servicio de radiodifusión sonora comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 209-2003-MTC/03 Lima, 13 de junio de 2003 VISTA, la Solicitud Registro Nº 2002-010864, formula- da por la EMPRESA RADIO TELEVISORA ANDINACOMUNICACIONES S.R.L., para que se le otorgue autori-zación para establecer una estación del servicio de radio-difusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM),en el distrito de San Marcos, provincia de Huari, departa-mento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto SupremoNº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servi-cio de radiodifusión se requiere de autorización, permiso ylicencia, otorgándose la autorización por Resolución delViceministro de Comunicaciones, según lo previsto en elartículo 144º del Reglamento General de la Ley deTelecomunicaciones; Que, los artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, establecenque la autorización es la facultad que otorga el Estado apersonas naturales o jurídicas para establecer un serviciode telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otor-ga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalaren un lugar determinado equipos de radiocomunicación; Que, el artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto SupremoNº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Adminis-trativos del Ministerio, señalan que para obtener autorizaciónpara prestar servicio de radiodifusión se requiere presentaruna solicitud, la misma que se debe acompañar con la infor-mación y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autoriza-ción para prestar servicio de radiodifusión, se inicia unperíodo de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificableslas características de instalación y operación autorizadaspara el uso o explotación de frecuencias y otros paráme-tros técnicos, si antes no se obtiene la correspondienteaprobación del Ministerio; Que, mediante Informes Nºs. 136-2003-MTC/15.19.03.2 y 220-2003-MTC/15.19.01,la Dirección de Administraciónde Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica, res-pectivamente, señalan que la solicitud formulada por laEMPRESA RADIO TELEVISORA ANDINA COMUNICA-CIONES S.R.L., cumple con los requisitos técnicos y le-gales exigidos, por lo que resulta procedente otorgar a lareferida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC;su Reglamento General aprobado por Decreto SupremoNº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la EMPRESA RADIO TELE- VISORA ANDINA COMUNICACIONES S.R.L., autorizacióny permiso de instalación por el plazo de diez (10) años,que incluye un período de instalación y prueba de doce(12) meses improrrogable, para operar una estación delservicio de radiodifusión sonora comercial en FrecuenciaModulada (FM), en el distrito de San Marcos, provincia deHuari, departamento de Ancash; de acuerdo a las siguien-tes características técnicas: Estación : BC-FM Frecuencia : 98.9 MHzIndicativo : OCR-3D Potencia : 250 wEmisión : 256KF8E Horario : H24Ubicación de los Estudiosy la Planta : E squina Jr. Unión Nº 105 y Grau, distrito de San Mar-cos, provincia de Huari,departamento de Ancash. Coordenadas: L.O. 77° 09’ 17"L.S. 09° 31’ 05" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre-sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instalación y pruebade doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta(60) días previos a la terminación de dicho período, la titular dela autorización debe solicitar se verifique el estado de las ins-talaciones y practique las pruebas de funcionamiento respec-tivas, caso contrario se dejará sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La EMPRESA RADIO TELEVISORA AN- DINA COMUNICACIONES S.R.L., está obligada a instalary operar el servicio de radiodifusión concedido acorde conla presente resolución, estando impedida de modificar lascaracterísticas a que se contrae el artículo 1º de la pre-sente resolución sin autorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y regla-mentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, de-biendo adecuarse a las normas modificatorias y comple-mentarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 11726 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 210-2003-MTC/03 Lima, 13 de junio de 2003 VISTA, la Solicitud Registro Nº 2002-014072 formulada por don VÍCTOR GERARDO VERA PÉREZ, para que se le