Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2003 (21/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 77

PÆg. 241175 NORMAS LEGALES Lima,viernes 21 de marzo de 2003 3.4.3. Mermas: Pérdidas de productos en tránsito y descarga. 3.5. Flete (Marítimo): Representa el costo de trans- porte desde el Mercado Relevante hasta el Callao. Cal- culado mediante fórmula, en función de un Flete Base(FB) para la Ruta Houston-Callao, Indicadores de FleteSpot “World Scale” (WS) y el costo por el cruce delCanal de Panamá. La fórmula general es la siguiente: Flete = FC*FB*(WS/100) + Ccp * PC/UMS Donde: Flete = Flete marítimo de transporte en US$/Bl FC = Factor de conversión de US$/TM a US$/ Bl FB = Flete Base, expresado en US$/TMWS = Tarifa diaria Worldscale (Clean Tankers & Dirty Tankers) Ccp = Tarifa de Canal de Panamá en US$ por PC/UMS PC/UMS = Sistema de Medida Universal del Canal de Panamá La fórmula de flete descrita, se empleará para el cál- culo de Precio de Referencia del Diesel, Gasolinas yPetróleos Industriales. Para el GLP se emplearán fletesreales sujetos a comparación (Benchmarking) con otrospaíses. 3.6. Seguro: Valor estimado en función del Precio CFR (Valor USGC + Flete) 3.7. Ad valórem: Menor arancel vigente para la im- portación de los combustibles, calculado sobre el PrecioCIF (Precio CFR + Seguro). 3.8. Gastos de Importación: Representan el costo de internar el producto en el país. Comprende lo siguien- te: 3.8.1. Inspección 3.8.2. Gastos de Puerto3.8.3. Costo Financiero 3.9. Almacenamiento y Despacho: Costo de man- tener almacenado un volumen promedio de combustiblede tal forma que permita cumplir con los volúmenes indi-cados por ley y una operación eficiente. Adicionalmenteincluye los costos de recepción y despacho del com-bustible. 3.10. Ley Nº 27332: Aporte definido en el artículo 10º de la “Ley Marco de los Organismos Reguladores de laInversión Privada en los Servicios Públicos”. Artículo 4º.- Procedimiento de cálculo de los Pre- cios de Referencia 4.1. Precio de Referencia 1 (PR1): El PR1 es un valor teórico que se calcula adicionando al valor USGClos costos, gastos y tasas necesarias para colocar esteproducto a la salida de la planta de despacho. La estructura general del PR1 es la siguiente: Precio de Referencia 1 = Valor USGC +Flete +Seguro +Ad valórem+Gastos de Importación+Almacenamiento y Despacho+Ley Nº 27332 4.2. Precio de Referencia 2 (PR2): es el precio de referencia que refleja una operación eficiente de expor-tación. El PR2 de un combustible, es un valor teórico que se calcula descontando al valor USGC el Flete y Segurodesde el Mercado Relevante al Callao. La estructura general del PR2 es la siguiente: Precio de Referencia 2 = Valor USGC - (Flete + Segu- ro) Artículo 5º.- Productos Los precios de Referencia serán calculados para los productos indicados en la siguiente TablaDescripción PR1 PR2 GLP üü Gasolinas üü Kerosene üü Turbo üü Diesel 2 üü Petróleos Industriales üü Artículo 6º.- Periodicidad La Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSI- NERG, determinará y publicará en la página web de lainstitución, los días lunes de cada semana los preciosde referencia correspondientes a cada uno de los pro-ductos indicados en el artículo precedente. 05396 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 016-2003-OS/PRES Por Oficio Nº 054-2003-OSINERG-PRES, OSINERG solicita se publique la Fe de Erratas de la Resolución Nº016-2003-OS/PRES, publicada en nuestra edición deldía 18 de marzo del año 2003, página 240977. Artículo 1º DICE: "Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva, por servicios personalísimos, para lacontratación del servicio de "Adquisición de Publicacio-nes Internacionales para la determinación de Precios deReferencia", con las empresas Platt's (Division of TheMcGraw-Hill Companies, Inc.) y Worldscale Association (NYC) Inc., el cual deberá realizarse mediante el proce- so de Adjudicación Directa Pública". DEBE DECIR: "Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva, por servicios personalísimos, para lacontratación del servicio de "Adquisición de Publicacio-nes Internacionales para la determinación de Precios de Referencia", con las empresas Platt's (Division of The McGraw-Hill Companies, Inc.) y Worldscale Association(NYC) Inc., el cual deberá realizarse mediante el proce-so de Menor Cuantía". 05489 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 037-2003-OS/CD Por Oficio Nº 074-2003-OSINERG/GART, el Organis- mo Supervisor de la Inversión en Energía solicita sepublique Fe de Erratas de la Resolución OSINERG Nº037-2003-OS/CD, publicada en nuestra edición del día18 de marzo de 2003, en la página 240983. El Ingreso Tarifario Esperado (S/.) del SPT de REP indicado en la intersección de la primera línea con latercera columna del Cuadro Nº 8, Artículo 11º del Pro-yecto de Resolución contenido en el Anexo 2. DICE: 0 DEBE DECIR: 358 72005418