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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G36/G37/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 27 de junio de 2003 entre otros aspectos que la fundación es una organi- zación no lucrativa instituida mediante la afectación de uno o más bienes para la realización de objetivos de carácter religioso, asistencial, cultural u otros deinterés social y que se constituye mediante escritura pública, por una o varias personas naturales o jurídi- cas, indistintamente, o por testamento; Que, el artículo 5º del Decreto Ley Nº 25509 auto- riza al entonces Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria y Agroindustrial, para que con base en las instalaciones de las respectivas estacionesexperimentales, organice fundaciones con la partici- pación de productores agrarios y demás organiza- ciones y empresas que se dedican a la actividadagropecuaria y afines, facultando la celebración, en- tre otros, de convenios de administración sobre me- tas regionales y nacionales que deberá cumplir lafundación respecto a las estaciones experimentales a su cargo; Que, el artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902 crea al Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIAcomo Organismo Público Descentralizado del Minis- terio de Agricultura, y el artículo 18º de la misma norma legal establece que el INIA reemplaza al Insti-tuto Nacional de Investigación Agropecuaria y Agroin- dustrial, en sus funciones, atribuciones y compromi- sos contraídos; Que, el Instituto Nacional de Investigación Agra- ria - INIA es una persona jurídica de Derecho Público Interno que requiere constituir, con la participación de productores agrarios y demás organizaciones yempresas que se dedican a la actividad agropecua- ria y afines, una fundación cuya misión será contri- buir al desarrollo socioeconómico sostenido del me-dio rural y articular los logros en investigación que obtienen las entidades públicas y privadas, naciona- les o extranjeras, con los productores agrarios yagroindustriales a efectos que este trabajo sea efec- tivamente útil y mejore de manera sostenida las con- diciones de vida de los trabajadores del campo y lacompetitividad de los mismos; Que, los objetivos de la fundación serán promo- ver la investigación y la transferencia de tecnología agraria, la capacitación tecnológica y empresarial delproductor agrario y agroindustrial, así como las acti- vidades en el sector agrario que permitan innovar procesos tecnológicos para mejorar la competitivi-dad de las empresas en los rubros de producción y comercialización agropecuaria y agroindustrial, for- taleciendo el aprovechamiento sostenible de los re-cursos naturales; Que, los objetivos de la fundación referidos en el considerando precedente, se encuentran enmarca- dos en la Décimo Quinta Política de Estado del Acuer-do Nacional suscrito el 22 de julio de 2002 por repre- sentantes de las organizaciones políticas, religiosas, de la sociedad civil y del Gobierno, constituyendopor tanto un objetivo de interés social en beneficio de la población; Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales que tiene entre otras funciones registrar los bienesde propiedad estatal y autorizar, controlar y fiscali- zar los actos de disposición de la propiedad estatal, mediante Oficio Nº 8778-2002/SBN.GL del 11 de di-ciembre de 2002, ha emitido opinión favorable en el sentido que es procedente que el INIA constituya una fundación y que los bienes que fueran materia deaporte patrimonial a la fundación que se constituya, deben ser de estricta propiedad y de libre disponibi- lidad de este Instituto; Que, en este sentido, el artículo 886º del Código Civil establece que son bienes muebles, entre otros, las ren- tas de cualquier clase, por lo que es procedente efec- tuar el aporte con recursos financieros de libre disponi-bilidad del Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, el Decreto Legis-lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y sus normas modificatorias, la Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presu- puestaria del Estado, la Ley Nº 27879, Ley de Presu-puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003 y el Decreto Ley Nº 25509; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;DECRETA: Artículo 1º.- Autorización Autorizar al Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA, a efectuar un único aporte para consti- tuir una fundación para los fines establecidos en la parte considerativa del presente Decreto Supremode Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 100,000.00), mediante la transferencia financiera en calidad de subvención social, con cargo a los recursos directa-mente recaudados del Pliego 163: Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA. Dicho aporte consti- tuirá patrimonio de la fundación. Artículo 2º.- Misión y Fines de la Fundación La misión de la fundación, a la que se refiere el artículo anterior, será contribuir al desarrollosocioeconómico sostenido del medio rural y articular los logros en investigación que obtienen las entida- des públicas y privadas, nacionales o extranjeras,con los productores agrarios y agroindustriales a efectos de mejorar de manera sostenida las condi- ciones de vida de los trabajadores del campo y lacompetitividad de los mismos. La fundación tendrá como fines: a) Promover la generación y canalización de re- cursos financieros para fortalecer la investigación y transferencia de tecnología agraria que permitan ele- var cualitativa y cuantitativamente la producción na-cional de alimentos de manera sostenida y diversifi- cada, aumentando la productividad, disponibilidad y acceso de la población a alimentos suficientes y decalidad. b) Promover la capacitación tecnológica y empresa- rial del productor agrario y agroindustrial. c) Promover las actividades en el sector agrario que permitan innovar procesos tecnológicos para mejorar la competitividad de las empresas en los rubros de produc-ción y comercialización agropecuaria y agroindustrial, fortaleciendo el aprovechamiento sostenible de los re- cursos naturales. Para el cumplimiento de sus fines, la Fundación rea- lizará sus actividades sobre la base de las Estaciones Experimentales del INIA a nivel nacional. Artículo 3º.- Características y funciones asigna- das a la Fundación La Fundación será una organización sin fines de lu- cro cuyas principales características y funciones asig- nadas serán las siguientes: a) Desarrollar, financiar, promover y/o ejecutar Pro- yectos Empresariales sobre la base de oportunidadesde mercado, ventajas comparativas nacionales y tecnoló- gicas. b) Valorizar la tecnología que genere el Instituto Na- cional de Investigación Agraria - INIA y sus Estaciones Experimentales, así como ponerla a disposición de las personas naturales y jurídicas, públicas y/o privadasque la requieran. c) Comercializar y asesorar en el manejo productivo de los predios de las Estaciones Experimentales y susAnexos. Artículo 4º.- Junta de Administración La Junta de Administración estará conformada tanto por un representante del Ministerio de Agricul- tura, un representante del INIA y cinco (5) represen-tantes del Sector Privado que serán elegidos de en- tre los productores agrarios y demás organizacio- nes y empresas que se dedican a la actividad agro-pecuaria y afines. Artículo 5º.- Convenios de Administración El Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA, queda facultado a celebrar con la fundación que se cons- tituya, convenios de administración, o similares, obser- vando las formalidades establecidas en las leyes y nor-mas reglamentarias de la materia. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Agricultura, y de Economía y Finanzas.