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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2003 (21/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 82

PÆg. 241180 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de marzo de 2003 Modifican el artículo 36” del Regla- mento Interior del Concejo Metro-politano EDICTO Nº 253 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA, en Se- sión de la fecha; Aprobó el siguiente: E D I C T O Artículo Único.- Modificar el artículo 36º del Edicto Nº 020 - Reglamento Interior del Concejo Metropolitano, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 36º.- No podrán ser materia de pedidos, sino de proposiciones, los asuntos que por su naturalezademanden conocimiento de antecedentes, informes téc-nicos o versen sobre materia contenciosas debiendo el Concejo pronunciarse en los casos dudosos sobre la calidad de esta clase de pedidos. Siempre que exista una razón de urgencia o necesi- dad institucional, los Regidores pueden solicitar al Plenodel Concejo la inclusión de algún dictamen de comisiónque no haya sido considerado en la Agenda de la Sesión a efecto de debatirse en la Estación Orden del Día. El Regidor que presenta el pedido deberá argumen- tar la urgencia o necesidad institucional por un tiempomáximo de diez minutos. El dictamen en mención debe-rá ser leído en su totalidad por el relator. El Dictamendebe contener un acuerdo con el que se señale su carác- ter de urgencia y sus consideraciones deben fundamen- tarlo, de conformidad con lo establecido en el presenteartículo. El Concejo podrá aprobar por mayoría simple o re- chazar el pedido. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.En Lima, a los seis días del mes de marzo de dos mil tres. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 05390 Dejan sin efecto el D.A. N” 170 me- diante el cual se creó el Proyecto deDesarrollo Integral para el CercadoOeste y la R.A. N” 2065 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 094 Lima, 28 de febrero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado establece en su Artículo 194º que las Municipalidades son los Órga-nos de Gobiernos Local, con autonomía política, econó- mica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 68º inciso 3), de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que sonfunciones de las Municipalidades en materia de abasteci-miento y comercialización de productos, regular y con-trolar el comercio ambulatorio; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, promul- gó el Decreto de Alcaldía Nº 078 del 14 de julio de 2001,que dio por concluido el Funcionamiento del Campo Fe-rial Las Malvinas, disponiendo su desocupación y reubi-cación de los comerciantes, así como el Decreto deAlcaldía Nº 090 del 8 de agosto de 2001, que determina la constitución de Mesas de Trabajo con los comercian-tes de la zona de Las Malvinas, para evaluar la situacióny el desarrollo comercial de la zona y encargó a la Direc- ción Municipal de Comercialización y Defensa al Consu- midor, la reglamentación y funcionamiento de la citadaMesa de Trabajo; Que, mediante Resolución Directoral Municipal Nº 207- 2002-MML-DMCDC del 27 de febrero de 2002, se aprue-ban los acuerdos del Acta de la segunda reunión de la Mesa de Trabajo de fecha 16 de octubre de 2000, sus- crita entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y losdirigentes de las asociaciones de los comerciantes delex Campo Ferial Las Malvinas en la que se acuerdacomo plazo máximo de ocupación de la berma central, el31 de octubre de 2002, para proceder a partir del día siguiente a su desocupación pacífica y concertada con la autoridad municipal; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, a tra- vés del proceso de formalización de los comerciantesque constituyeron proyectos propios, les ha brindadoasesoramiento técnico, legal y financiero, orientado a la obtención de locales aptos para su reubicación; habién- dose excedido ampliamente la fecha de desocupación yreubicación del referido ex Campo Ferial, siendo de co-nocimiento público las condiciones de inseguridad y ries-gos existentes en el citado ex Campo Ferial; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 170 del 19 de diciembre de 2002, se creó el Proyecto de Desarrollo Integral para el Cercado Oeste, como órgano descentrali-zado con autonomía funcional y técnica, con el objetivode promover el desarrollo socioeconómico de esa zona,debiendo dirigir, planificar, ejecutar, controlar y evaluarlas acciones destinadas para ese fin; precisando que dicho Proyecto consta de un Comité Directivo, integrado por el Presidente Ejecutivo designado por el AlcaldeMetropolitano de Lima, y de las máximas autoridades deINVERMET, de la Caja Municipal de Crédito Popular deLima, del Sistema de Administración Tributaria - SAT, delInstituto Metropolitano de Planificación, de la Dirección Municipal de Comercialización y Defensa al Consumi- dor, de la Dirección Municipal de Transporte Urbano, dela Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y de la Di-rección Municipal de Fiscalización y Control, habiéndo-se dispuesto, mediante Resolución de Alcaldía Nº 2560del 20 de febrero de 2000, que el Fondo Metropolitano de Inversiones (INVERMET) priorice la ejecución de obras requeridas para el desarrollo de la zona, conformando laComisión de Gestión Mixta para el desarrollo comercialde la Av. Argentina; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Resolución de Alcaldía Nº 076 del 15 de enero de 2003, ha constituido una Comisión de Alto Nivel, denominada "Comisión Especial para la desocupación y reubicaciónde los comerciantes del ex Campo Ferial Las Malvinas ydel desarrollo comercial de la zona", CEDES, encargadade planificar, implementar, dirigir y ejecutar la desocupa-ción y reubicación de los comerciantes del ex Campo Ferial Las Malvinas, así como promover el desarrollo comercial de la zona, dando prioridad al esfuerzo impul-sado por la Dirección Municipal de Comercialización yDefensa al Consumidor; Que, la CEDES, conformada de acuerdo a la Resolu- ción de Alcaldía Nº 076, por el Director de Comercializa- ción y Defensa al Consumidor, quien la preside, y repre- sentantes de INVERMET, de la Caja Municipal de Crédi-to Popular de Lima, de la Dirección Municipal de Trans-porte Urbano, de la Dirección Municipal de DesarrolloUrbano, de la Dirección Municipal de Fiscalización yControl, de la Dirección Municipal de Seguridad Ciuda- dana y de la Dirección de Defensa Civil, está encargada de desarrollar acciones a través de las cuales se modi-fican y precisan las funciones y atribuciones asignadasal "Proyecto de Desarrollo Integral para el Cercado Oes-te" creado por Decreto de Alcaldía Nº 170 del 19 dediciembre de 2002 y a la Comisión de Gestión Mixta conformada por Resolución de Alcaldía Nº 2065 del 29 de febrero de 2000; Que, de conformidad con la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853 y lo dispuesto por el Artículo 194º dela Constitución Política del Estado; DECRETA: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Decreto de Alcaldía Nº 170 del 19 de diciembre de 2002 y la Resolu-