Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2003 (21/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA,viernes 21 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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cion de Alcaldia Nº 2065 del 29 de febrero de 2000. Articulo Segundo.- Comuniquese a las Direcciones Municipales y demas instancias de la Corporacion Municipal intervinientes. Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 05375

Aprueban Cuadro de Tarifas de Servicios de Salud No Exclusivos de la municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 102
MORDAZA, 13 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, con el Acuerdo de Concejo Nº 33 del 15 de febrero de 1990 se crea el Programa de Centros Medicos Municipales; Que, el Programa Metropolitano de Centros Medicos Municipales, tiene por finalidad prestar servicios integrales de salud, dirigido a la poblacion periurbana y MORDAZA marginal de MORDAZA Metropolitana, utilizando criterios de equidad, eficiencia y calidad, con la finalidad de contribuir a elevar su nivel de vida; Que, la pobreza y la extrema pobreza se ha incrementado en los ultimos anos, en este contexto las posibilidades de los pobres de acceder a los servicios de salud es poca o casi nula; Que, con fecha 11 de setiembre del 2002 y mediante Decreto de Alcaldia Nº 120 fue aprobado el Texto Unico

de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, dicho Texto Unico contiene tarifas que en algunos casos puedan resultar no accesibles para la poblacion donde se proporcionan los servicios medicos, por lo que es necesario formular un tarifario acorde con dicha realidad, denominandolo Cuadro de Tarifas de Servicios de Salud No Exclusivos de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, como Gobierno Local tiene autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueve la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, asi como el desarrollo integral de su jurisdiccion; De conformidad con el inciso 6) del Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el Cuadro de Tarifas de Servicios de Salud No Exclusivos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que establece los rangos de tarifas para el Programa Metropolitano de Centros Medicos Municipales. Articulo 2º.- Facultar al Director Ejecutivo del Programa Metropolitano de Centros Medicos Municipales a fin de que aplique el Cuadro de Tarifas de Servicios de Salud No Exclusivos en forma conveniente en cada MORDAZA, segun los rangos aprobados, y fije las tarifas a nuevos procedimientos y/o servicios que no hayan sido comprendidos en el mismo. Articulo 3º.- Facultar al Director Ejecutivo del Programa Metropolitano de Centros Medicos Municipales a brindar asistencia medica y de medicamentos en forma excepcional en los casos de apoyo social debidamente fundamentados. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA

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DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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