Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2003 (21/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 21 de marzo de 2003

para la asignacion de operaciones realizadas en MORDAZA de Bolsa. l) Incumplimiento de la liquidacion de Operaciones Las operaciones no liquidadas dentro del plazo establecido seran revocadas sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponda a los creadores de mercado. m) Pago de Cupones y Redencion El pago de cupones y la redencion de los BONOS SOBERANOS seran efectuados por la Unidad Responsable a traves de CAVALI quien se encargara de los abonos respectivos. La Unidad Responsable se encargara que los fondos esten disponibles en CAVALI a mas tardar a las 11:00 am de la fecha de pago. Si la fecha de pago coincide con un feriado, el pago se efectuara en el siguiente dia habil. 4.- INCUMPLIMIENTO EN PAGO DE LOS BONOS SOBERANOS a) Cuando el creador de MORDAZA incurra en incumplimiento de pago, parcial o total, sera penalizado con la suspension para participar en las tres (3) siguientes subastas. b) La Unidad Responsable informara en cada subasta la relacion de los impedidos a participar. c) En los casos de que existan BONOS SOBERANOS adjudicados y no pagados, el Emisor podra dar por concluida la correspondiente colocacion y registrar solo los BONOS SOBERANOS debidamente pagados. 5.- DISPOSICIONES FINALES a) Las discrepancias que pudieran surgir entre las entidades participantes y los terceros por cuenta de quienes estas efectuen transacciones con BONOS SOBERANOS, seran resueltas sin generar obligacion o responsabilidad para el MEF. b) La participacion en las subastas o la adquisicion de BONOS SOBERANOS por cuenta propia o de terceros, presupone que tanto las entidades participantes cuanto los terceros tienen pleno conocimiento del presente Reglamento y se someten a el sin reserva alguna. c) El MEF se reserva el derecho de suspender o declarar desierta la subasta, sin expresion de causa. d) Los BONOS SOBERANOS se sujetan a las Leyes y Tribunales de la Republica del Peru. 05508

Articulo 2º.- Autorizase al Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir toda la documentacion que se requiera para implementar el Programa cuyo Reglamento se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los los diecinueve dias del mes de marzo del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas ANEXO I Reglamento del Programa de Creadores de MORDAZA MORDAZA El presente reglamento establece los lineamientos generales para la creacion y funcionamiento del Programa de Creadores de MORDAZA, el cual tiene como fin fomentar el desarrollo del MORDAZA de deuda publica domestico fundamentalmente a tasa fija y en moneda nacional. Este fin se enmarca dentro de un objetivo mayor que es el fomento del MORDAZA de capitales del Peru. En el reglamento se establecen los criterios de seleccion para nombrar a las entidades financieras que participaran como creadores de MORDAZA, los cuales se fundamentan principalmente en el requerimiento minimo de capital y la calificacion otorgada por las calificadoras de riesgo. Este reglamento contempla los derechos de los creadores de MORDAZA, los cuales estan orientados a promover su participacion, y las obligaciones que deberan cumplir con el fin de crear el compromiso de desarrollar el MORDAZA de Bonos Soberanos. Asimismo, se consideran las condiciones bajo las cuales los participantes podrian perder el estatus de creador de mercado. La permanencia de las entidades financieras designadas como creadores de MORDAZA en el Programa, sera evaluada a traves de la revision periodica del cumplimiento de los requisitos de participacion, asi como mediante la calificacion de su desempeno. En cuanto a la metodologia para la calificacion del desempeno, cabe senalar que la misma consiste en la aplicacion de una formula que trata de recoger los principales parametros de la participacion de los creadores de MORDAZA en la negociacion de Bonos en el MORDAZA primario y secundario. Finalmente, el reglamento incluye las caracteristicas basicas del sistema de negociacion empleado por los creadores de MORDAZA tanto en el MORDAZA primario, asi como en el primer y MORDAZA nivel del MORDAZA secundario. Agradecemos la participacion en la realizacion del Proyecto de Desarrollo del MORDAZA de Deuda Publica Domestico en soles, a las siguientes instituciones: Banco Central de Reserva del Peru, Banco de la Nacion, Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, Corporacion Financiera de Desarrollo, y Superintendencia de Banca y Seguros. MORDAZA BURNEO MORDAZA Viceministro de Hacienda REGLAMENTO PARA CREADORES DE MORDAZA DE BONOS SOBERANOS DEFINICIONES 1. El Programa de Creadores de MORDAZA de Bonos Soberanos incluye los conceptos siguientes: a. MORDAZA Primario de Bonos Soberanos.- Es en el que se realiza el procedimiento de subasta de Bonos Soberanos, entre las entidades habilitadas como Creadores de MORDAZA 1 para participar en la adjudicacion primaria de dichos titulos y el Ministerio de Economia y

Aprueban el Reglamento del Programa de Creadores de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 037-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del documento denominado "Estrategia de Colocaciones y de Operaciones de Manejo de Deuda Publica", aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 106-2003-EF/75, para desarrollar el MORDAZA de capitales local mediante la emision de Bonos Soberanos en Nuevos Soles, se ha considerado conveniente efectuar las colocaciones de dichos bonos mediante un Programa de Creadores de Mercado; Que, los Creadores de MORDAZA son entidades financieras, seleccionadas por el Ministerio de Economia y Finanzas, encargadas de la colocacion y negociacion activa de los bonos que emita el Estado; Que, resulta necesario regular los requisitos para designar a los Creadores de MORDAZA, asi como sus facultades, obligaciones, en el MORDAZA de las emisiones locales de Bonos Soberanos; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Reglamento del Programa de Creadores de MORDAZA, segun el texto del Anexo I que forma parte de la presente MORDAZA legal.

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El programa durante el primer ano de su funcionamiento considerara a todas las entidades como Aspirantes a Creadores de Mercado.

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