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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2003 (01/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 239983 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de marzo de 2003 Que, la ex Presidenta de Directorio en el período de 1997 a mayo del 2001, Dra. Luisa Perales Pedroza, como respon-sable de la gestión y supervisión no evitó que se causeperjuicio económico a esta entidad benéfica por el monto de S/. 5,619.00, debido al incumplimiento de las obligaciones tributarias por el período enero del 1998 a junio del 2001,inobservando los artículos 9º y 30º del D.S. Nº 055-99/EFTexto Único Ordenado del Impuesto General a las Ventasconcordante con el D.S. 029-94-EF Reglamento del ImpuestoGeneral a las Ventas, estableciéndose su responsabilidad administrativa por este hecho; no habiendo desvirtuado esta imputación en su contra en el descargo que ha presentado,en el que solamente manifiesta que en su condición de mé-dico del Hospital de apoyo de Coracora asumió la direccióndel mismo en octubre de 1997 a junio de 1999, por lo que porcargo genérico y ad-honorem se le encomendó la presi- dencia del Directorio de la Beneficencia de Coracora duran- te ese lapso y continuó hasta junio del 2001, en razón de queno había otro que se hiciese cargo, firmando últimamenteinformes trimestrales, hasta que fue reemplazada con Re-solución del INABIF por el actual presidente del Directorio,desconociendo las normas expresas y específicas que ri- gen a la Beneficencia, toda vez que no ha sido capacitada para ello y que tampoco tomó conocimiento del ROF; lo queconfirma la responsabilidad que se le imputa como Presi-denta de la Sociedad de Beneficencia Pública de Coracora alinobservar los incisos a), b) y d) del Art. 21º de la Ley deBases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, Dec. Leg. Nº 276 que establece que "son obligaciones de los servidores cumplir personal ydiligentemente los deberes que impone el servicio público;salvaguardar los intereses del Estado y emplear austera-mente los recursos públicos y conocer exhaustivamentelas labores del cargo y capacitarse para un mejor desempe- ño". Obligaciones que no fueron cumplidas por la procesa- da, lo que originó que por su inacción se ocasionara perjuicioeconómico a la Beneficencia Pública de Coracora; Que, se ha constatado que la Administración del Cemen- terio General de Coracora, no cuenta con la AutorizaciónSanitaria y el Certificado de Habilitación, por lo que dicha dependencia viene funcionando sin el correspondiente re- gistro, inobservándose la Ley Nº 26298- Ley de Cemente-rios y Servicios Funerarios, determinándose responsabilidadadministrativa de los Sres. Luisa Perales Pedroza y WalterAmar Salcedo, quienes no han desvirtuado esta afirmaciónen su contra en los descargos presentados; mientras que Edgar Morisaca Flores y Miguel Mendoza Bonifaz, no han formulado descargo alguno, estableciéndose que como exPresidentes de Directorio al haber incumplido el Art. 11º delDec. Leg. Nº 356 y sus obligaciones establecidas en losincisos a), b) y d) del artículo 21º del D. Leg. Nº 276, hanincurrido en faltas disciplinarias tipificadas en los incisos a), d) y f) del artículo 28º del dispositivo acotado; Que, en su descargo, el procesado Walter Amar Salcedo argumenta que asumió la Dirección del Hospitalde Apoyo de Coracora en julio de 1996 al mes de mayode 1997 y que por cargo genérico se le designó la presi-dencia del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Coracora por dicho lapso, desempeñándolo ad-honorem, a cabalidad y de buena fe, dentro de subuen entender por desconocimiento de normas expre-sas y específicas que rigen a las Beneficencias, todavez que no ha sido capacitado para ello; es más, elMinisterio de Salud no lo ha designado por resolución; que las decisiones se tomaban por acuerdo de todo el Directorio; que asimismo, nunca llegó ni tuvo conoci-miento del ROF de la Beneficencia Pública de Coracora,máxime si este se aprobó por Resolución Nº 003-PD-SBPC-P-A/99, cuando él ya no estaba en el cargo y sibien es cierto el Director tiene funciones de gestión y supervisión, esto no va más allá de los actos administra- tivos que son de competencia de los funcionarios de laInstitución; comprendiendo que sus atribuciones sonmeramente representativas, mas no de injerencia inter-na, por lo que no tiene responsabilidad de carácter admi-nistrativo; argumentos que sin embargo, confirman la responsabilidad que se le imputa como Presidente de la Sociedad de Beneficencia Pública de Coracora al inob-servar los incisos a), b) y d) del Art. 21º del Dec. Leg. Nº276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público; lo que constituyefalta de carácter disciplinario tipificado en los incisos a) y d) del Art. 28º del citado dispositivo legal; Estando a lo informado por la Comisión Especial de procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Na-cional de Bienestar Familiar - INABIF; y,En uso de las facultades conferidas por el inciso c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 830 y la R.S. Nº192-2001-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer sanción disciplinaria de cese temporal a los siguientes ex funcionarios de la So-ciedad de Beneficencia Pública de Coracora: - Luisa Perales Pedroza, ex Presidente de Directorio, ciento veinte (120) días de cese temporal. - Walter Amar Salcedo, ex Presidente de Directorio, ciento veinte (120) días de cese temporal. - Edgar Morisaca Flores, ex Presidente de Directo- rio, ciento veinte (120) días de cese temporal. - Miguel Mendoza Bonifaz, ex Presidente de Directo- rio, ciento veinte (120) días de cese temporal. - Julia Ludeña Berrocal, ex miembro de Directorio y ex Tesorera, cuarenta y cinco (45) días de cese temporal Artículo Segundo.- La sanción administrativa a los citados ex funcionarios se impone sin perjuicio de la res-ponsabilidad civil y/o penal que les pudiera corresponder. Artículo Tercero.- Notificar la presente Resolución a los órganos competentes y a los procesados para los fines de ley. Regístrese y comuníquese. VIOLETA ELIZABETH BAZÁN SÁNCHEZ Presidenta 03846 SALUD Aceptan renuncias de directores y designan a expertos en sistema admi-nistrativo en la Oficina Ejecutiva deLogística de la Oficina General deAdministración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 213-2003-SA/DM Lima, 27 de febrero del 2003 Vista las renuncias formuladas por don LUIS ALBER- TO LEZAMA BEDOYA, al cargo de Director de la Oficinade Programación y Adquisiciones y don MIGUEL ÁN-GEL CORTEZ REYNA, al cargo de Director de la Ofici-na de Servicios Auxiliares, de la Oficina Ejecutiva deLogística, Oficina General de Administración; De conformidad con lo previsto en el artículo 34º del Decreto Legislativo Nº 276, los artículos 77º y 185º delDecreto Supremo Nº 005-90-PCM, los artículos 3º y 7ºde la Ley Nº 27594 y el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Salud aprobado por DecretoSupremo Nº 014-2002-SA; Con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Oficina General de Gestión deRecursos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por don LUIS ALBERTO LEZAMA BEDOYA, al cargo de Directorde la Oficina de Programación y Adquisiciones de la OficinaEjecutiva de Logística, Oficina General de Administración, Nivel F-3, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Aceptar la renuncia formulada por don MIGUEL ÁNGEL CORTEZ REYNA, al cargo de Direc-tor de la Oficina de Servicios Auxiliares de la Oficina Ejecu-tiva de Logística, Oficina General de Administración, NivelF-3, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Tercero.- Designar, en el cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, en la Oficina Eje-cutiva de Logística, de la Oficina General de Admi-nistración, a la Econ. Verónica PATRON TORRES. Artículo Cuarto.- Designar, en el cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, en la Oficina Eje- cutiva de Logística, de la Oficina General de Admi- nistración, al Ing. JOSÉ LUIS PACO FERNÁNDEZ. Artículo Quinto.- Designar, en el cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, en la Oficina Eje-cutiva de Logística, de la Oficina General de Admi-