Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2003 (21/03/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA,viernes 21 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 241179

vision y actualizacion permanente del Plan Vial Metropolitano y de las Secciones Viales Normativas, en el MORDAZA de ejecucion y aplicacion del Plan Integral de Desarrollo Metropolitano; Que, mediante Oficio Nº 106-2003-MML-IMP de fecha 3 de febrero de 2003, el Instituto Metropolitano de Planificacion, informo a la Comision de Desarrollo MORDAZA y Nomenclatura, que "toda reduccion de la Seccion Vial Normativa (120.00 Ml.) debe requerir necesariamente de un Estudio Especifico donde se incluya una Evaluacion Tecnico Legal, estudio que debe ser ejecutado por el organismo tecnico competente, y aprobado por Ordenanza Municipal"; debiendose mantener en cuanto sea posible, la Seccion Vial de 120.00 metros lineales de la Panamericana (Norte y Sur), que es la seccion optima y necesaria para el correcto funcionamiento de ese Eje Regional; Que, es necesario para las modificaciones del Derecho de Via de la Panamericana, se desarrolle un Estudio Especifico del Eje Panamericana - Via de Evitamiento, que por las caracteristicas del referido Eje, debe ser realizado de manera integral y no por tramos, como erroneamente lo hicieran para la aprobacion de la Ordenanza Nº 459-MML, en cuyo caso se requiere de un plazo razonable de ejecucion; Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y las Ordenanzas Nº 127-MML y Nº 341-MML; Aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Derogar la Ordenanza Nº 459MML, publicada el 25 de diciembre de 2002, que modifico el Plano del Sistema Vial Metropolitano, aprobado por Ordenanza Nº 341-MML, Seccion E-15, respecto a la Seccion Vial de la Panamericana Sur, en el tramo comprendido entre la Av. MORDAZA MORDAZA y el Intercambio Vial Atocongo, de 120.00 metros lineales a 80.00 metros lineales. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA - DMDU y al Instituto Metropolitano de Planificacion - IMP, para que en coordinacion con la Empresa Municipal de Peaje - EMAPE, ejecute un Estudio Especifico del Eje Panamericana - Via de Evitamiento, que implique una evaluacion de la situacion tecnico - legal de los predios ubicados en el eje, analizando las secciones viales existentes y requeridas, tomando en consideracion los accesos, salidas, intersecciones e intercambios viales; a fin de precisar los Derechos de Via que se requieran. Articulo Tercero.- Establecer un plazo MORDAZA de 45 dias, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, para que se lleve a cabo el Estudio senalado en el articulo precedente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en MORDAZA, a los trece dias del mes de marzo de dos mil tres. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 05387

Que, es competencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA regular o pronunciarse sobre zonificacion y urbanismo, planificar el desarrollo MORDAZA y rural de su circunscripcion, y el acondicionamiento territorial, de conformidad con el Articulo 195º inciso 6) de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV; concordado con el Articulo 11º inciso 1) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, mediante Ordenanza Nº 466-MML se aprobo el cambio de zonificacion de un terreno de 1,470.00 m² de R1-S a C2 y de un terreno de 3,839.00 m² de R1-S a OU, ubicados en la urbanizacion Rinconada del distrito de La Molina; Que, el Articulo 34º del Decreto Supremo Nº 007-85VC (Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Medio Ambiente) establece que los cambios de zonificacion se podran efectuar en no mas de 2 oportunidades anuales, y requeriran necesariamente de la opinion favorable del vecindario afectado; Que, de acuerdo al Articulo 12º de la Ordenanza Nº 134-MML, los cambios de zonificacion se realizaran una vez al ano, con excepcion de casos que exista probado interes publico o local en determinado sector o sectores de la ciudad; Que, el Dictamen Nº 166-2002-MML-CDU que sirvio de sustento para la aprobacion de la referida Ordenanza, senalo que el tramite carecia de opinion vecinal; ya que devenia en innecesaria al estar comprendidos los lotes de autos dentro de los alcances de la Resolucion Directoral Nº 230-2001-MDLM-DDU que aprobo el Planeamiento Integral del terreno matriz de 171,566.00 m²; Que, al no haberse seguido el procedimiento regular del Cambio de Zonificacion establecido por el Articulo 13º de la Ordenanza Nº 134-MML, debio garantizarse el probado interes publico o local al que hace referencia el Articulo 12º de la mencionada Ordenanza; Que, para probar el interes publico o local, se debio contrastar la opinion del vecindario afectado con la opinion de la Municipalidad Distrital, situacion que no se dio para aprobar el referido cambio de zonificacion; Que, al haberse prescindido de la opinion del vecindario afectado no se cumplio con lo dispuesto por el Articulo 12º de la Ordenanza Nº 134-MML y el Articulo 34º del Decreto Supremo Nº 007-85-VC, razon por la cual la Comision de Desarrollo MORDAZA y Nomenclatura mediante Acuerdo Nº 011-2003-MML-CDU tomado en Sesion Nº 04 de fecha 18 de febrero de 2003, atendiendo un pedido de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, acordo solicitar al Concejo Metropolitano la derogatoria de la Ordenanza Nº 466-MML, a fin de emitir MORDAZA pronunciamiento sobre la solicitud en virtud de la cual se aprobaron los referidos cambios de zonificacion; Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; la Ordenanza Nº 134-MML y el Decreto Supremo Nº 00785-VC; Aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Unico.- Derogar la Ordenanza Nº 466-MML, debiendo la Comision de Desarrollo MORDAZA y Nomenclatura emitir MORDAZA pronunciamiento sobre el pedido de cambio de zonificacion solicitado por MORDAZA MORDAZA Boggio del terreno de 1,470.00 m² de R1-S a C2 y del terreno de 3,839.00m² de R1-S a OU, ubicados en la urbanizacion Rinconada del distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

Derogan la Ordenanza Nº 466-MML, que aprobo cambio de zonificacion de terreno ubicado en el distrito de La MORDAZA
ORDENANZA Nº 489
EL MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 13 de marzo de 2003, de acuerdo con el Dictamen Nº 04-2003-CDU de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Nomenclatura; y,

Dado en MORDAZA a los trece dias del mes de marzo de dos mil tres. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 05388

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.