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PÆg. 241174 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de marzo de 2003 Aprueban el "Procedimiento para la Publicación de los Precios de Referen-cia de los Combustibles Derivados delPetróleo" RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 038-2003-OS/CD Lima, 17 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 007-2003-EM, publicado el día 14de marzo de 2003, se encarga al Organismo Supervisorde la Inversión en Energía - OSINERG, la publicación semanal de los precios referenciales de las gasolinas para uso automotor, diesel, kerosene, turbo, gas licuadode petróleo y petróleos industriales; Que, según lo previsto en la citada norma, OSINERG deberá implementar un procedimiento que le permita cum-plir con la publicación de los precios de referencia de cada uno de los combustibles indicados; Que, el OSINERG tiene entre sus funciones velar que las actividades de los subsectores de electricidad ehidrocarburos se desarrollen de acuerdo a los dispositi-vos legales y normas técnicas vigentes; Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 2º del D.S. Nº 007-2003-EM, y al último párrafo del artículo 25º del Reglamento General de OSINERG aprobado por DecretoSupremo Nº 054-2001-PCM, el OSINERG puede excep-tuar del requisito de prepublicación el “Procedimiento parala Publicación de los Precios de Referencia de los Com-bustibles Derivados del Petróleo”; excepción que dada la coyuntura, es aplicada en la presente Resolución; Que, no obstante aplicarse la excepción de prepubli- cación, es conveniente recibir opiniones de los interesa-dos durante los sesenta (60) días calendario siguientesa la publicación de la presente Resolución, a efectos deevaluar en corto plazo y bajo criterios de transparencia, la posibilidad de perfeccionar el “Procedimiento para la Publicación de los Precios de Referencia de los Com-bustibles Derivados del Petróleo”; sin postergar su en-trada en vigencia; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27332, Ley Mar- co de los Organismos Reguladores de la Inversión Pri- vada en los Servicios Públicos y el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía-OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; De conformidad con lo informado por la Asesoría Le- gal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria con el documento OSINERG - GART-AL-2003-030; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el “Procedimiento para la Publi- cación de los Precios de Referencia de los Combusti-bles Derivados del Petróleo”. El referido procedimientose describe en el Anexo que forma parte integrante de lapresente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 3º.- Deróguese las disposiciones que se opongan al cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 4º.- Definir un plazo de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la fecha de la publica- ción de esta Resolución, para que los interesados remi- tan por escrito sus comentarios a la Gerencia Adjuntade Regulación Tarifaria de OSINERG (OSINERG-GART),sito en la avenida Canadá Nº 1460, San Borja Lima; o alcorreo electrónico: Procedimiento_PR@cte.org.pe; sinque ello suspenda la entrada en vigencia del Procedi- miento a que se refiere el artículo 1º de la presente Re- solución. Artículo 5º.- La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la páginaWEB de OSINERG: www.cte.org.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo DirectivoANEXO “PROCEDIMIENTO PARA LA PUBLICACIÓN DE LOS PRECIOS DE REFERENCIA DE LOS COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO” Artículo 1º.- Objetivo El presente procedimiento tiene por objeto estable- cer los criterios y parámetros necesarios para la publi-cación de los precios de referencia de diversos com- bustibles derivados del petróleo, de tal forma de servir como indicador al mercado local de las variaciones delos factores que en conjunto reflejan las variaciones enlos precios internacionales de los combustibles líquidosderivados del petróleo. Artículo 2º.- Glosario de Términos 2.1. Precio de Referencia 1 (PR1).- Es el precio de referencia ex - planta sin impuestos, que refleja una ope-ración eficiente de importación. 2.2. Precio de Referencia 2 (PR2).- Es el precio de referencia que refleja una operación eficiente de expor- tación. Artículo 3º.- Criterios a considerar3.1. Mercado Relevante: para el presente proce- dimiento se considera como Mercado Relevante el de la Costa del Golfo de Estados Unidos (USGC), para ladeterminación de precios de referencia de todos loscombustibles líquidos a excepción del GLP, cuyo Mer-cado Relevante será el de Mont Belvieu (Estados Uni-dos). 3.2. Fuentes de Información: para el presente pro- cedimiento se considerarán las siguientes fuentes deinformación: 3.2.1. USGC: El Precio de los Marcadores en el Mer- cado Relevante, se tomará del Reporte diario del Platt´s Oilgram. 3.2.2. Fletes: El Flete Base y la tarifa del Cruce del Canal de Panamá serán tomados de la publicaciónanual “New Worldwide Tanker Nominal Freight Scale”.El valor World Scale será tomado de la publicacióndiaria “Platt’s Clean Tanker Rate Assessments” o “Platt’s Dirty Tanker Rate Assessments” según sea el caso. 3.2.3. Otros: estimaciones del mercado o referencia de otros países. 3.3. Precio de Referencia: es un precio que refleja las variaciones en los precios internacionales de los com- bustibles líquidos en el Mercado Relevante. Representauna operación eficiente de importación y/o exportaciónde combustibles (según sea el caso), desde el MercadoRelevante y el puerto del Callao. 3.4. Valor USGC: corresponde al precio del producto en el Mercado Relevante y es el resultado de la sumato- ria del precio del producto marcador, un ajuste de cali-dad para determinados combustibles y las mermas téc-nicamente aceptables del producto. 3.4.1. Precio Producto Marcador: Es el precio de los productos del Mercado Relevante que son tomados como base para el calculo de Precios de Referencia decada uno de los combustibles líquidos comercializadosen el Perú. Los marcadores de acuerdo a nuestra Fuente de Información son los siguientes: Producto Productos Marcadores Gasolinas: 97,95, 90, 84 Unl 87 y Prem Unl 93 Kerosene Jet/Kero 54 Turbo Jet/Kero 54 Diesel 2 Nº 2 Petróleo Industrial Nº 6 y 500 Nº 6 3.0%S (3% azufre) Nº 6 1.5%S (1.5% azufre) GLP (*) Propane y Normal Butane (*) mercado de Mont Belvieu 3.4.2. Ajuste de Calidad: Este componente compen- sa las diferencias de calidad entre las especificaciones de calidad de los productos del Mercado Relevante conlos del mercado peruano.