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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (23/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 61

PÆg. 246535 NORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de junio de 2003 jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación; Que, el artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto SupremoNº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos del Ministerio, señalan que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifusión se requiere presentaruna solicitud, la misma que se debe acompañar con la infor- mación y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autoriza-ción para prestar servicio de radiodifusión, se inicia unperíodo de instalación y prueba que tiene una duración dedoce (12) meses; Que, el artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modifica- bles las características de instalación y operación autori- zadas para el uso o explotación de frecuencias y otrosparámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspon- diente aprobación del Ministerio; otorgue autorización para establecer una estación del ser- vicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Mo-dulada (FM), en el distrito y provincia de Caravelí, depar-tamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto SupremoNº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servi-cio de radiodifusión se requiere de autorización, permiso ylicencia, otorgándose la autorización por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en elartículo 144º del Reglamento General de la Ley deTelecomunicaciones; Que, los artículos 48º y 49º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Telecomunicaciones antes referido,establecen que la autorización es la facultad que otorgael Estado a personas naturales o jurídicas para estable-cer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso esla facultad que otorga el Estado a personas naturales o