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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (23/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 62

PÆg. 246536 NORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de junio de 2003 Que, mediante Informes Nºs. 35-2003-MTC/15.19.03.2 y 103-2003-MTC/15.19.01, las Direcciones de Administra-ción de Frecuencias y de Asesoría Técnica respectiva-mente, señalan que la solicitud formulada por don VÍCTORGERARDO VERA PÉREZ, cumple con los requisitos téc-nicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a lareferida persona la autorización y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunica- ciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; suReglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único de Procedi-mientos Administrativos del Ministerio; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a don VÍCTOR GERARDO VERA PÉREZ, autorización y permiso de instalación por el plazode diez (10) años, que incluye un período de instalación yprueba de doce (12) meses improrrogable, para operar unaestación del servicio de radiodifusión sonora comercial enFrecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia deCaravelí, departamento de Arequipa, de acuerdo a las si-guientes características técnicas: Estación : BC-FM Frecuencia : 99.1 MHzIndicativo : OCR-6W Potencia : 250 W.Emisión : 256 F8E Horario : H24Ubicación de los Estudiosy la Planta : Jr. Félix Andía Nº 179, dis- trito y provincia de Cara-velí, departamento de Are-quipa. Coordenadas: L.O. 73° 21’ 53"L.S. 15° 46’ 16" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre-sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artí- culo precedente, se inicia con un período de instalación yprueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antesde sesenta (60) días previos a la terminación de dicho pe-ríodo, el titular de la autorización debe solicitar se verifiqueel estado de las instalaciones y practique las pruebas defuncionamiento respectivas, caso contrario se dejará sinefecto la autorización. Artículo 3º.- Don VÍCTOR GERARDO VERA PÉREZ está obligado a instalar y operar el servicio de radiodifu-sión concedido acorde con la presente resolución, estan-do impedido de modificar las características a que se con-trae el artículo 1º de la presente resolución sin autoriza-ción previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y regla-mentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, de-biendo adecuarse a las normas modificatorias y comple-mentarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 11728 Rectifican artículo de resolución mediante la cual se otorgó permiso de operación aempresa para prestar servicio de trans-porte fluvial de apoyo logístico propio RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 137-2003-MTC/13 Lima, 3 de junio de 2003 Vista la solicitud (Expediente P/D Nº 026607-2003), presentada por la Empresa Naviera DESARROLLO FO-RESTAL SAC., solicitando rectificación de la ResoluciónDirectoral Nº 055-2003-MTC/13 (26.02.03), mediante la cual se le otorga Permiso de Operación para prestar ServicioRegular de Transporte Fluvial de Apoyo Logístico Propio,en Tráfico Nacional; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 055-2003-MTC/ 13 de fecha 26 de febrero de 2003, se otorgó Permiso deOperación a la Empresa Naviera DESARROLLO FORES-TAL SAC., para prestar Servicio Regular de Transporte Flu-vial de Apoyo Logístico Propio; Que, asimismo en la mencionada Resolución Directo- ral, se ordenó la publicación de la misma; Que, mediante P/D Nº 026607, la Empresa Naviera DESARROLLO FORESTAL SAC. ha solicitado la rectifica-ción del artículo 2º de la citada Resolución Directoral, de-bido a que ésta, ha sido elaborada y publicada, con dos (2)errores materiales en cuanto a los Códigos de denomina-ción de dos (2) de las cuatro embarcaciones con las queprestará el indicado servicio; Que, de la revisión efectuada, se ha verificado, que efectivamente existieron errores al momento de su emi-sión, y en consecuencia de su publicación; Que, mediante Informes Nº 087-2003-MTC/13.02 de la Directora de Marina Mercante y Transporte Multimodal yNº 111-2003-MTC/13.al del Asesor Legal, se ha opinadofavorablemente sobre la solicitud de rectificación de laResolución Directoral Nº 055-2003-MTC/13, presentada porla empresa naviera; por lo que resulta procedente accederconforme a lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791 y el Decreto Supre- mo Nº 560; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECTIFICAR, el Artículo 2º de la Resolu- ción Directoral Nº 055-2003-MTC/13, mediante la cual seotorga Permiso de Operación para prestar Servicio deTransporte Fluvial de Apoyo Logístico Propio, a favor de laempresa naviera DESARROLLO FORESTAL SAC., en laforma siguiente: Artículo 2º.- El Servicio de Transporte Fluvial, a que se refiere el artículo precedente, será atendido con lasembarcaciones de su propiedad denominadas EF "Defor-sa-R1" con matrícula IQ-18614, EF "Deforsa-R2" con ma-trícula IQ-18613, AF "Deforsa-C1" con matrícula IQ-18612y AF "Deforsa-C2" con matrícula IQ-18615. Artículo 3º.- Disponer la inscripción y adecuación en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídi-cas que prestan servicio de Transporte Fluvial, en el senti-do de la presente Resolución Directoral. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, a la Capi-tanía de Puerto de Iquitos y a la Dirección Regional de Trans-portes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Loreto. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral en cuanto a las Rectificaciones que ésta contiene, entrará en vigen-cia al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial ElPeruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EFRAÍN COLL CALDERÓN Director GeneralDirección General de Transporte Acuático 11729 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 189-2003-CG Mediante Oficio Nº 327-2003-CG/SG, la Contraloría General de la República solicita se publique Fe de Erratasde la Resolución de Contraloría Nº 189-2003-CG, publica-da en nuestra edición del día 18 de junio de 2003, en lapágina 246172.