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PÆg. 241181 NORMAS LEGALES Lima,viernes 21 de marzo de 2003 ción de Alcaldía Nº 2065 del 29 de febrero de 2000. Artículo Segundo.- Comuníquese a las Direccio- nes Municipales y demás instancias de la CorporaciónMunicipal intervinientes. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 05375 Aprueban Cuadro de Tarifas de Servi- cios de Salud No Exclusivos de la mu-nicipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 102 Lima, 13 de marzo de 2003 CONSIDERANDO:Que, con el Acuerdo de Concejo Nº 33 del 15 de febrero de 1990 se crea el Programa de Centros Médi- cos Municipales; Que, el Programa Metropolitano de Centros Médicos Municipales, tiene por finalidad prestar servicios integra-les de salud, dirigido a la población periurbana y urbanomarginal de Lima Metropolitana, utilizando criterios de equidad, eficiencia y calidad, con la finalidad de contri- buir a elevar su nivel de vida; Que, la pobreza y la extrema pobreza se ha incre- mentado en los últimos años, en este contexto las posi-bilidades de los pobres de acceder a los servicios desalud es poca o casi nula; Que, con fecha 11 de setiembre del 2002 y mediante Decreto de Alcaldía Nº 120 fue aprobado el Texto Únicode Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Metro- politana de Lima; Que, dicho Texto Único contiene tarifas que en algu- nos casos puedan resultar no accesibles para la pobla- ción donde se proporcionan los servicios médicos, por lo que es necesario formular un tarifario acorde con di-cha realidad, denominándolo Cuadro de Tarifas de Ser-vicios de Salud No Exclusivos de la Municipalidad Me-tropolitana de Lima; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, como Gobierno Local tiene autonomía económica y adminis- trativa en los asuntos de su competencia, promueve laadecuada prestación de los servicios públicos locales,así como el desarrollo integral de su jurisdicción; De conformidad con el inciso 6) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro de Tarifas de Servi- cios de Salud No Exclusivos de la Municipalidad Metro-politana de Lima, que establece los rangos de tarifaspara el Programa Metropolitano de Centros Médicos Mu-nicipales. Artículo 2º.- Facultar al Director Ejecutivo del Pro- grama Metropolitano de Centros Médicos Municipales a fin de que aplique el Cuadro de Tarifas de Servicios deSalud No Exclusivos en forma conveniente en cada zona,según los rangos aprobados, y fije las tarifas a nuevosprocedimientos y/o servicios que no hayan sido com-prendidos en el mismo. Artículo 3º.- Facultar al Director Ejecutivo del Pro- grama Metropolitano de Centros Médicos Municipales a brindar asistencia médica y de medicamentos en formaexcepcional en los casos de apoyo social debidamentefundamentados. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU