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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2003 (21/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 13

PÆg. 241111 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de marzo de 2003 Finanzas a través de la Dirección General de Crédito Público que administra sus emisiones. b. Mercado Secundario de Bonos Soberanos .- Es aquel que se desarrolla por medio de Sistemas Centra- lizados de Negociación aceptados como tales por el Mi- nisterio de Economía y Finanzas, a través, de la Direc-ción General de Crédito Público por haber cumplido con las características establecidas en el presente Regla- mento. El mercado secundario de Bonos Soberanosestará compuesto por los mercados de primer y segun- do nivel. c. Primer Nivel del Mercado Secundario de Bo- nos Soberanos.- Es aquel que se desarrolla, a través, de Sistemas Centralizados de Negociación, aceptadoscomo tales por el Ministerio de Economía y Finanzas. El primer nivel del mercado secundario deberá ser ciego tanto en la negociación como en el cumplimiento de lasoperaciones 2. Asimismo, la negociación en el primer ni- vel queda reservada para los Bancos (creadores y no creadores de Mercado3). d. Segundo Nivel del Mercado Secundario de Bo- nos Soberanos .- Es aquel que se desarrolla por medio de Sistemas Centralizados de Negociación, aceptados como tales por el Ministerio de Economía y Finanzas. El segundo nivel del mercado secundario deberá ser ciegoen la negociación pero no necesariamente en el cumpli- miento de las operaciones. Asimismo, en este nivel po- drán participar, además de los Bancos (creadores y nocreadores de Mercado), otros inversionistas institucio- nales (AFP’s, Fondos Mutuos y Seguros), así como las Sociedades Agentes de Bolsa, empresas públicas, cor-poraciones y personas naturales. e. Prima Vuelta .- Se entenderá al proceso para la colocación de Bonos Soberanos que realice el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección Gene- ral de Crédito Público en el mercado primario y en la queparticipan exclusivamente los Creadores de Mercado. f. Segunda Vuelta .- Se entenderá como la realiza- ción de colocaciones adicionales a las correspondien- tes primeras vueltas en el mercado primario por parte del Ministerio de Economía y Finanzas a través de laDirección General de Crédito Público. En ésta participan de manera exclusiva los Creadores de Mercado. g. Operación Ciega .- Es la operación en la cual las contrapartes no se identifican previamente entre sí. h. Sistemas de Negociación .- Son los sistemas em- pleados para la negociación de Bonos Soberanos reco- nocidos por el Ministerio de Economía y Finanzas. i. Vigencia .- Para efectos de la ejecución del Progra- ma de Creadores Mercado de Bonos Soberanos, seentenderá como período de vigencia, el correspondien- te año calendario comprendido entre el día 1 de enero y el día 31 de diciembre. OBJETIVOS Y CONFORMACIÓN DEL PROGRA- MA DE CREADORES DE MERCADO PARA BONOSSOBERANOS, REQUISITOS, DERECHOS Y OBLIGA- CIONES. 2. Conformación y objetivos del Programa de Creadores de Mercado de Bonos Soberanos El Programa de Creadores de Mercado estará con- formado por entidades financieras seleccionadas para desempeñarse como Creadores de Mercado, las cua-les realizarán las labores de comercialización (cotiza- ción diaria, compra, venta y operaciones financieras au- torizadas) de Bonos Soberanos. Además, deberán ela-borar reportes de investigación sobre la evolución y pers- pectivas del mercado secundario de dichos Bonos, los cuales deberán ser proporcionados a sus clientes y a laDirección General de Crédito Público. El objetivo princi- pal del programa es ayudar al desarrollo del mercado de deuda pública doméstico, fundamentalmente a tasa fija yen moneda nacional. Este objetivo se enmarca dentro de uno mayor, que es el desarrollo del mercado de capi- tales del Perú.Para cumplir dicho objetivo, el Ministerio de Econo- mía y Finanzas a través de la Dirección General de Crédito Público seleccionará anualmente un grupo de entidades como Creadores de Mercado que contribui-rán con el desarrollo del mercado secundario de Bonos Soberanos ampliando la base de demandantes con ac- ciones en la distribución, aumentando la liquidez delmercado a través de la obligación de cotizar permanen- te y simultáneamente puntas de compra y venta, etc. El Programa incluye como el único ente emisor, ade- más de administrador, al Ministerio de Economía y Fi- nanzas a través de la Dirección General de Crédito Pú- blico, y como entidades de apoyo para la supervisión deldesarrollo del Programa a la Comisión Nacional Super- visora de Empresas y Valores -CONASEV-, Banco Cen- tral de Reserva del Perú -BCRP, y a la Superintendenciade Banca y Seguros del Perú -SBS. 3. Entidades Financieras hábiles para participar en el Programa de Creadores de Mercado de Bonos Soberanos. La participación en el Programa de Creadores de Mercado está restringida a las Entidades Financieras que cumplan con los requisitos de capital y calificaciónde riesgo. El requisito de capital se especifica a conti- nuación: Las entidades financieras que deseen formar parte del grupo de Creadores de Mercado de Bonos Sobera- nos deberán acreditar para el período de vigencia 2003,un capital de S/. 80 000 000.00 (Ochenta millones de nuevos soles y 00/100). Para los años de vigencia 2004 y siguientes, el re- querimiento de capital se verificará al cierre del mes de octubre del año previo al período de vigencia del Progra- ma. Los valores de dicho requerimiento se incrementa-rán anualmente, de acuerdo con la variación porcentual del Índice de Precios al por Mayor anualizado conside- rando los doce meses previos a la fecha de su verifica-ción. No está permitido los consorcios ni las uniones tem- porales para participar en el Programa de Creadores deMercado de Bonos Soberanos. 4. Calificación de riesgoLas entidades financieras que deseen formar parte del Programa de Creadores de Mercado de Bonos So-beranos, deberán acreditar, a través de dos (2) agen- cias calificadoras de riesgo establecidas y reconocidas en el país, tener una calificación igual o superior a “B+“. El mencionado requisito, será presentado a la Direc- ción General de Crédito Público del Ministerio de Econo- mía y Finanzas. 5. Requisitos para acceder al Programa de Crea- dores de Mercado Para pertenecer al Programa de Creadores de Mer- cado de Bonos Soberanos se requiere: a) Solicitar su inclusión en el programa mediante una Carta dirigida al Ministerio de Economía y Finanzas -Dirección General de Crédito Público. b) Acreditar el cumplimiento de los requisitos de capi- tal establecidos en el numeral 3 del presente Reglamen-to. c) Acreditar el requisito de calificación de riesgo de acuerdo al numeral 4 del presente Reglamento. d) Adjuntar el Currículum Vitae de la persona(s) que 2 Las operaciones se realizarán de esta manera cuando sea implementado el mecanismo de entrega contra pago para este nivel. Hasta entonces se tendrá un sistema de líneas de crédito. 3 Los Bancos no Creadores de Mercado participarán en el primer nivel siempre que cumplan con los requisitos mencionados en el numeral 10.