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PÆg. 246546 NORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de junio de 2003 PRUEBAS DE LLAMADAS Objetivos: Número de Prueba Título Propósito PasóFallóComentarios 1 LD – LD 2 3 4 5 6 (*) La denominación de las pruebas indicadas en los cuadros son a título ejemplificativo. Las pruebas a consignar en elcampo "Número de Prueba" serán las que ambas partesacuerden según el numeral 3 del presente Anexo 1.D. ANEXO 1.E CATALOGO DE SERVICIOS BÁSICOS DE INTERCONEXIÓN CARGO POR SERVICIOS MINUTO (US $) TRANSPORTE CONMUTADO LOCAL – Promedio (1) TELEANDINA 0,00554 TRANSPORTE CONMUTADO NACIONAL - Promedio (1) TELEANDINA – NORTEK Larga Distancia – Larga Distancia 0,07151 NORTEK - TELEANDINA Larga Distancia – Larga Distancia 0,07151 TRANSPORTE CONMUTADO INTERNACIONAL TELEANDINA – NORTEK Larga Distancia – Larga Distancia (2)NORTEK - TELEANDINA Larga Distancia – Larga Distancia ENLACE DE INTERCONEXIÓN (3) (1) Estos cargos no incluyen el Impuesto General a las Ventas (IGV). (2) Ver Numeral 3 del Anexo 2- Condiciones Económicas.(3) Ver Numeral 4 del Anexo 2- Condiciones Económicas. ANEXO 1.F ÓRDENES DE SERVICIO DE INTERCONEXIÓN 1. ÓRDENES DE SERVICIOSe entiende por solicitud de orden de servicio a los documentos mediante los cuales una de las partes solici-ta a la otra: (i) Puntos de interconexión, incluyendo los considera- dos en el Anexo 1.B del presente Mandato. (ii) Enlaces de interconexión o sus ampliaciones, inclu- yendo los considerados en el Anexo 1.B del presente Man-dato. Las solicitudes de órdenes de servicio observarán el siguiente procedimiento: 1.1 La Dependencia correspondiente del operador al que se dirige la solicitud de órdenes de servicio (en adelante,operador solicitado) recibirá, evaluará e ingresará dichasórdenes en su sistema mediante un formato establecidode común acuerdo. El operador solicitante indicará el Departamento encar- gado de todas las coordinaciones correspondientes. 1.2 Ambos operadores acordarán la utilización de uno de los siguientes medios: courier, fax o cualquier intercam-bio electrónico de datos y la utilización de un determinadoformato para solicitar puntos de interconexión y enlaces. 1.3 Las solicitudes de órdenes de servicio deberán con- tener como mínimo la siguiente información para proveerlo solicitado: • Fecha de solicitud de orden de servicio • Número de orden• Nombre y dirección del local de cada terminal de en- lace de punto de interconexión • Nombre y número de teléfono del Departamento del operador solicitante encargado de realizar las siguientesfunciones: coordinación de la orden, confirmación de laorden, instalación y prueba. • Descripción del lugar de punto de interconexión• Fecha de puesta en servicio requerida• Cantidad de enlaces requeridos• Servicios opcionales, de ser requeridos. 1.4 Algunas fechas importantes, de aquí en adelante conocidas como fechas críticas, se asociarán con la or-den de servicio. Estas fechas críticas utilizadas para mo-nitorear el progreso del proceso de interconexión serán : a) Fecha de solicitud de orden de servicio.- El día en que el operador solicitante entrega al operador solicita-do una solicitud de acuerdo a lo establecido en el punto1.1 del presente anexo. b) Fecha de emisión de la orden.- La fecha en la cual el operador solicitado emite por escrito las condiciones parala implementación de la orden. c) Fecha de aceptación de la orden. - La fecha en la cual el operador solicitante acepta por escrito las condicio-nes establecidas por el operador solicitado para la implemen-tación de la orden, incluido el presupuesto correspondiente. d) Fecha de prueba.- Fecha en la cual los operadores comienzan las pruebas técnicas de aceptación de equiposy sistemas. Antes de las mismas, ambos operadorescompletarán todo el cableado, verificarán la continuidad yoperación de equipos, así como la carga de los datos. e) Fecha de puesta en servicio o fecha de servicio.- Fecha en la cual el punto de interconexión o enlaces seencuentran operativos y disponibles después de las prue-bas de aceptación acordadas en el Anexo 1.D y firmada elacta de aceptación respectiva. La fecha de puesta en ser-vicio será una fecha acordada entre las partes, basada enel intervalo de provisión para el tipo de requerimiento reali-zado. Una vez establecida una fecha de puesta de servi-cio, ésta no se cambiará sin el consentimiento y acuerdode ambos operadores. 1.5 Cuando el operador solicitante entregue una solici- tud de orden de servicio, el operador solicitado deberá res-ponder a más tardar en quince (15) días hábiles desde lafecha de solicitud. En caso que la respuesta sea afirmati-va, se procesará la orden según los intervalos descritosen el Punto 2 del presente Anexo. En el caso que factorestécnicos impidan que la respuesta del operador solicitadosea afirmativa, éste, dentro del plazo de 15 días, señalaráuna fecha para obtener el servicio. La confirmación de la orden contendrá la siguiente in- formación: a) Número de orden del operador solicitado y número de solicitud de orden del operador solicitante. b) El circuito o número de equipo para cada enlace or- denado. c) Número de Grupo Troncal.d) Fechas críticas para las órdenes recibidas.e) Código de Punto de Señalización. 2. INTERVALOS DE PROVISIÓN 2.1 El intervalo de provisión es el tiempo requerido para disponer de los enlaces y puntos de interconexión solicita-dos. El intervalo de provisión indicará el número de díashábiles que deberán mediar entre la fecha de solicitud y lafecha de puesta en servicio. 2.2 Los siguientes intervalos de provisión serán aplica- bles desde la fecha de solicitud de orden de servicio: Requerimiento Intervalo de Provisión (*) Provisión de un Punto de Interconexión Menor o igual a 60 días hábiles Provisión de Enlaces Adicionales Menor o igual a 30 días hábiles (*) El intervalo de provisión de un punto de interconexión incluye la provisión de los enlaces de interconexión co-rrespondientes a dicho punto. Asimismo, en el intervalo deprovisión, las redes de ambas empresas deben estar encapacidad de cursar tráfico. 2.3 Para instalar un enlace de interconexión o un punto de interconexión, ambos operadores deberán garantizar ladisponibilidad de suficiente personal técnico en la ejecuciónde las pruebas de aceptación acordadas en el Anexo I.D.